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GOMINOLA_01
27/05/2009 15:14

CERRAMIENTOS

¿Es legal realizar cerramientos en pisos intermedios, bajos y áticos?

1.640 lecturas | 8 respuestas
Artículo 7

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador."

La modificación de la terraza, aunque sea privativa, mediante su cerramiento o acristalamiento, supone una variación/alteración de la uniformidad del edificio y la perturbación en la fachada exterior del inmueble. Esto significa que al afectar al título constitutivo requiere la unanimidad de los propietarios para proceder a realizar dicha obra.
Las normativas municipales normalmente prohíben estos cerramientos y la autorización de la Comunidad está por debajo del cumplimiento de la normativa.


Veo que tenemos un nuevo tema de debate y por lo tanto animo a los interesados a discutirlo.

Cerramientos:

Pisos intermedios, bajos y áticos.

¿Es legal?
¿Aumentaría el coeficiente de pago?
¿Impacto visual en el caso de los bajos?
¿Hacen falta los permisos de Comunidad y Ayuntamiento?
¿Seguridad en las viviendas que queden por encima de los cerramientos?

Me parece que el asunto tiene miga.

Saludos.
.
 
R
raga12
30/05/2009 21:02
Hola a todos.

No quiero volver a repetir lo mismo que en el comentario que escribí el otro día, pero si me gustaría puntualizar:
Primera pregunta ¿Es legal?, pues leyendo detenidamente la Ley de la Propiedad horizontal en el art. 7, la única conclusión es que se necesita la unanimidad para la alteración del estado de los exteriores. De seguridad dice “siempre que no menoscabe o altere la seguridad del EDIFICIO”.
Pero hay un tema que nadie habla y es sobre la rejilla, esta es de uso común, es decir, ningún piso la tiene dentro de sus escrituras, por tanto no se podría cerrar y así se expresa el código civil de forma muy clara. Y si pretendíamos dar “caña” a la EMVs por el tema de la calefacción, no quiero decir nada cuando vea las rejillas dentro de un cerramiento. No se puede votar sobre aquello que no pertenece a un piso determinado, porque quedó muy claro que las rejillas son intocables y menos que queden dentro de una vivienda. Y que los vecinos no denuncien no quiere decir que la EMVs lo haga.
Ahora bien, bajos y áticos, no tienen nada que ver con esa rejilla, los bajos no deben obstruirla y ya esta, la diferencia con las terrazas de áticos y bajos es que en la ley si establece el porcentaje que se entiende como vivienda y como tal viene en la escritura.

Segunda pregunta ¿Aumentaría el coeficiente de pago?, he estado mirando por la ley y no he encontrado en ningún sitio que por poner una estructura de aluminio o un tejadillo se deje de entender como terraza y en ese mismo momento pase a denominarse de otra manera. Me reitero, en la ley se determina que porcentaje de la terraza se entiende como vivienda y así se expresa en la escritura y lo pagas. Y puntualizar la rejilla no es terraza, algo que si se tapa todos tendríamos que hacer la vista gorda, y que no es necesario votar, porque es parte de una comunidad que se convierte en terraza (aparte de que la rejilla esta para ventilación).

Tercera pregunta ¿Impacto visual en el caso de los bajos?, estas son las preguntas y siento decir esto “que me joden”, y porque por poner “de los bajos” y que pasa que en los áticos quedan bonitos, y en los pisos intermedios queda mucho mejor. Solo decir para GUSTOS COLORES.

Cuarta pregunta ¿Hacen falta los permisos de Comunidad y Ayuntamiento?, esta ya la contestaron, aparte el código civil es muy claro con el tema de zonas comunes.

Quinta pregunta ¿Seguridad en las viviendas que queden por encima de los cerramientos?, no creo que con esta pregunta os refiráis a los terceros, volvamos otra vez a los bajos, es decir, yo.
Pues rulita sobre esto lo expreso perfectamente, pero me reiterare, subir a un primero o segundo es muy muy fácil, y sin necesidad de cerrar los bajos, ahora bien, los ladrones no son “gilipollas” es mas fácil aun entrar por la puerta, si no cierras la puerta con la llave, se abre con facilidad, yo he abierto la puerta acorazada de los bajos.
Siempre hay que cerrar con llave aunque estés dentro de casa, una forma muy frecuente de robo es entrar cuando estas en casa o esperan a que la gente salga y escuchen que no han echado la llave. Aunque vayas a buscar el pan, les sobra aun tiempo.

La sexta pregunta la hacen los bajos, porque nosotros pusimos rejas, por nuestra seguridad, debemos vivir entre rejas, y si vosotros no pensáis en los bajos ¿por qué no ponemos rejas a todos?, porque ahora somos nosotros la seguridad de todos, no creo. Quizás deberíamos blindar la comunidad para que nadie accediera al patio y luego a mi terraza. Es ridículo lo que digo, pues que los bajos sean la INseguridad de todos también.


Lo que es cierto, es que no debéis excluir a vecinos que residen en los bajos, que la unanimidad somos todos, y se nos esta excluyendo.

 

Fin del hilo
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