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A
a_soria
09/03/2009 12:11

Incumplimiento de contrato

¿Cómo rescindir el contrato con Pinar si no puedo seguir adelante con la compra de mi casa?

1.582 lecturas | 7 respuestas
¿Alguien podría informarme de los pasos a seguir para rescindir el contrato con Pinar, si no puedo seguir adelante con la compra de mi casa? ¿Y cuáles son los derechos y deberes de cada una de las partes? En el apartado noveno de mi contrato dice que Pinar se queda con el 30% de las cantidades aportadas.
Por cierto, enhorabuena a todos aquellos que habeis recibido el burofax con la fecha de la firma.
 
P
pocoyo1
16/02/2010 11:26
Hola a todos,

¿Alguien, tiene noticias de pinar o sabe algo de ellos? ¿Se han puesto en contacto para rescindir el contrato con alguien que sepáis? Es que después de casi un año sin funcionar la Web, la semana pasada la pusieron en marcha con sus “súper ofertas”.

Un saludo.
 
P
pocoyo1
08/01/2010 16:16
Si, eso esta claro,

Pero ¿cuanto son los daños y perjuicios lo que quieras tu, lo que quiera pinar? Eso es lo que tiene que determinar un juez, yo que te puedo asegurar que tus les dices que se queden el 3 o el 30% y pasan de ti de lo digo por experiencia propia y te piden lo daños ¿Cuánto es eso?¿quien valora eso?.

Un saludo.
 
P
pocoyo1
08/01/2010 15:15
Hola Michigordo,

Este tipo de cláusulas, como las de pinar, lo que hacen es que no esta claro la cantidad por la que se disuelve el contrato, ¿Cuál es el problema? Pues al no existir una valor claro de la cancelación o si tú decides retirarte, lo tiene que determinar un juez lo que conlleva que tengas que meterte en un juicio para que un juez diga cuanto te tienen que dar a ti o cuanto les tienes tu que dar. Es decir puedes recuperar todo tu dinero o puedes perderlo todo y pagar las costas de juicio ya que la decisión queda en manos del juez, lo que le parezca bien, vamos. La decisión esta demasiado en el aire. Entonces salvo que tengas bien donde agarrarte o te guste el riesgo, la cosa esta jodia.
 
P
pocoyo1
01/12/2009 10:44
Hola a todos, CUIDADO!!!!!!!!!! Si vais a comprar un piso y sobretodo con Pinar cuidado con la cláusula de rescisión de contrato, que aunque parece que esta claro, es todo lo contrario lo llaman una cláusula oscura y una vez firmado salvo que ellos quieran deshacer el contrato no podréis escaparos y tendréis que denunciar, para que un juez tome la decisión.
Os lo digo con conocimiento de causa, llevo casi dos años intentando desvincularme de ellos y no hay manera. Un saludo
 
A
a_soria
12/03/2009 11:40
Muchas gracias, Kandon,
El burofax ya lo he enviado. Ahora estoy esperando la respuesta de Pinar, que no espero sea diferente a la negativa a rescindir el contrato que dio a otros vecinos.

De todas formas, mientras no se resuelva el contrato Pinar no puede poner en venta mi piso y yo no lo puedo comprar. No sé cual de las partes pierde más...

Que estoy incumpliendo un contrato y me obligan a pagar una penalización, lo veo justo, pero de ahí a que un juez me obligue a comprar algo que no puedo.... El Código Civil en su apartado 1.124, a mí también me ampara y llegado el caso confío en la jurisprudencia.

Un saludo



 
K
kandon
11/03/2009 17:30
Hola,

Sin ser abogado, si me gustaría decirte que un paso imprescindible que tienes que dar es comunicarles fehacientemente (Burofax, o presentarte en Aravaca y que te sellen copia), notificación de tu intención de no seguir con el contrato.

Entiendo que la puesta a disposición tendrá lugar el día de la firma ante notario, y es en ese momento cuando si no has notificado tu intención de no seguir adelante te puedan pedir daños y demás.


Yo creo que leyendo el contrato tienen derecho a quedarse con un 30% de lo satisfecho, y nada más. De hecho, mira como cuando nos paso lo de los garajes ellos mismos dejaron de pasar las domiciliaciones por si alguno se pedia incumplimiento por su parte, para ahorrarse el 30% de dichos recibos.


Mucha suerte.
 
A
a_soria
10/03/2009 17:21
Hola LUISMIYLUCIA,

Supongo que tambien habeis recibido el burofax con la fecha de la firma. Hace poco tiempo evitaba leer lo que se decia en los foros para no ponerme más nerviosa de lo que estaba (la felicidad del ignorante...), pero a estas alturas es la falta de informacion la que realmente me altera.
Supongo que vuestro contrato será similar al mio y lo que me asusta es haber firmado una clausula que dice: "Serán de cuenta del comprador los gastos generados y tributos devengados desde la puesta a disposicion de la vivienda si la entrega se demora por causa que le sea imputable ; en especial, los intereses del préstamo hipotecario que se devenguen despues de dicha puesta a disposición".

No es nada alentadora tu respuesta, pero muchísimas gracias y me pensaré lo de buscar un abogado. De todas formas me gustaría saber si hay más gente en la Promoción en la misma situacion. Quizás, gracias a la aportación de cada uno sea más facil resolver el problema, que ir dando palos de ciego de forma individual. Un saludo y animos, que los necesitaremos!!
 

Fin del hilo
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