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Elhierbas
19/07/2011 22:28

MODIFICACIONES DEL CONTRATO 81.1

1.510 lecturas | 7 respuestas

Escribi en este post cosas que modificarías del contrato

-Que nos podamos quedar el tiempo que queramos y avisando con 2 ó 3 mese de antelación podamos irnos

 
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karolTS
24/11/2011 15:31

Hola, es la primera vez que solicito un piso de la comunidad de madrid con opcion a compra y la verdad no tengo ni idea de como funciona esto. Si decides no comprarlo ¿te penalizan? ¿puedes renunciar al piso al año , dos años, etc...

muchas gracias de antemano

 
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mada30
23/11/2011 23:29

Hola Agus, imagino q ya estarás viviendo en tu piso, yo acabo de elegir uno y tengo algunas dudas, si me pudieras ayudar?, he visto el contrato tipo q subiste hace unos años, pero no te obliga a estar durante los 7 años con penalización si te marchas antes. En cambio hay comentarios de gente q dice q si, y en Gesnova te cuentan lo mismo, q en el contrato firmas por 7 años, tienes el contrato exacto q te hicieron firmar a ti? tengo la firma la semana q viene y tengo dudas.

Puedes escribirme a maikamen26@gmail.com, te lo agradecería.

Un saludo

 
A
Aguss
20/07/2011 12:06

he subido el contrato que me ha mandado isolux, aunq pone q lo tiene que autorizar el admin para que la gente se lo pueda bajar.

 
A
Aguss
20/07/2011 10:26

el contrato que me han mandado ya lo ha visto un abogado. Me ha dicho que esta dentro de lo normal.

Lo unico que me ha dicho es que segun eso la opcion a compra tienes un mes para ejercerla (pasados 7 años) que cuando con eso por si no avisan, pero bueno me ha dicho que de todas formas avisaran.

Por otro lado dice que le parece raro lo del ibi y la comunidad, pero que si lo poenen asi probablemente se pueda hacer (bueno el ibi dice que si se puede repercutir en el inquilino).

 

Eso es lo que me han dicho. Por cierto si alguien quiere el contrato que me lo pida, que isolux me ha mandado un contrato tipo.

 
A
Aguss
20/07/2011 09:31

Vale, me he colao, hoy mirare el contrato mas detenidamente y pondre mis propuestas. pero bueno lo de pagar si te vas antes parece ser que era mentira.

 
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Elhierbas
20/07/2011 08:46

Aguss, vuelve a leer. El contrato dice que te puedes ir SÓLO durante el primer año.

El arrendatario podrá desistir unilateralmente del presente contrato de arrendamiento con anterioridad al vencimiento del primer año de la duración del contrato, notificándolo fehacientemente al arrendador con una antelación mínima de dos meses a la fecha en la que deba tener lugar la finalización del contrato

 
A
Aguss
20/07/2011 08:21

Hierbas, al final la gente exagera, no se por que se producen este tipo de bulos, me explico, me han mandado una copia del contrato y pone q solo te obligan al primer año, a partir de hay te puedes ir cuando quieras avisando con 1 mes de antelacion y sin penalizaciones

 

Fin del hilo
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