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E
erivas
28/11/2006 10:34

Cancelación en Registro de la Deuda de las Viviend

¿Es necesario pedir una nota simple y verificar la cancelación de la deuda de CCM después de escriturar una vivienda en la M16?

417 lecturas | 3 respuestas
Hola veci@s!!!

Quería hacer una preguntilla sobre todo a la gente de la M16 a la que ya le han dado la vivienda, y que no se ha subrogado a la hipoteca de CCM. ¿Desde que habeis escriturado habeis pedido una nota simple de vuestra vivienda y habeis verificado o visto si Labaro ha cancelado en el registro la deuda que pesa sobre la vivienda de CCM???

No se si me habeis entendido, tengo que reconocer que igual no me he explicado muy bien, ya que es una cosa que me ha dicho esta mañana el banco, y no se muy del todo como va el tema. :S El caso es que si ahora, la gente de la M17, pedimos una nota simple al registro, en el caso de que ya estuviese registrada la división horizontal, en dicha nota simple ya deberían aparecer nuestras viviendas separadas y con la deuda correspondiente con CCM (entidad con la que hizo el prestamo Labaro en un principio). En el momento de escriturar, una de las tareas de Labaro es cancelar la deuda de nuestra vivienda con CCM de forma económica, y además, cancelar en registro dicha deuda. Es decir, solventar la deuda de forma económica con la entidad, y de forma registral con nosotros y con el registro, para que a posteriori, cuando nosotros pidamos una nota simple sobre nuestra vivienda no aparezca una deuda con CCM.

Por lo que me iformo mi banco, el coste de la cancelación resitral es considerable, al rededor de 600€ dependiendo del precio de la vivienda, ya que hay que hacer unas escrituras y no se que historias. También me comentó que esto es deber de Labaro, una vez que se hacen las escrituras, pero que lo que hacen muchas promotoras es que una vez que cobran se olvidan y si tu no te das cuenta, cuando vayas a vender tu casa en un futuro tendrás que hacer y pagar dichos tramites.

A ver si alguien me puede decir algo sobre el tema, ya que me tiene un poco preocupadilla.....

Un Saludo a tod@s
 
E
erivas
04/12/2006 14:21
Por si sirve de información y ayuda al alguien:

Al final he hablado con Oscar del Departamento Juridico este tema, y le comente que uno de los procedimientos que tenia mi banco para asegurarse que las promotoras hiciesen dicha cancelación era el retenerles, en el momento de las escrituras, el valor aproximado de dinero que costaría dicha cancelación, y que una vez que estuviese hecha por parte de la promotora, el banco le proporcionaría el dinero retenido. Respecto a esto, Oscar no me dijo nada en contra, me quiso convencer de que si que lo iban a hacer, pero no me puso nada en contra al respecto de si mi banco se lo hacía a Labaro, que solía ocurrir.

Asín que, yo por lo menos, para curarme de espanto, le voy a decir a mi banco que proceda de esa forma.

Un Saludo a todos.
 
E
erivas
28/11/2006 18:36
De lo de retenerles algo mientras no lo hacen, también me lo comentó a mi, pero pensé que igual eso iba a traer mucho jaleo (contratos, etc.... ). Pero por lo que dices, es una practica común de los bancos con las promotoras, y eso sería lo mejor, reternerles los gastos mientras no lo hacen.

Otra cosa que había pensado, era el pedirles un escrito en el que nos garantizarán que lo iban a hacer justo después de las escrituras, para luego utilizarlo en su contra en caso de que no lo hiciesen. Lo que pasa que esta opción es más liviana, la que mejor funcionaría sería la anterior.

Nadie de la M16 que no se haya subrogado a la CCM ha verificado si le han hecho esta cancelación en el registro?
 
A
aigor
28/11/2006 16:07
eso mismo me dijo a mí el banco. También me dijeron que ellos lo que normalmente hacen es hablar con la promotora ( y si esta acepta), pagarles la cantidad que debemos menos una provisión de aproximadamente 600€ que el banco utiliza para quitar la carga anterior.
Una vez que la han quitado, devuelven a la promotora la cantidad que ha sobrado.
 

Fin del hilo
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