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ALN
21/05/2015 12:49

Requisitos VPPB

¿Cuándo se deben entregar los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB en una cooperativa?

2.300 lecturas | 8 respuestas

Abro otro hilo, por si alguien me puede ayudar en este punto ya que no es exactamente de contrato.

 

En estos momentos se entregan ya todos los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB, pero me surge una duda.

 

Solo se entregan en este momento o posteriormente es necesario la entrega de nuevo. Es decir, cuando debes cumplir los requisitos de acceso VPPB en una cooperativa.

 

Viendo las penalizaciones prefiero conocer todos los datos.

 

Yo he buscado el decreto ley  y pone esto:

 

"Los requisitos de acceso a la vivienda habrán de cumplirse a la fecha de suscripción del correspondiente
contrato privado de compraventa o título de adjudicación en los casos de primera transmisión de viviendas
calificadas  expresamente  para  venta  o  uso  propio,  en  la  fecha  de  celebración  del  contrato  de
arrendamiento  cuando  se  trate  de  la  cesión  de  uso  en  régimen  de  alquiler  de  viviendas  calificadas
expresamente  para  arrendamiento  o  arrendamiento  con  opción  compra,  y  a  la  fecha  de  solicitud  de  la
calificación provisional cuando se trate de de la promoción individual para uso propio."

 

Creo entender que es, en la firma del contrato que nos esta llegando estos días, para ser socios, y donde ya se especifica la adjudicación de una determinada vivienda.

Alguien lo tiene mas claro?

 

 
acvaldebebas
acvaldebebas
11/06/2015 13:42

Buenos días:

 

Por favor, para los que ya habéis presentado todos los papeles a Top Gestión (a mí hasta la fecha no me los habían pedido)... a ver si me podéis resolver un par de dudas, que me han surgido tras hablar con el 012 (teléfono en el que atienden dudas de la Oficina de Vivienda de la CC.AA. Madrid)...

 

1. ¿Se pueden validar todos los papeles (incluidos DNI's, NIF's, Libro de familia,...) en la Oficina de la Vivienda?...

2. ¿Se deben presentar los documentos "cotejados" o "compulsados"? en los papeles que envía Top Gestión pone en un sitio cotejados, y en otro compulsados... según me han dicho en el 012, parece ser que en función de una u otra opción, lo puede hacer cualquier funcionario de allí (cotejado) o algunos específicos (compulsa)... además, en función de una u otra opción, te pueden atender hasta las 5 pm (cotejado), o hasta las 2 pm (compulsa)...

 

Gracias y saludos,

 

Fin del hilo
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