Volver al foro
MONTY81
MONTY81
06/10/2014 22:06

Licencia de obra

1.439 lecturas | 8 respuestas
En el area socio de Residencial Avenida aparecen los estatutos de la cooperativa y la solicitud de licencia de obra, alguien ha podido descargarlos? Un saludo vecinos
 
P
pjnezma
14/10/2014 13:17

Hola a todos,

 

Muchas gracias por el aporte Clamo, definitivamente este es un tema preocupante y la normativa legal que mandas aclara un poco que este formato de "promocion por fases" es posible, pero como bien apuntas, lo único que no se cumple respecto a la normativa de nuestros estatutos es la denominación:

 

Cada promoción o fase deberá identificarse con una denominación
especifica, que deberá figurar de forma clara y destacada en toda la documentación
relativa a la misma
, incluidos permisos o licencias administrativas y cualquier contrato
celebrado con terceros. En la inscripción en el Registro de la Propiedad de los terrenos
o solares a nombre de la Cooperativa se hará constar la promoción o fase a que están
destinados, y si ese destino se acordase con posterioridad a su adquisición, se hará
constar por nota marginal a solicitud de los representantes legales de la Cooperativa.

 

En este caso la licencia de obra está pedida a la razón social "el bulevar de vallecas" y no a la nuestra, aunque sea subsidiaria debe especificarlo según la normativa.

 

Así mismo, los estatutos que han puesto son los de la del bulevar... me preocupa esto por la capacidad de decisión de un órgano gestor de la cooperativa que está formado por cooperativistas de la otra promoción y no de eesta y por oro lado del tema de deudas que pudiese contraer la otra promoción, nos afectaría y no debería:

3.- De las deudas de una promoción o fase responderá el patrimonio de las mismas,
los socios de la fase o promoción y en último extremo el conjunto de la Cooperativa.

 

En fin, gracias por el aporte reitero y por favor comparte lo que saques en coclusión si vas a informarte a la obra, yo estoy intentando llamar toda la mañana y me sale apagado...

 

Saludos!

 
C
Clamo
13/10/2014 10:16

Buenos días

 

Espero que con este extracto de los estatutos, quede un poco mas clara la situacion:

Artículo 45 bis.- Promoción por fases.
1.- Si por acuerdo del Consejo Rector, ratificado en la primera Asamblea General que
se celebre, la Cooperativa desarrollase más de una fase, bloque o promoción, estará
obligada a dotar a cada una de ellas de autonomía de gestión y de un patrimonio
separado, para lo que deberá contar con una Contabilidad independiente para cada
fase o promoción, sin perjuicio de la general de la Cooperativa, individualizando todos
los justificantes de cobros o pagos que no correspondan a créditos o deudas
generales. Cada promoción o fase deberá identificarse con una denominación
especifica, que deberá figurar de forma clara y destacada en toda la documentación
relativa a la misma, incluidos permisos o licencias administrativas y cualquier contrato
celebrado con terceros. En la inscripción en el Registro de la Propiedad de los terrenos
o solares a nombre de la Cooperativa se hará constar la promoción o fase a que están
destinados, y si ese destino se acordase con posterioridad a su adquisición, se hará
constar por nota marginal a solicitud de los representantes legales de la Cooperativa.
2.- En cada fase o promoción, formada por los socios a los que se haya adjudicado
vivienda y/o local en la misma, se constituirá una Junta Especial de éstos, que
deliberará y tomará acuerdos sobre todos los asuntos relacionados con la fase o
promoción, siempre respetando las competencias propias de la Asamblea General
sobre las operaciones y compromisos comunes de la Cooperativa y sobre lo que
afecte a más de un patrimonio separado o a los derechos u obligaciones de los socios
no adscritos a la fase o bloque respectivo.
La convocatoria de las Juntas se hará en la misma forma que la de las Asambleas, tal
y como se regula en el artículo 40 de estos Estatutos.
La constitución de cada Junta Especial se hará conforme a las normas establecidas
para la Asamblea General, estando la Mesa de la misma formada por un Presidente y
un Secretario elegidos por un periodo de dos años, reelegibles en su caso, de entre
los socios presentes, aunque también podría estar formada, si así lo deciden los
socios de la fase, por el Presidente y por el Secretario del órgano de administración de
la Cooperativa, si asisten a la Junta, o, en ausencia de éstos, por otros miembros de
dicho órgano social.
Representando a la Junta Especial de cada fase o promoción, para asistir a la
Asamblea General correspondiente, será designado, mediante votación secreta y por
el mayor número de votos, un socio por cada diez viviendas de las proyectadas en
dicha fase o promoción, el cual, en el supuesto de no poder asistir a la misma por
causa justificada, podrá delegar su representación a otro socio representante, de
acuerdo con la delegación de voto a que se refiere el artículo 43 de estos Estatutos
para las Asambleas Generales.
El Acta de cada Junta Especial, que se aprobará al final de la misma, recogerá el lugar
y fecha en que se celebró, el número de socios asistentes, si fue en primera o
segunda convocatoria, el número de sus representantes y el de delegaciones de voto
conferidas a cada uno, en su caso, y será redactada por el Secretario de cada Junta,
con el visto bueno del Presidente, y firmada por tres Interventores de Actas, elegidos
en dicha Junta.
3.- De las deudas de una promoción o fase responderá el patrimonio de las mismas,
los socios de la fase o promoción y en último extremo el conjunto de la Cooperativa.

 

Yo mañana me acercare a la caseta a preguntar cosas como lo de la denominación especifica, que es lo menos claro me  queda.

 
L
London12
08/10/2014 11:41

Entiendo que al ser independiente,al menos eso creo recordar que me dijeron,tenemos cargos y responsables distintos..,habria que preguntar..

 
MONTY81
MONTY81
07/10/2014 15:00
Entonces por lo que entiendo no tenemos nuestros propios estatutos como cooperativa, por lo tanto la capacidad de decision quien la tiene? Los cooperativistas de Bulevar....
 
L
London12
07/10/2014 12:31

He hablado con Libra:

 

 

Me explican que la cooperativa pertenece a la del bulevar,es decir somos como una filial de esa cooperativa,por eso los estatutos y demás es lo mismo,eso ya lo sabía.

Pregunté lo del tema de la licencia y me han dicho que tiene que ser así ya que el que solicita la obra nuestra es el bulevar y por eso tiene que poner la dirección de la cooperativa....

No entiendo muy bien,pero supongo que son rollos legales.

Un saludo

 
A
angelery
07/10/2014 09:51
Y los estatutos tambien son los de Bulevar...no entiendo..
 
A
angelery
07/10/2014 09:47
Buenos dias.

Acabo de ver el documento de la solicitud de licencia urbanistica.. y no entiendo porque en la razon social aparece el bulevar de vallecas en vez residencial avenida.. al igual que en emplazamiengo de la obra, aparece la avenida del ensanche de vallecas, cuando esa no es la direccion de nuestras futuras viviendas. Creo que nos han metido por error la solicitud de licencia de la otra promocion, o estoy equivocado?

un saludo
 
L
London12
06/10/2014 22:57

si!!!

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento