La duda que me surge es si las camaras se consideran un servicio nuevo para la comunidad, si es asi la aprobación de las camaras es ilegal, según la ley de protección horizontal los servicios nuevos de la comunidad deben de aprobarse por las tres quintas partes del total de la comunidad (lo cual no fue posible porque no acudio tanta gente a la reunión)
De no considerarse un servicio nuevo ¿Quien va a pagar el mantenimiento o similar? En la junta solo se aprobo su instalación no otro tipo de gasto.
En lo referente a si la convocatoria se ha hecho o no legalmente habría que ver si todos lo vecinos recibieron la convocatoria, en la reunión una vecina ya hizo mención de que no habia recibido el acta. ¿A alguien mas le ha pasado? Con que una sola persona no haya recibido el acta, la convocatoria no es legal.