A mi me cabrea lo de la prohicion de alquilar, pues es algo que no existia cuando yo compre la vivienda. Me parece un atropello y como ya he dicho algo ilegal.
En cuanto a la diferencia que dices tu que hay entre VPT y VPO, es cierto que la hay, y esta diferencia es basicamente en cuanto al precio de venta y a los ingresos maximos de un posible comprador.
Pero no olvides, que una VPT es a efectos de la junta, una vivienda de proteccion publica, y por pequeñas e irrisorias que hayan sido las ayudas que vosotros hayais recibido, no deja de tener una serie de prohiciones exhorbitadas, que son las que ya he comentado Ni puedes alquilar, ni puedes descalificar, ni puedes vender la vivienda a quien tu quieras en un plazo de 30 años.
Por ridiculo que parezca, es la interpretacion que le da la junta a ese absurdo decreto tambien para las VPT.
Un saludo