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rume73
31/01/2007 11:53

AGOBIOS

¿Cómo se calcula el IPREM para mi pareja y yo si nos casamos en régimen de separación de bienes y tenemos un piso en propiedad?

910 lecturas | 11 respuestas
Hola chicos, al igual que vosotros soy agraciada con un derecho para una vivienda en la parcela m2. Pero estoy agobiada con el tema del IPREM. Tengo una pareja y me caso este año, mi pareja tiene un piso y nos vamos a vivir allí, pregunte en la comunidad y me dijeron que no perdia mi derecho si me casaba en regimen de separacion de bienes y si ambos cumplimos los requisitos economicos. Como es logico no voy a perder esta oportunidad ya que el otro piso no es mio y a la larga nunca se sabe si acabaremos juntos (espero que si, sino no me casaba) asi que ese piso me viene muy bien por seguridad. En fin y sin enrollarme, me preocupa no cumplir lo del IPREM, realmente y sencillamente como se calcula para los dos y otra preguntita si el piso de mi pareja lo alquilamos cuando tengamos este (porque no podemos mantener los dos) como influye ese alquiler percibido en el IPREM. Por favor, alguien me puede decir algo sobre todo esto.

Saluditos y enhorabuena a todos, mucha gente daria cualquier cosa por estar en nuestra situacion.
 
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Onofre
06/02/2007 21:32
Rume,Enhorabuena y disfruta,que las cosas se suelen arreglar solas.
Solo hace falta que tengais separacion de bienes y no creo que tengas que demostrar,que lo demuestras, que la casa te tocó antes de casarte.Quienn dice que a tu futuro marido no le has conocido hace dos semanaas y ya os casais.....me pillas...
Tranquila y disfruta de tu nuevo estado civil
 
R
rume73
06/02/2007 02:11
Hola Machin, me estuve informando en la Comunidad y dicen que si te casas en separación de bienes no influye el que tenga tu pareja piso pero los requisitos económicos los tenemos que cumplir entre los dos. Yo, imaginaros, me caso en junio tengo todo preparado y me casare en regimen de separacion de bienes, la prudencia nos diria que no nos casaramos pero es muy tarde para echar todo atras (traje, salon, iglesia, etc.). En fin que dios y la comunidad nos pille confesaos, jajaja.

Saluditos
 
M
machin
05/02/2007 19:53
Hay otra opción (que se me ha olvidado comentarte). Si te casas en régimen de separación de bienes tampoco se suman los ingresos (sólo se tinen en cuenta los tuyos), con lo que aún podrías casarte y seguir accediendo al piso y al cheque vivienda.
 
O
Onofre
05/02/2007 19:38
Gracias chicos,no me lo podiais haber explicado mejor,la verdad es que me quedo mas tranquilo e incluso puede que empiece otra vez a dormir con normalidad.
Ojala que dentro de dos mas siete años todos ganemos mas que eso(aunque lo sigo viendo complicado)y no tengamos que preocuparnos del cheque vivienda pero hoy por hoy .......yo soy capaz de muchas cosas por 10000 eurillos
 
M
machin
02/02/2007 22:00
Hola a todos.

Te respondo a alguna de tus preocupaciones, Sivak. Tranquilo, que no hay razón para agobiarse ;).

Sivak dijo:


lo que no se especifica en ninguna parte es si son fijos o netos.



Los ingresos máximos son de 36.890 € brutos anuales.


Sivak dijo:


la unidad convivencial pasa a ser de 2, y se suman los ingresos de ambos.



Efectivamente. Se suman los ingresos si os casáis o formáis pareja de hecho (inscrita en el registro oficial). Si vivís juntos sin más no se suma nada.


Sivak dijo:


Voy más allá, si en el plazo de los 7 años que se está en alquiler, se sigue revisando el tema de los ingresos familiares (además de en la fecha en la que se formaliza el contrato con el promotor), [...> te porías quedar sin casa de alquiler, y a la larga sin la opción a compra...


No te preocupes, porque los ingresos no se siguen revisando. Los ingresos se comprueban sólo en dos ocasiones:
- En el momento de formalizar el contrato de alquiler. Si te pasas, no te dan la casa.
- En el momento de ejercer la opción de compra. Tengas los ingresos que tengas, puedes ejercer la opción de compra . Además, si en ese momento sigues teniendo unos ingresos por debajo de 5,5 veces el IPREM, la Comunidad de Madrid te regala el 10% del precio de compra (es lo que llaman cheque vivienda)

Por tanto, no te preocupes. Si entre tu novia y tú cobráis más de 36.890 €, tendrás que esperar a hacer el contrato para casarte (porque si no, te lo negarían). Pero una vez lo tengas firmado, os podéis casar sin problema (aunque perderéis el cheque vivienda... pero no vais a esperar 7 años por 10.000 €, ¿no?)

Espero haberte ayudado

Un saludo.
 
S
Sivak
01/02/2007 14:48


Pues sí que estoy buena... perdona isat, que te he cambiado el nombre.

Además en lugar de ingresos brutos he puesto fijos... debo de tener la neurona ya embotada.

Lo dicho.

Saludos
 
S
Sivak
01/02/2007 14:44


Buenas a todos los compañeros de la M1 y la M2,

aunque yo pertenezco a la promo M24, veo que tenemos muchos temas en común.

En concreto, este de los ingremos familiares máximos admisibles para la adquisición de una vivienda de protección pública, es uno de ellos.

Como bien comentaba isit, el IPREM para el año 2006 quedó fijado en 6707,40 €, por lo que el máximo anual admisible es de unos 36.890 € (ya que el anterior enlace que adjuntáis son condiciones de las VPPL, que es vivienda libre con precio tasado, que no es el caso), lo que no se especifica en ninguna parte es si son fijos o netos.

Creo que esto puede ser motivo de preocupación para la gente que tenga pareja y que piense en casarse en los próximos años, ya que como sabéis, la unidad convivencial pasa a ser de 2, y se suman los ingresos de ambos.

Voy más allá, si en el plazo de los 7 años que se está en alquiler, se sigue revisando el tema de los ingresos familiares (además de en la fecha en la que se formaliza el contrato con el promotor), ya no quiero ni pensarlo, imaginaros que te suben el sueldo (lo que no es de extrañar en un período de 7 años), te podrías quedar sin casa de alquiler, y a la larga sin la opción a compra... UNA FAENA. Se han oído ya cosas muy raras sobre este tema.

Además, el hecho de poner la otra vivienda en alquiler, y si se hace de forma LEGAL, también supongo que afectaría a la entrada de ingresos familiares... vamos, que habéis puesto el título perfecto a este correo... QUÉ AGOBIO!!

Por mi parte ya he trasladado parte de estas preguntas a la oficina vivienda, y en cuanto sepa algo, lo pondré en común en el foro, por lo que os emplazo que de vez en cuando echéis una mirada al de la M24. Espero que si sabéis algo del tema, hagáis lo mismo... a este paso nos volvemos expertos en toda esta jerga economista. Quién se iba a imaginar hace dos meses que íbamos a estar hablando de IPREMs e historias!

Saludos.
 
I
isat
01/02/2007 11:16
Me corrijo:
El total de la unidad familiar no debe superar en 5.5 veces el IPREM, que en el 2006 fue de 6707.40€. Esto hace un total máximo de 36890€ anuales (que creo que es bruto).

La información la podéis obtener en la guía:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobtable=MungoBlobs&blobcol=urldata&blobkey=id&blobwhere=1158582003492&ssbinary=true&blobheader=application%2Fpdf
 
I
isat
01/02/2007 09:59
Creo que se puede calcular con los que viene en este enlace (aunque no sé si para plan joven hay alguna diferencia):

http://www.ayto-torrejon.es/torrejon/opencms/system/galleries/download/Concejalias_urbanismo_planmunicipaldevivienda/ingresos.pdf

Saludos,
 
R
rume73
31/01/2007 20:32
ONOFRE GRACIAS POR CONTESTARME, CREO QUE NO LLEGAMOS NI DE COÑA, NI METIENDO EL ALQUILER FUTURO DEL PISO DE MI CHICO. PERO TIENE NARICES QUE DURANTE UN LARGO TIEMPO LAS COSAS TAMPOCO PUEDEN IR DEMASIADO BIEN, YA ENTIENDES. PERO LOS 46000 QUE SON RENTA BRUTA O QUE?

SALUDOS
 
O
Onofre
31/01/2007 19:46
Yo estoy tambien en tu situacion y no se que hacer.Por cierto lo de la pasta son 46000 euros al año entre los dos ,creo que ninguno llegamos a esa barbaridad...ojala
 

Fin del hilo
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