Hola a todos. Soy de la Junta de vigilancia del Zarzalejo III y quería comentar las siguientes cosas. El que se haya rescindido el contrato con la constructora en la fase IV NO NOS AFECTA, ya que nosotros tenemos nuestro propio contrato independiente. De esta forma en cada contrato se establecen obligaciones independientes para las partes que no pueden incumplir alegando que es que se le ha rescindido el contrato en otra fase. En nuestro contrato se obligan a entregar los pisos en el plazo de 22 meses a partir de los cuales, si no se han recepcionado, se produciría la aplicación de una cláusula penal, una penalización por día o mes de retraso. Además si no cumplen judicialmente se puede hacer dos cosas: o exigir el cumplimiento en el plazo que se determine, o rescindir el contrato pasando nosotros a contratar otra constructora y acabar las obras a su costa, es decir lo pagarían ellos, de las retenciones que les practicamos en cada certificación (de todo lo que le pagamos por lo que van construyendo se les retiene, no se les paga, un 5% como garantía de que lo que están haciendo lo hacen bien) y si falta pues tienen la obligación de pagarlo. Resumen: NO NOS TIENE PORQUE AFECTAR PORQUE SOMOS INDEPENDIENTES, por muchas denuncias que haya en otra fase.