Los gastos de la comunidad, a cargo del cónyuge divorciado que vive en el piso

El Tribunal Supremo ha acordado que en caso de divorcio los juzgados de familia pueden imponer los gastos de comunidad solo al ex cónyuge que reside en la vivienda ganancial. La Sala de lo Civil ha rechazado el recurso que presentó una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que le imponía a ella los gastos de comunidad de la vivienda ganancial al habérsele adjudicado a ella el uso del bien.
Los gastos de la comunidad, a cargo del cónyuge divorciado que vive en el piso
Publicada 17/10/2014 Leer noticia completa en El Confidencial
 
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