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K
kusturica
22/11/2006 11:56

devolución de Iva por hacienda

¿Cómo desgravarse el IVA en apartamentos turísticos?

5.029 lecturas | 26 respuestas
Hola,

Sé que algunos ya teníais apartamentos turísticos antes ; a ver si podéis resolverme esta duda.

Los de la gestora nos dijeron que podíamos desgravarnos el Iva haciendo haciendo declaraciones cada 3 meses. He llamado a la sección de Iva de la Delegación Hacienda de San Blas pero la información que me han dado no me ha resultado nada aclaratoria.

En primer lugar, me ha dicho que tenía que ser autónomo para desgravarme por el Iva y que si no que lo metiera en gastos de vivienda normal. ¿Pero no se suponía que no podíamos meterlo como vivienda normal?

Le he recalcado que se trataba de un apartamento turístico, es decir en suelo industrial y no una vivienda normal. Entonces me ha dicho que haga un escrito a la administración solicitando la devolución del Iva y a ver lo que me decían. A parte de lo vaga que ha sido la respuesta no parecía que estuviera hablando de un trámite normal...

Y eso que es Hacienda de San Blas, que tienen el distrito plagadito de apartamentos turísticos. Alguno podríais informarme mejor sobre este tema.
 
J
JJSANTOR
23/12/2006 10:08
Hola soy del Jardín de las Mercedes y os contesto a todas las dudas:

No hay que hacerse autonomo para nada, la ley dice que cuando un particular compra un servicio objeto de actividad industrial, para hacienda se convierte en autómatico un profesional sujeto a IVA.

Darse de alta en el modelo 300 y solicitar la devolución de todo el IVA de la adquisición (el de la entrega de llaves) y luego trimestralmente liquidar el IVA del arrendamiento es gratis.

Hay dos opciones: solicitar el IVA de la adquisición y una vez lo devuelvan pagar el de cada alquiler. o no solicitar la devolución y te descontarán en cada declaración trimestral el IVA del arrendamiento contra el soportado en la entrega de llaves.

Ahora bien los de la gestora están haciendo fraude para su propio beneficio:

Lo explico:

Como los que alquilan son ellos, el iva del alquiler lo soportan ellos, por lo que a cada propietario le tendrían que devolver, si se alquila por 1000 €, 900 €. Pero como los muy getas quieren recuperar los 70 € de IVA que incluyen en la factura al inquilino, van a intentar que vosotros le factureis a la gestora para recuperarlo. Y eso se pude entender como fraude, no digo que lo sea, pero si hacienda indaga podrían considerarlo como tal, pues con una sola actividad industrial se facturan dos IVAS. Y lo más gracioso el fraude es del Propietario puesto que el segundo IVA lo genera él.

Conclusión: Os tiene que devolver en un alquiler de 1000 €, 900€ y el IVA que se lo coman con patas.

¿O acaso en algún contrato dice que el IVA es vuestro?

Para poder aplicar la devolución de IVA tiene que ser el dueño el que alquile o pertener a una empresa o cooperativa que sea la arrendadora.

Espero haber ayudado.

A propósito en el Jardín de las Mercedes ya hemos encontrado unos administradores para formar nuestra cooperativa propia que constituirá en el año 2007, momento en el cual empezaremos con el tramite del IVA. Los de la gestota tienen sus días contados.





 

Fin del hilo
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