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S
superdan
07/11/2004 21:08

un nuevo punto

¿Qué sucede si el importe de la hipoteca sube más del 10% según la Estipulación SEXTA del contrato de compraventa?

1.136 lecturas | 14 respuestas
Hola a todos.

Quiero poner sobre la mesa un nuevo punto que me parece que no se ha tenido en cuenta.

Y es el apartado b) de la Estipulación SEXTA que firmamos en el contrato de compraventa. Paso a referirla:

En el supuesto de que el total del principal (es) del (de los) préstamo (s)hipotecario (s) fuera(n) de importe diferente al antes señalado, por la variación arriba admitida de más-menos el 10% (variacion en el valor de la hipoteca, e indicada en el apartado b) de la estipulación SEGUNDA)en el momento de la escritura pública:


a)Si dicho importe fuera inferior al antes indicado, LOS COMPADORES (para compensar y liquidar la diferencia) deberán entregar a P.P.P. una cantidad igual a la de la indicada referencia.

b)Si dicho importe fuera superior a antes indicado,P.P.P, (para compensar y liquidar dicha diferencia) deberá entregar a LOS COMPRADORES una cantidad igual a la de la indicada referencia.

Según esto, y según entiendo yo, si el importe de la hipoteca subiera un 10%, P.P.P. NOS TIENE QUE DEVOLVER LA DIFERENCIA. Solo me queda la duda de lo que pasaría en caso de ser mayor del mencionado 10%.
Espero no haber aburrido mucho, y si teneis la oportunidad,consultarlo.
No soy ningun infiltrado y todavía no he firmado.

 
F
fitoman
08/11/2004 15:49
gracias es que no la esncontraba ahora a ver si me la empollo
 
O
OLD no 7
08/11/2004 15:38
Perdonar, Fitoman leete el enlace que he puesto en el anterior mensaje
 
O
OLD no 7
08/11/2004 15:37
F
fitoman
08/11/2004 15:23
Aqui pongo lo que he encontrado en BOCM del dia 21 de junio del 2002 y no dice nada

Pag. 2 Viernes, 21 de junio de 2002 NÚM. 146

CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS,
URBANISMO Y TRANSPORTES

Subsanación deficiencias plan general
ordenación urbana

¾ Resolución de 7 de junio de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público Acuerdo relativo a la subsanación de deficiencias del Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba en el ámbito del Sector UR 1/4, "La Huerta" (Ac. 138/02) 25
Rectificación errores plan general ordenación urbana
¾ Resolución de 7 de junio de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo por el que se rectifican determinados errores materiales detectados en el Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba (Ac. 137/02) 26
Subsanación deficiencias plan general
ordenación urbana

¾ Resolución de 10 de junio de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público Acuerdo relativo a la Subsanación de Deficiencias de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama, promovido por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama (Ac. 140/02)
 
F
fitoman
08/11/2004 15:09
Si, si que venga el abogado a ver si nos da algo de luz porque no entiendo nada ;

Y yo me pregunto alguien a llamado a DAE y ha preguntado para que leches quieren esa carta, es que hay una cosa que no entiendo la carta dice "autorizo a Pik Pobery Promociones, S.L. a que solicite la actualización a los precios considerados en la Orden de fecha 21 de junio de 2002 de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Comunidad de Madrid, del módulo de Venta", para mi eso quiere decir que se actualice a junio del 2002 y no ha 2004 como se comenta.
 
A
AlBel
08/11/2004 13:37
Roma, por mi no tengo inconveniente en que un abogado venga y nos de soluciones, es más, por favor, que venga.
 
O
Octubre
08/11/2004 13:21
Yo tampoco he firmado todavía, y roma por favor si puede venir ese abogado que conoces sería estupendo
Un saludo y nos vemos mañana a las 11:30
 
R
RoMa
08/11/2004 09:10
Tal como os dije ayer en el mensaje que habla de la reunión del sábado, yo ya le he enviado mi contrato y los enlaces correspondientes a todo este tema a un buen abogado.

Si nadie tiene nada en contra puedo pedirle que venga mañana a la reunión de las 11:30.
 
microtic
microtic
08/11/2004 08:10
buenos días,

yo estuve el sábado en la reunión que tuvimos, y lo primero quiero agradecer la colaboración de todos los que fueron en persona, los que colaboran a través del foro y demás gente.

la verdad, es que fuí yo el que metí el primer mensaje sobre el tema, puesto que nos llamaron y me resultó un poco raro, y visto que este medio si se utiliza en condiciones, tal y como estamos haciendo, eliminando políticas y demás cosas que deben quedar fuera, funciona y se está comprobando.

yo tenía que ir a firmar hoy pero no voy a ir, pero bueno, quiero animar un poco a la gente que ya ha firmado, porque se tienen que dar cuenta que si no se firma el 100% de la gente, son papeles en blanco lo que han firmado ellos.

sigo buscando asesoramiento externo, y nos leemos.
 
G
goalfre
08/11/2004 07:46
Te copio el texto que pone en el artículo 1 de la Orden de 21 junio de 2002 que se menciona en la carta que quieren que firmemos:
"A efectos de determinar el precio máximo de venta por METRO CUADRADO SUPERFICIE UTIL de las viviendas protegidas se consideran las siguientes zonas:".

Salu2.


 
A
asa
07/11/2004 23:59
Una pregunta: cuando hablais de subida de precio del módulo, os referís a 80 metros. Estos son los metros útiles pero ¿no habría que calcular el precio del módulo en base a los metros construidos (103,88m2)?
 
G
goalfre
07/11/2004 23:13
Disculpa pero me he perdido, de la similitud de cifras entre mi ejemplo teorico y la suma de las cantidades que aparecen en tu contrato (incluidas las reflejadas para los supuestos de impago de recibos y ejecucion de embargo)tu deduces que.....
 
S
superdan
07/11/2004 22:52

Entiendo lo que quieres decir, pero mira que calculo mas curioso me sale de sumar las cantidades mencionadas en dicha ESTIPULACION SEGUNDA, apartado b).

10%- Devolución principal ; De 97.363,96 ------9.736,39
10%- Abono intereses ordinarios ; De 14.604,59 -1.460,46
10%- Abono intereses de demora ; De 18.499,15---1.849,91
10%- Abono costas y gastos de ejecución ;De 14.604,59-- 1.460,46
10%- Gastos en intima conexión con la conservación y efectividad de la garantia ; De 14.604,59----1.460,46


TOTAL-----------15.967,68

Resulta curioso como se parece estacantidad a la de 200x80
 
G
goalfre
07/11/2004 22:16
El punto que mencionas tiene sentido si DAE mantiene el precio pactado en contrato, pues, lo que indica es que si lo que te queda de hipoteca es más de lo que te corresponde según el precio de contrato, pues te devuelven la diferencia. Ahora bien , si autorizamos la subida de los precios, lógicamente, ya no habría exceso de hipoteca y no nos devolverían nada. Os pongo un ejemplo

Ejemplo sin subida:

Precio piso 120.000 euros (baratito eh)
Cantidades anticipadas: 20.000 euros
Hipoteca que debe quedar 100.000 Euros, suponemos que
DAE ha pedido el famoso 10% de mas, nos queda una Hipoteca de 110.000 Euros. DAE nos da talón por 10.000 Euros(pa´ los muebles)

Mismo ejemplo con subida:
Precio contrato 120.000 euros.
Cantidades anticipadas: 20.000 euros
Subida 200Euros m2 X 80m2= 16.000 euros
Hipoteca que debe quedar 116.000 Euros, suponemos que
DAE ha pedido el famoso 10% de mas, nos queda una Hipoteca de 110.000 Euros. Con el nuevo precio todavía le debemos ha DAE 6.000 (que puede que se incluya en la hipoteca o que nos lo exijan a la firma de la escritura).

Perdonar por el rollo, pero espero se entienda la diferencia, entre un caso y el otro.


Salu2
 

Fin del hilo
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