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bartsimpson
31/08/2007 14:13

ADMINISTRADOR DE FINCAS

¿Qué servicios ofrece GRUPO MOSAN ABOGADOS como administrador de fincas?

4.994 lecturas | 0 respuestas
acabo de enviar el presupuesto a la zona de descargas, y he recibido confirmacion del mismo, asi que el lunes creo que estara disponible para todos aquellos qeu quieran verlo, de todas formas lo voy a dejar aqui tambien,


GRUPO MOSAN ABOGADOS Av. de Leganes, 2,3 º A
28925 Alcorcón (Madrid)
Marina Sánchez Jeán Tls: 91 611 72 85
91 611 77 00
ADMINISTRADOR DE FINCAS Fax: 91 611 73 50
ABOGADO
grupomosan@grupomosanabogados.e.telefonica.net




COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
ARCOS DEL SUR

Alcorcón, 25 de octubre de 2006

Muy Sr. Nuestro:


Adjuntamos la presente oferta, que ha sido solicitada en nuestras oficinas para los servicios de ADMINISTRACIÓN DE FINCAS, en la Comunidad de Propietarios arriba referida.

GRUPO MOSAN, esta formado en su totalidad por un grupo de profesionales altamente cualificados, y apoyados por un equipo informático adecuado a todas las normativas y contingencias que pudieran presentarse en el desarrollo de sus actividades, avalado por catorce años al servicio de mis clientes.

Sin compromiso, GRUPO MOSAN no tendría inconveniente en presentarse en su Comunidad y explicar detalladamente el presupuesto.

En espera de que la oferta sea de su agrado, me despido atentamente.





Fdo: Marina Sánchez Jean
Administrador de Fincas, Col. Nº 6096
Abogado, Col. Nº 41.926












SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN


Adjunto le detallo resumen de nuestras funciones, estando a su entera disposición para cualquiera duda que pudiera surgirle.


1.1 GESTION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA:


EMISION DE RECIBOS: Los recibos se emiten mediante soporte informático (Los propietarios los recibirán de forma similar a los de telefónica, compañía de la Luz, etc......), ello posibilitará –según el Banco- que la gestión del cobro no signifique un gasto para la Comunidad.


- CUENTAS BANCARIAS: Su estricto control significa:


1º .- Que, salvo causa justificada de fuerza mayor, no debe quedar en ningún momento en descubierto.


Nota: El Administrador no tendrá firma en las cuentas bancarias de la Comunidad, y sólo se dispondrá de ella de la manera que los propietarios que formen la Junta de Gobierno en cada ejercicio lo decidan.


El Administrador puede conseguir que la gestión de cobro de los recibos sea mínima para la comunidad, según los últimos acuerdos adoptados con ciertas entidades bancarias.


SINIESTROS: Los siniestros en las comunidades son habituales, su seguimiento hasta su cierre y posterior liquidación con las Compañías de Seguros supone, a veces, un gran ahorro.


PRESUPUESTOS: Siempre es aconsejable disponer de dos o más presupuestos para las obras a ejecutar y también para los mantenimientos. LA ADMINISTRACION solicitará, cuando sea requerida para ello, los presupuestos necesarios y en su caso garantizará a las empresas que presente.


- COBROS Y PAGOS: Todos los pagos que se realicen deberán contar con el visto bueno del Presidente o dos miembros de la Junta de Gobierno, en ausencia del primero.


VISITAS. Personal de la Administración realizará una visita una vez a la semana a la comunidad, con el fin de comprobar el buen funcionamiento de todos los servicios.







1.2 C O N T A B I L I D A D


Nuestro programa informático y plan contable es el del COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID, lo que garantiza su oficialidad y comprensión para cualquier propietario.


Entre otros, se confeccionarán los siguientes documentos:


M E N S U A L M E N T E


Relación de ingresos y gastos del mes.
Balance de situación.
Diarios de bancos y caja.
Diario general.
Relación de impagados.


A N U A L M E N T E


Balance anual de la Comunidad.
Justificación de saldos.
Liquidación por propietarios.
Reparto de gastos.
Extracto de ingresos y gastos por cuentas.
Presupuesto. Ordinarios y/o por partidas.
Desviaciones presupuestarias. Etc.....


Igualmente, se facilitará cuanta información soliciten los propietarios sobre los Estados Contables y facturación.


1.3 ART. 18 L.P.H. : FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR:


El artículo 18 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal de 31 de Julio de 1.960 recoge como funciones del Administrador las siguientes:



1º VELAR POR EL BUEN ESTADO DE LA CASA, sus instalaciones y servicios, y hacer las oportunas advertencias y apercibimiento a los titulares.




Lo anterior implica asesorar en temas de:


Calefacción y agua caliente.
Ascensores.
Porteros automáticos y Antena de T.V .
Seguros.
Piscinas.



2º PREPARAR LOS PRESUPUESTOS de gastos y proponer los medios necesarios para hacer frente a los mismos.



3º ATENDER LA CONSERVACION DE LA CASA, y disponer, con el conocimiento y consentimiento del Presidente, las reparaciones ordinarias, y en cuanto a las reparaciones extraordinarias adoptar medidas urgentes convocando urgentemente una Junta General para dar cuenta a los propietarios.



4º EJECUTAR LOS ACUERDOS ADOPTADOS en materia de obras, efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. Todos los pagos se realizarán con el visto del Presidente, y en su ausencia con la autorización de dos miembros cualesquiera de la Junta de Gobierno con la firma del Banco.



5º ACTUAR COMO SECRETARIO en la Juntas y custodiar, a disposición de los Propietarios, la documentación de la Comunidad. Como secretario también corresponde hacer las convocatorias de Juntas, confeccionar las Actas, notificar los acuerdos, enviar la correspondencia, etc.
Se facturará a parte la asistencia a juntas extraordinarias que fueren necesario realizar, siendo el coste de las mismas las que establece el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid


6º Todas las demás atribuciones que se confieran en Junta.


7º Representar a la Comunidad ante el Juzgado en procedimientos de reclamación de impagados, cuando así este autorizado en Junta, según el Art. 20 de la L.P.H.


Todas estas funciones se llevarán a cabo o coordinarán por un Administrador de GRUPO MOSAN ABOGADOS, quien mantendrá una relación personalizada con el Presidente y todos los propietarios.



SERVICIOS DEL GRUPO

A través de la Administración, se pueden obtener beneficios basados en la experiencia y capacidad de cada uno de los profesionales que trabajan en nuestros despachos, así como una mayor eficacia dentro de la amplia variedad de servicios que cubre, todos ellos enfocados principalmente a la consecuencia de un mejor y más global prestación, de forma que cualquier necesidad que pudiera tener cualquiera de nuestros administrados, este inmediatamente cubierta sin ni siquiera salir del GRUPO.

Todos estos servicios tendrán minutación independiente a la presente propuesta.

ASESORÍA JURÍDICA

GRUPO MOSAN ABOGADOS, pone a disposición de la Comunidad su equipo de Abogados, expertos en Derecho Civil, Laboral y Mercantil, quienes prestarán al Presidente o los propietarios reunidos en Junta todo el asesoramiento Jurídico que sea preciso sin coste adicional alguno para la comunidad. En el supuesto de ser necesario llegar a Juicio este se facturaría aparte.

ASESORÍA LABORAL Y FISCAL

ASESORÍA LABORAL

Nuestro Departamento de Asesoría Laboral, bajo la supervisión de nuestro Abogado Laborista, se ocupara de la Redacción y confección, de todos los contratos laborales, que la Comunidad precisa, para que se ajusten a los respectivos convenios, así como a cuanta Legislación le pudieran corresponder, manteniéndolos dentro de la legalidad, y en las condiciones mas ventajosas para la Comunidad.
Asimismo el referido departamento, se ocupara de la confección de todas las Nominas, Seguros Sociales, etc., informando puntualmente a la Comunidad de cuantas mejoras, Subvenciones, ayudas a la contratación y demás ventajas en cuanto a la contratación se refiere. Se ocupara, también, del seguimiento de las funciones del personal, cuidando del buen hacer de todas las funciones, así como de los expedientes disciplinarios, y la representación hasta el SMAC, de cuantas reclamaciones pueda ser objeto la Comunidad de Propietarios.


ASESORÍA FISCAL


Adecuada en todo momento a la normativa vigente, que obliga en la actualidad a todas las Comunidades de Propietarios, a la obtención de su C..I.F., constituyendo fiscalmente una entidad, obligado a practicar retenciones en concepto de I.R.P.F, a cuantos trabajadores y profesionales, presten sus servicios a la Comunidad, según el art. 147 del Reglamento del Impuesto Sobre las Personas Físicas.
Asimismo, las Comunidades de Propietarios, se encuentran obligadas a la presentación en su caso de los modelos Fiscales correspondientes a las retenciones del I.R.P.F. (modelo 110), y ala presentación del Resumen anual del mismo impuesto (modelo 190), que serian confecciones, en su totalidad y puesto a la firma para su posterior presentación, por parte de nuestro departamento Fiscal.



Para dar un mejor servicio a nuestros clientes contamos con los últimos avances tecnológicos, de tal forma que tenemos acceso directo vía Internet las 24 horas del día con las Administraciones Públicas: Seguridad Social (tramitar altas, bajas, variaciones de datos de trabajadores, así como el pago de los Seguros Sociales, etc), I.N.E.M (comunicación de los contratos de trabajo, etc.), así como con diversas entidades bancarias (ello permite el control exhaustivo de los ingresos y gastos de su Comunidad, al tener acceso directo a los movimientos bancarios de su cuenta, pero sin poder disponer en ningún momento del dinero de la misma).

ASISTENCIA TÉCNICA

Mediante nuestro GRUPO, y con independencia a lo aquí presupuestado, se puede acceder directamente, a través nuestro, a los servicios que este despacho pone a su disposición, tales como:

ABOGADOS: asistencia letrada ante los Juzgados.

ADMINISTRADORES DE FINCAS: las reseñadas en la presente propuesta.

CORREDURÍA DE SEGUROS.

ASESORÍA DE EMPRESA: Contabilidad oficial, asesoramiento en gestión de Sociedades, personas físicas, Comunidades de Bienes, etc.

ARQUITECTOS, APAREJADORES.

SERVICIOS EN GENERAL: limpieza, conserjería, fontanería, electricidad, etc...






















OFERTA ECONÓMICA



Siguiendo los criterios establecidos por el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, y puesto que los mismos son meramente orientativos, en consideración a su Comunidad, GRUPO MOSAN, está en condiciones de ofrecer sus servicios de Administración de Fincas por la cantidad de:





TOTAL MES: 4 EUROS/MES/VECINO + IVA

2 EUROS/MES PLZA GARAJE +IVA










LA COMUNDIAD LA ADMINISTRACIÓN


 

Fin del hilo
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