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Placal1
11/06/2007 09:19

La C. de Propietademanda a las Cooperativas

¿Por qué el abogado de la Cooperativa no se opuso a la demanda de la Comunidad de Propietarios?

5.562 lecturas | 54 respuestas
La Comunidad de Propietarios demanda a las Cooperativas

Así están las cosas, Geviso XXII, Geviso XX y San Quintín, y por tanto todos y cada uno de los vecinos de de las parcelas 37 y 39 estamos demandados, si bien en la Parcela 39 el juez no ha admitido ha tramite la ampliación de la demanda, en la parcela 37 si, pero el hecho es que las Cooperativas somos todos.

Esta Demanda implica que los Consejos Liquidadores de las 3 Cooperativas deberán personarse con Abogado y procurador y contestar a la demanda en un plazo de 20 días hábiles, lo que significa DUPLICAR LOS GASTOS JUDICIALES…..y yo me pregunto pq nuestro “maravilloso y competente” abogado de la 37:
1.- No se ha opuesto a la ampliación de la demanda a las Cooperativas, que al fin y al cabo somos los mismos integrantes de la C. Propietarios, quienes le han contratado para su defensa y no para ser a su vez acusados.
2.- No se interpuso el debido Recurso de Reposición ante esta ampliación de demanda.
3.- Ha engrosado el importe de la Demanda hasta un importe de mas de 7 millones de euros de indemnización cuando el importe total de la construcción ascendió a 8 millones de euros….vamos que cuesta menos hacer un edificio nuevo, INACEPTBLE PARA UN JUEZ, y mas si se pide indemnización y no reparación de daños.
4.- Ha realizado una Demanda chapucera, rebatible y tan mal documentada, al reclamar sobre el Proyecto de Ejecución Inicial, sin tener en cuenta todos los cambios realizados y firmados por todos los cooperativistas (cambio de calidades como tarima, sanitarios, carpintería..etc) y las modificaciones acordadas por los Consejos Rectores en las negociaciones con FCC.
5.- Por que se ha valorado en la Demanda como si todos los vecinos hubieran puesto Aire Acondicionado con equipos en sus viviendas y no han tenido en cuenta que muchos optaron solo por la preinstalación.
y…..etc….etc…..

Lo cierto es que TODOS SOMOS PROMOTORES, SI EL JUEZ CONDENA, CONDENARA SOLIDARIAMENTE A TODOS LOS RESPONSABLES IMPLICADOS EN EL PROCESO. FCC tiene seguro, el arquitecto tiene seguro, la aparejadora tiene seguro, detrás vamos LOS PROMOTORES, NOSOTROS, Y EL DINERO EXISTENTE EN LAS CUENTAS DE LAS COOPERATIVAS, y luego Atalaya.

Esta en nuestra mano RETIRAR LA DEMANDA de la Comunidad de Popietarios POR ZONAS COMUNES y llegar a un acuerdo con FCC para reparar los defectos existentes Y PODER REPARTIR EL DINERO DE LAS CUENTAS DE LAS COOPERATIVAS, QUE SEGÚN SALDOS EXISTENTES TOCARIAMOS APROXIMADAMENTE A 6.000 EUROS POR VIVIENDA.

Hay que tener en cuenta que la parcela 37 no tiene la Calificación Definitiva, ni Licencia de 1ª Ocupación, y se ha paralizado un cuantioso Expediente Sancionador en Gerencia de Urbanismo, y todo esto no nos beneficia en ningún juicio, arriesgándonos a QUE NOS PRECINTEN LAS VIVIENDAS Y NOS ECHEN DE NUESTRAS PROPIAS CASAS.

Ya está bien de redencillas que no conducen a nada bueno, debemos reflexionar y actuar según el sentido común. EL PROCESO JUDICIAL NO NOS VA A DAR DINERO, SI UN JUEZ CONDENA, LO HACE CASI EXCLUSIVAMENTE PARA CUBRIR COSTES DE PROCEDIMIENTO, en el supuesto extraño que concediera algo mas de dinero, eso significaría que nos CONDENARIAN COMO COOPERATIVISTAS, POR LO QUE TENDÍAMOS QUE INGRESAR DINERO EN LA CUENTA DE LA C. DE PROPIETARIOS, DINERO QUE NO SE REPARTIRIA.

VENTAJAS NINGUNA, SIEMPRE PERDEMOS….

Y LO MAS INDIGNANTE…NO SE INFORMA POR LOS CONSEJOS LIQUIDADORES NI POR LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de lo que sucede con el juicio, NO SE CONVOCA ASAMBLAS NI DE COMUNIDAD NI DE COOPERATIVAS. Estas decisiones IMPLICAN A TODOS, Y NOS VAN A COSTAR MUCHO DINERO, y deben estar refrendadas por cooperativistas y por comuneros, Y NO MANEJADAS ARBITRARIAMENTE POR RESPONSABLES IRRESPONSABLES.
 
N
NEAR
31/07/2007 18:30
Se me olvidaba, a quienes preguntaban que tenía de bueno una demanda, pues eso, momentos como este, no se si al final se resolverá a favor o en contra, esto es solo un auto, pero el momento y el disgusto de alguien bien valen una demanda.
 
N
NEAR
31/07/2007 18:29
Sin comentarios, por favor, lee el tablón de anuncios, parece que al final todos los razonamientos debían ser tenidos en cuenta.

Espero que sea un presagio o algo similar, pero que bien, las cooperativas no y Atalaya si.
 
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ppita
30/06/2007 11:50
Placal1 dijo:

ppita dijo:

Placal, ¿te importaría resumir los argumentos para la condena?



....sin comentarios


Pensaba que había más.
 
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Placal1
30/06/2007 11:27
ppita dijo:

Placal, ¿te importaría resumir los argumentos para la condena?



....sin comentarios
 
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ppita
30/06/2007 09:58
Placal, ¿te importaría resumir los argumentos para la condena?
 
N
NEAR
29/06/2007 18:59
En fin, estais dando vueltas a lo mismo, al fin y al cabo Placal1 lo que quiere es un imposible, que se le garantice el triunfo en un juicio antes de que se celebre para poder decir que eso no lo podemos garantizar, pero no debes olvidar Placal1 que los que vamos a un juicio vamos con todas las consecuencias.
De tu exposición deduzco:
1.- TRIUNFO EN LA PARCELA 39.3 asegurado ya que no se ha opuesto el abogado a la ampliación : estoy en desacuerdo contigo porque el juez, según lo dicho en la última reunión, no se ha pronunciado, por lo que aunque nos hayamos opuesto el juez puede decidir que le da igual y que admite la petición de FCC, las consecuencias las expondré después.
También puede suceder que no lo admita y ganemos, estupendo.
2.- TRIUNFO EN LA PARCELA 37.3 asegurado por la no oposición a la ampliación, que llevará a la condena de todos (incluidas las cooperativas).
Nuevamente estoy en desacuerdo porque pueden darse dos situaciones:
a-El juez admite la ampliación tras el escrito de las cooperativas y estas son demandadas (las consecuencias serían iguales si admitiese la ampliación tras la oposición de la parcela 39.3), siendo, SEGUN TU, condenadas desde ese mismo momento . Sigo estando en desacuerdo contigo , porque el juez valorará los hechos, la ley, la jurisprudencia, el momento en que la ley es interpretada y el espíritu de la misma, con lo cual, no sabemos como va a responder, salvo que tú sepas algo que nosotros desconocemos. Y si somos condenados no sabemos si lo seremos solidaria o subsidiariamente, es todo un mundo que no me extraña sea forzoso que se mueva por él un profesional que conozca la ley urbanística, la ley civil, la ley mercantil, la ley de cooperativas, la ley procesal, y no se, todas las necesarias para llevar a cabo este MACROJUICIO por los implicados.
b.-El juez no admite la ampliación , entonces ¿qué sucede?, se supone que siguiendo tu hilo deductivo, ganaremos el juicio de fijo , sin embargo ahí volvería a discrepar contigo por los mismos motivos, el que interpretará la ley y decidirá en que condena, cómo y a quién es el juez nuevamente, y no todos los juicios los han perdido las comunidades ¿verdad?, habría que ir a la doctrina de los TSJ, y del TS.
Por cierto insisto en la mala gestión de Atalaya, como no, pero también te recuerdo que no somos nosotros (ni como cooperativas ni como comunidad quienes la queremos ver en el juicio como parte, habrá que ver qué decide el juez) En cuanto a la responsabilidad de las cooperativas en la gestión podría decir casi sin equivocarme, que ninguna, ya que siguiendo los consejos de su Gestora, hicieron lo que ellos le dijeron para sacar adelante el proyecto, pero eso se verá en el juicio, si al final se les acepta.
Por cierto Placal1 una cuestión que hasta ahora no ha surgido ¿Podría darse la circunstancia de admitir a Atalaya y no a las Cooperativas? .
Es decir que por mucho que escribas en mayúsculas tus argumentos no son más claros, ni tienen más razón que los míos, a los tuyos de momento yo no les he encontrado un hilo argumental más sólido que al mío en las consecuencias, ya que las posibilidades son amplias, como he expuesto, y siempre según mi punto de vista.
No obstante respeto tu punto de vista, y entiendo que no tiene por qué coincidir con otros, y menos con el mio.
 
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Placal1
29/06/2007 18:30
¿ppita, te importaria mencionar que lado positivo hay en el proceso judicial?
 
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ppita
29/06/2007 17:29
De acuerdo en que la jurisprudencia crea doctrina. Pero en este país ( por tu voseo deduzco que no eres de aquí), no hay que olvidar que la existencia de distintos tribunales dentro de la misma jurisdicción lleva implícita la posibilidad de que una misma ley sea interpretada por ellos en diferentes sentidos.
La jurisprudencia no tiene fuerza obligatoria para los jueces. Por más que sea reiterada y uniforme, los jueces pueden apartarse de ella e interpretar la ley según su ciencia y conciencia.
 
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Placal1
29/06/2007 16:04
[quote=ppita>Mi pregunta era: Por qué nos estás condenando con tanta seguridad ya? Según tú y tu condena solidaria junto a todos los demandados, no vamos a ganar ni como comunidad ni como cooperativa.
¿Tantas pruebas tienes o conoces para poder afirmar, incluso antes de que el juez haya dictado sentencia, que todos vamos a ser condenados? [/quote

...de tu texto anterior se deduce claramente que entiendes perfectamente el concepto de "CONDENA SOLIDADRIA".

No deja de asombrarme!!!!, que en unas ocasiones utilices una terminología jurídica "MUY PROFESIONAL" Y OTRAS VECES MUESTRES UN DESCONOCIMIENTO TOTAL DE UN LENGUAJE JURÍDICO MUCHO MAS ELEMENTAL Y BÁSICO....

LA JURISPRUDENCIA CREA "DOCTRINA"...O LINEA DE ACTUACIÓN EN LA QUE SE BASAN LOS JUECES A LA HORA DE DICTAMINAR, ES DECIR,SENTENCIAR, EN EL SENTIDO AMPLIO DE LA PALABRA QUE INCLUYE LA CONDENA O LA ABSOLUCIÓN.

EL ÚNICO QUE PUEDE CONDENAR ES UN JUEZ (O DIOS), yo unícamente he ido exponiendo una opinión razonada y argumentada DE MI DISCONFORMIDAD, Y LO NEGATIVO QUE VA A SER PARA TODOS LOS COOPERATIVISTAS QUE EL ABOGADO DEFENSOR HAYA ACEPTADO LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA A LAS COOPERATIVAS... MIENTRAS QUE VOS TODAVIA NO HA ARGUMENTADO LAS VENTAJAS QUE SUPONEN EL HABERNOS INCLUIDO COMO DEMANDADOS EN EL PROCESO JUDICIAL.
 
P
ppita
29/06/2007 13:32
Si no hay "pruebas", no hay condena.

¿Qué significa exactamente condena solidaria? Espero que tu repuesta no sea la de siempre.

¿Te basas para condenarnos en sentencias emitidas en situaciones similares? Similares pero particulares, y las particularidades hay que conocerlas.
 
P
Placal1
29/06/2007 13:23
ppita dijo:

Mi pregunta era: Por qué nos estás condenando con tanta seguridad ya? Según tú y tu condena solidaria junto a todos los demandados, no vamos a ganar ni como comunidad ni como cooperativa.
¿Tantas pruebas tienes o conoces para poder afirmar, incluso antes de que el juez haya dictado sentencia, que todos vamos a ser condenados?


...No he dicho tal cosa...he dicho que o ganamos como Cooperativa o ganamos como C. de Propietarios...y que en cualquier caso perdemos...y que esto nos va a costar un pasta gansa...aunque la defensa sea gratuita la de las Cooperativas...

Por otra parte argumentos para la condena los tienes tanto en las intervenciones realizadas por mi, como en otras intevencions realizadas por otros cooperativistas...sólo tienes que leer "bien"...y pruebas...aqui no existen "pruebas" de que el juez nos vaya a condenar...pero si revisas la jurisprudencia te instruira bastante en sentencias emitidas por los jueces en situaciones similares...CONDENA SOLIDARIA A TODOS LOS RESPONSABLES Y EXCASA INDEMNIZACIÓN,(CASI PARA CUBRIR COSTES DE PROCEDIMIENTO)ES LA SENTENCIA MAS HABITUAL.
 
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ppita
29/06/2007 13:11
En relación con la parrafada legal, ¿no tienes nada que argumentar?
 
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ppita
29/06/2007 13:09
Mi pregunta era: Por qué nos estás condenando con tanta seguridad ya? Según tú y tu condena solidaria junto a todos los demandados, no vamos a ganar ni como comunidad ni como cooperativa.
¿Tantas pruebas tienes o conoces para poder afirmar, incluso antes de que el juez haya dictado sentencia, que todos vamos a ser condenados?
 
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Placal1
29/06/2007 12:43
ppita dijo:

Entiendo que el hecho de que el juez haya dictado Auto no quiere decir que estemos condenados. A mi entender, los efectos jurídicos de la sentencia interlocutoria en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden ser modificadas sus consecuencias por la sentencia definitiva. ¿ Por qué nos estás condenado con tanta seguridad ya?


......pues para no tener ni idea de derecho como argumentas en otras intervenciones...MENUDA PARRAFADA LEGAL....NO?...
 
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Placal1
29/06/2007 12:41
...eso son las ventajas?...que el juez nos pueda absolver....NO SERIA MEJOR QUE EL JUEZ NO HUBIERA TENIDO POSIBILIDAD DE CONDENARNOS AL NO SE DEMANDADAS LAS COOPERATIVAS.

...PROBABILIDAD DE CONDENA?..MUCHO MAYOR QUE DE ABSOLUCIÓN,..PQ?..PQ SOMOS PROMOTORES Y LOS MAXIMOS RESPONSABLES...Y SI NO NOS CONDENAN COMO COOPEATIVAS (COSA RARA)...NO GANAMOS COMO C. DE PROPIETARIOS...AL FINAL SIMEPRE SALIMOS PERDIDENDO.
 
P
ppita
29/06/2007 12:27
Entiendo que el hecho de que el juez haya dictado Auto no quiere decir que estemos condenados. A mi entender, los efectos jurídicos de la sentencia interlocutoria en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden ser modificadas sus consecuencias por la sentencia definitiva. ¿ Por qué nos estás condenado con tanta seguridad ya?
 
P
Placal1
29/06/2007 10:07
¿ppita, te importaria mencionar que lado positivo hay en el proceso judicial?
********************************************************

Para Near

....ya lo entiendo TODO...,lo que expones es que "ES EL MISMO TEMA LA GESTORA QUE LAS COOPERATIVAS"...y debe ser así y en eso tienes razón, PQ SE HA ACEPTADO LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA POR PARTE DEL ABOGADO QUE DICE QUE NOS DEFIENDE, TANTO A LAS COOÈRATIVAS COMO A LA GESTORA.

Como Cooperativas, al ser PROMOTORES, TENEMOS MAS RESPONSABILIDAD QUE LA GESTORA Y MAS PODER...y podríamos haber exigido Responsabilidades a los DEMANDADOS (FCC, ARQUITECTO, Y GESTORA)...Y DEBERÍAMOS HABER DEMANDADO EN TODO CASO COMO COOPERATIVAS, NO COMO C. PROPIETARIOS...PRIMER Y GRAVE ERROR POR PARTE DE LA DEFENSA

..lo que expones, Near, es el argumento de la ACUSACIÓN A LA GESTORA Y POR EXTENSIÓN A LAS COOPERATIVAS que validadron sus acciones...EN NINGUN CASO VEO UNA SOLA LINEA DE JUSTICICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN POR PARTE DEL ABOGADO DE LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA, en la parcela 37, A LAS COOPERATIVAS QUE SOMOS LOS MISMO QUE LA C. PROPIETARIOS, y menos cuando en la 39 se ha manifestado en contra de esta ampliación de la demanda a las Cooperativas...NO ES COHERENTE ESTA LINEA DE ACTUACIÓN...

ESTA ACEPTACIÓN DE LA REFERIDA AMPLIACION DE LA DEMANDA VA A PONER A LAS COOPERATIVAS DELANTE DEL JUEZ COMO CULPABLES POR NEGLIGENCIA Y MALA GESTION COMO PROPMOTORES QUE SOMOS.

RESULTADO CONDENA SOLIDADIRA JUNTO A TODOS LOS DEMANDADOS (FCC, ARQUITECTO, GESTORA)...AL SER CONDENADOS VAMOS A TENER COMO CONTRAPARTIDA OTRA CONTRADEMANDA POR PARTE DE LOS SEGUROS DE LOS DEMANDADOS REFERIDOS...QUE DIVERTIDO VERDAD!!!!...NOS PODEMOS VER IMPLICADOS EN UNA DEMANDA COMO COOPERATIVAS (PROMOTORES)

...POR LO MENOS...EN ESTE CASO LA DEFENSA VA A SER GRATUITA EN LO QUE RESPECTA A LAS COOPERATIVAS, SEGUN LA ASMABLEA DEL DIA 18, SOLO NOS VA A COSTAR EL PROCURADOR...PERO HABRA QUE IR AHORRANDO PQ ESTO NOS VA A COSTAR MUCHO MUCHO DINERO A TODOS LOS COOPERATIVISTAS...RECORDAD QUE SI GANAMOS COMO C.PROPIETARIOS PERDEMOS COMO COOPERATIVA...Y ESTO IMPLICA DESEMBOLSO DEL BOLSILLO DE CADA UNO DE LOS COOPERATIVISTAS DE LAS DOS PARCELAS.
 
P
ppita
28/06/2007 18:46
OK. SE PUEDE DECIR MÁS ALTO PERO NO MÁS CLARO. Un saludo.
 
N
NEAR
28/06/2007 16:57
Cómo decidir quién es o no apto , Atalaya, nuestros Consejos Rectores y Comisión Liquidadora, los Cooperativistas Particulares con no se sabe bien qué interés en que esto quede en el "baúl de los recuerdos", yo de momento me decanto por Consejos Rectores y Comisión Liquidadora , pues pienso que al ser Cooperativistas mirarán más por nosotros que por la gestora, el arquitecto o la constructora. (Espero por nuestro bien que así sea).
Por otro lado indicas que "ESE ES OTRO TEMA", yo diría que no, ya que si Atalaya es culpable habrá que preguntarse por qué motivo no procedemos contra ella, para mi no es otro tema, es el mismo, responsabilidad por incapacidad en la gestión, es decir incompetencia que ha llevado nuestras ilusiones al desastre de las preocupaciones por cuestiones legales -calificación y licencias- que no nos competen.
Por último una curiosidad, ¿por qué insistes en que está todo perdido, en un paradigma de pesimismo desbordante, o de realismo poco objetivo? Si al final la decisión la toma un tercero, juez, que no conocemos ni sabemos cómo piensa (imagina que le han dado una casa llena de desperfectos el día antes de oírnos).
Yo no voy a opinar sobre la estrategia del Señor que nos representa porque no soy abogado como él, pero me gustaría saber si tu eres un abogado especializado en urbanismo, y así tener un punto de vista realmente objetivo sobre ello.
¿Por cierto a quién habrías propuesto contratar para llevar a cabo la reclamación de desperfectos? Verás tu casa a lo mejor está perfecta, pero la mía es un desastre, y las zonas comunes son de vergüenza...Ah ya, se me olvidaba que habría que hablar con los que cometieron esos desperfectos para llegar a un acuerdo y que nos los arreglen ????, perdona los interrogantes, pero es que esos daños debían estar reparados cuando nos dieron las viviendas con un año y medio de retraso, y si entonces no lo estaban, ¿por qué motivo, si incumplieron un contrato, no van a incumplir un acuerdo, menos obligados ya por la retirada de la demanda?.
Pésima gestión, no sé, no sé, ¿de quién?
 
P
Placal1
27/06/2007 23:06
...es es otro tema...LO PEOR ES QUE SEGUIMOS CONTRATANDO GENTE INEPTA QUE SIGUE PERSEVERANDO EN LOS MISMOS ERRORES QUE CRITICA...Y QUE NOS LLEVA A CIEGAS EN UN BARCO SIN RUMBO Y A LA BANCARROTA CON EL UNICO FIN DE ENGROSAR SU CUENTA DE CLIENTES Y SU PROPIO BENEFICIO ECONOMICO...MALA, PESIMA DEFENSA...DEMANDANTES Y DEMANDADOS...

ESTRATEGIA???????...NO HAY NINGUNA JUSTIFICACION, NI SENTIDO EN NO HABERSE OPUESTO EL ABOGADO DE LA 37, QUE DICE REPRESENTAR LOS INTERESES COMUNES DE TODOS LOS COOPERATIVISTAS, A LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA A LAS COOPERATIVAS, QUE SOMOS LOS MISMOS QUE LE HEMOS CONTRTATADO PARA QUE NOS DEFIENDA COMO C. DE PROPIETARIOS...
 
N
NEAR
27/06/2007 22:35
Cierto eso, de este sin sentido en la gestión de las Cooperativas a mi modo de ver solo tiene la culpa una persona, quien sin saber cómo se hacen las cosas decide gestionar cooperativas, olvidando el más absoluto de los deberes, por lo menos desde el punto de vista del cliente, VELAR POR EL INTERES DE LAS COOPERATIVAS (dineros, licencias, control de la obra...) es decir ¡ATALAYA CULPABLE!, lo malo es que nada podemos hacer, y ahí llevamos nuestra penitencia.-Es mi más humilde opinión-
 
P
Placal1
27/06/2007 19:50
....lo que es seguro es que al DEMANDAR A LAS COOPERATIVAS SE HA ABIERTO SU CONDENA...PQ TB ES CIERTO QUE NINGUN JUEZ VA ABSOLVER DE LOS ERRORES COMETIDOS LAS LAS COOPERATIVAS (LOS PROMOTORES)...YA SEA POR DESCONOCIMIENTO...PQ EL DESCONOCIMIENTO DELA LEY NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO O PÒR NEGLIGENCIA...ES DECIR LA BROMITA ES FINA...PQ VAMOS A TENER QUE PAGAR COMO COOPERATIVA A LA C. DE PROPIETARIOS... AL FINAL VAMOS A TENER QUE DESEMBOLSAR MUCHO DINERO DE NUESTROS BOLSILLOS...PARA QUE AL FINAL EL JUEZ RESUELVA CON UNA CONDENA SOLIDARIA A TODOS LOS RESPONSABLES, FCC, ARQUITECTO, APAREJADOR, SEGUROS , A LAS COOPERATIVAS Y A LA GESTORA.

ESTRATEGIA NINGUNA...PQ PODIAMOS HABER QUEDADO AL MARGEN DE ESTE SIN SENTIDO (COMO cOOPERATIVA)...SI QUIEN NOS DEFIENDE HUEBIERA DEFENDIDO LOS INTERESES DE TODOSSSSSSSSSSSS.

saludos
 
N
NEAR
27/06/2007 18:39
A lo mejor le decimos que las Cooperativas todavía están vivas y han decidido no emprender acciones, de momento, CREO, NO OS FIEIS MUCHO, PERO CREO QUE SEA ASÍ, ningún juez pedirá jamás a nadie, persona física o jurídica, la motivación por la que en lugar de ser actora es llamada a intervenir por la parte demandada, supongo que de momento la acción judicial civil es TOTALMENTE VOLUNTARIA en su ejercicio.
En cuanto a nuestros intereses, supongo que serán los mismos que se han estado defendiendo desde que se constituyeron las Cooperativas, ni más ni menos, pero no me preguntes lo que no sé y que tan solo en base a la buena fe puedo imaginar, no olvides que todos somos cooperativistas que manifestamos nuestra opinión, y que ahora nos defienden unos con el mismo interés y dedicación que antes nos defendieron otros, no intentes juzgar a unos ni a otros. A lo mejor me he equivocado al entenderte, pero yo presumo que quienes se han puesto al frente de este caos (ANTES Y AHORA) merecen el más absoluto de los respetos en cuanto a los intereses que defienden, que yo creo SON LOS INTERESES COMUNES A TODOS LOS COOPERATIVISTAS, no los particulares.
 
T
tiosam
26/06/2007 18:29
NEAR dijo:

Es decir, contestan a la demanda de FCC, no a la principal, y el juez después decidirá, me parece justo, no va a decidir sin oír al interesado, y las cooperativas lo somos, tal como lo ponias parecía que el juez se había pronunciado, y lo único que ha hecho ha sido dar traslado a las cooperativas, para que se manifiesten como interesados que son en dicha solicitud de FCC (así la califica el juez en el auto de 16 de marzo)si están o no conformes con intervenir como demandados, y realicen las alegaciones pertinentes. Una vez recibido el escrito de las Cooperativas contestando a la solicitud, y el de Atalaya, entiendo que el juez se pronunciará sobre si admite o no dicha ampliación.
El que el demandante se oponga o no se oponga no determina el resultado del fallo del juez entiendo yo, pero es una posibilidad que entra dentro del cubo, el que lo admita, pero para entonces las Cooperativas ya tendrán sus intereses a cubierto, espero.


Lo que yo me pregunto Near, al hilo de tu exposición, es ¿Por qué un mismo bufete de abogados, en un juicio impide que se nos incluya como demandados ( no podemos "manifestarnos como interesados" ) y en el otro, en cambio, si permite que nos manifestemos como interesados?
Las cooperativas , en ningun momento, segun mi criterio somos interesados, pues en el caso que lo seamos, tendriamos que haber demandado nosotros s la constructora y no las Comunidades de Vecinos.
¿ Como se le va a poder explicar a un Juez que nosotros, cooperativa ( promotor de la obra) no demandamos a Fomento por incumplimiento de contrato ( en plazos, calidades, importes etc ) y en cambio como Comunidad de vecinos, demandamos a la constructora del piso y no a la promotora?

Po otra parte:
¿Cuales son los intereses que tendran a cubierto las cooperativas, segun tu, para cuando el juez decida incluirnos o no en la demanda?
 
P
ppita
26/06/2007 11:54
lautas dijo:

PPita, lo de ....lista!!!! lo dices por tí?


No es listo el calificativo que yo me aplicaría sino no muy tonto. Un saludo.
 
L
lautas
26/06/2007 11:34
PPita, lo de ....lista!!!! lo dices por tí?
 
P
ppita
25/06/2007 16:07
Hola,

Gracias por los cumplidos.
Ahora, voy a hacerme la víctima: culpable por haber seguido desde el principio este absurdo e imprudente intercambio en el que se ha tratado de dividir a la gente. Menos mal que estamos rodeados de gente lista!!!!!
 
R
Rob Roy I
25/06/2007 14:31
... qué pasa?

Lo que dice Placal1 será más o menos acertado, pero dice algo, yo desde que vengo leyendote no dices nada a parte de decir a los demás que no dicen nada.

Si sabes algo que desconozcamos ponlo de manifiesto y se capaz de callar a quien dices que no dicen nada.

De todas las formas esto ocurre por el oscurantismo y falta de información con la que se están tratando las cosas por parte de la Comunidad, Junta Gestora etc.

Saludos
 
R
Rob Roy I
25/06/2007 14:05
Para Ppita

Me gustaría explicases, tu que te has dado cuenta de lo que pasa, ¿qué es lo
 
P
ppita
25/06/2007 11:57
Hola,

Puede que sí o puede que no.Si no tienes otra cosa que argumentar y fueras un poco lista, te darías cuenta de lo que está pasando. Un saludo
 
P
Placal1
25/06/2007 11:29
ppita dijo:

Hola,

por lo que se lee, vamos mejorando ¿no?


...osea que eres del Comisión Liquidadora...
 
P
ppita
25/06/2007 10:41
Hola,

El único disfraz que hay(como se puede ver leyendo tus mensajes)es el que tú has puesto a una serie de informaciones de las que disponías y has manejado con absoluta falta de rigor persiguiendo no se sabe muy bien qué fines.
 
P
Placal1
25/06/2007 09:22
...DISFRAZALO COMO QUIRAS...EL CASO ES QUE SOLO HAY UNA DEMANDA QUE SE HA AMPLIADO A INSTANCIAS DE FCC, NO DOS DEMANDAS...Y QUE EL ABOGADO DEBERIA HABERSE OPUESTO A LA AMPLIACION DE LA DEMANDA COMO SE HIZO EN LA PARCELA 39 PARA EVITAR QUE TENGAMOS QUE PAGAR POR SER DEMANDANTES Y DEMANDADOS...Y ESO ES LO QUE HAY LO LLAMES COMO LO LLAMES.
 
N
NEAR
25/06/2007 00:08
Es decir, contestan a la demanda de FCC, no a la principal, y el juez después decidirá, me parece justo, no va a decidir sin oír al interesado, y las cooperativas lo somos, tal como lo ponias parecía que el juez se había pronunciado, y lo único que ha hecho ha sido dar traslado a las cooperativas, para que se manifiesten como interesados que son en dicha solicitud de FCC (así la califica el juez en el auto de 16 de marzo)si están o no conformes con intervenir como demandados, y realicen las alegaciones pertinentes. Una vez recibido el escrito de las Cooperativas contestando a la solicitud, y el de Atalaya, entiendo que el juez se pronunciará sobre si admite o no dicha ampliación.
El que el demandante se oponga o no se oponga no determina el resultado del fallo del juez entiendo yo, pero es una posibilidad que entra dentro del cubo, el que lo admita, pero para entonces las Cooperativas ya tendrán sus intereses a cubierto, espero.
 
P
Placal1
24/06/2007 21:54
a quien te refieres como "nosotros"?....evidentemente la culpa no la tiene las copperativas...solo que el abogado de la 37.3 no se ha opesto ala ampliación de la demanda a las cooperativas.
Fecha Cedula de Emplazamiento a las Cooperativas: 8 de mayo de 2007.
Objeto del Emplazamiento: contestar a la Demanda a instancia de FCC.
Auto: 16 de marzo de 2007, parrafo segundo: De dichas solicitud(ampliación de la demanda a las Cooperativas) se ha dado trasldo a la parte demandante (La C. Propietarios, representada "magistralmente" por D. Jesús Molina), la caul ha contestado que no se opno a la citada llamada al procedimiento (como Demandada).

CULPA..LA NO OPOSICON DEL ABOGADO A METERNOS EN UN JUICIO SIN SENTIDO...NO ES NECESARIO QUE SE NOS DEMANDE PARA DECLARAR A FAVOR DE LAS COOPERATIVAS...PQ SI SOMOS DEMANDADOS...TB PODEMOS SER CONDENADOS...ES UNA PROBABILIDAD MUY ALTA AL SER PROMOTORES...LO NORMAL ES QUE NO SE HUBIERA ADMITIDO A TRAMITE ESTA AMPLIACION COMO SE HA REALIZADO CON LA PARCELA 39....LO BUENO QUE SEGUN PALABRAS DE LA PRESIDENTA NO VA A COBRAR POR DEFENDERNOS PQ ES UNA ESTRATEGIA...(PERO SI GANA LA C.PROPIETARIOS, PERDEMOS COMO COOPERATIVA...ASI QUE NOS TOCA PERDER DE CUALQUIER FORMA....NO PODEMOS GANAR EN LOS DOS BANDOS)

 
N
NEAR
24/06/2007 19:19
Sigo sin saber la fecha en que se ha admitido a las cooperativas como demandadas, y sigo sin ver que culpa tenemos nosotros de que fomento quiera demandarnos para echar sobre nosotros el barro de sus errores
 
P
Placal1
23/06/2007 18:35
supongo que te referiras a que se ha dado traslado a las Cooperativas de la Demanda, es decir que se les ha comunicado que estan demandadas, y como consecuencia se les puede declarar como culpables junto a los demás demandados, FCC, el arquitecto,la aperajadora, los seguros, y la Gestora.

Ahora tienen que contestar a la demanda Las Cooperativas, segun se comentó en la Asamblea del dia 18, y personarse con abogado y procurador, abogado que es el mismo que no se ha opuesto a que se amplie la demanda en la parcela 37 a las Cooperativas, que somos los mismos que las C.de Propietarios,a nivel de personas individules evidentemente, no como entidades jurídicas, ESTRATEGIA QUE SI DISCUTO PQ SE PUEDE LLAMARA DECLARA A LAS COOPERATIVAS SIN NECESIDAD DE IMPLICARLAS EN EL PROCESO JUDICIAL, ESTO SIGNIFICA AL MENOS COSTES DE PROCURAR Y COSTAS, ES DECIR PAGAR MAS, CUANDO NO HAY NECESIDAD DE SER DEMANDADOS EN ESTE PROCESO....aunque se ha comentado que VA A DEFENDERNOS EL MISMO ABOGADO QUE HA ADMITIDO QUE SE AMPLIE LA DEMANDA..PERO LA UNICA PARTE BUENA ES QUE NO NOS VA A COBRAR...YA QUE ES SU ESTRATEGIA...LA UNICA PARTE BUENA DE ESTE EMBOLAO.
 
N
NEAR
23/06/2007 10:37
Tienes razón pagar para que se nos demande es una locura que nadie por lo que han dicho ha hecho, es decir nosotros hemos pagado para que demanden a FCC y al Arquitecto, pero como C de Propietarios, no como Cooperativas, que estas no se yo muy bien por que motivo no lo hicieron en su día, por tanto como te decía no hemos pagado por demandarnos.
Es FCC si no he entendido mal (que por lo que me dices antes quizá si) quien en lugar de contestar a la demanda envia un escrito al juzgado diciendo que quiere que se amplíe la demanda a las cooperativas, y a la Gestora de ellas Atalaya, en la parcela 39 se han opuesto, mediante un escrito pero el juez aún no se ha pronunciado sobre ello, es lo que he entendido, si lo ha hecho te agradecería me dijeses cuando (para pedir alguna aclaración).
En el caso de la parcela 37 no se ha pronunciado tampoco, ha dado traslado a las cooperativas para que contesten a esa petición, a la que no se ha opuesto la 37, imagino que es cuestión de estrategia que yo no voy a discutir al profesional (como tampoco discutí a Juan cuando era Arquitecto responsable de la ejecución de la obra), y una vez que las cooperativas contesten veremos lo que dice el Juez.
Como ves Placal1 vamos profundizando en los temas mareando la perdiz unos y otros, a mi me han dicho, yo he oido, me susurran... yo no tengo datos ni fechas, por lo que si tu las tienes, exponlas, tal día se presentó la demanda, tal se contestó a la demanda por tal parte, tal se pidió la ampliación, tal se opusieron o no, tal se dio traslado, tal se contestó, o se declaró en rebeldía o se admitió la ampliación o no se admitió la ampliación, porque si nos están ocultando datos es importante que cuando se pidan explicaciones tengamos esta información creo, para poder rebatirles, AUNQUE NO CREO QUE ESTÉN MINTIENDO, SIMPLEMENTE OPINO QUE ALGUIEN MANIPULA LA INFORMACIÓN A SU CONVENIENCIA Y NO SON LAS COMUNIDADES NI LAS COMISIONES LIQUIDADORAS, y si lo son dame las fechas que yo preguntaré para confirmar.

Nuevamente me he extendido mucho, disculpad, al fin y al cabo es solo una opinión.
 
P
ppita
22/06/2007 15:19
Hola,

por lo que se lee, vamos mejorando ¿no?
 

Fin del hilo
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