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S
shamy
17/02/2008 19:12

Duda sobre herencia

¿Heredar una vivienda afecta a los requisitos para escriturar una vivienda de protección?

1.181 lecturas | 5 respuestas
Mi mujer y yo nos metimos en la cooperativa allá por el 2003.
Es posible que yo herede una vivienda en Madrid, espero que dentro de muchos años pero, mi pregunta es:

En el caso de que yo herede el piso, ¿Afectaría a que pudiéramos cumplir los requisitos en el momento de escriturar la vivienda de protección?

Si alguien me pudiera aclarar la duda se lo agradecería,
Muchas gracias.
Un saludo
 
C
CAMERON
20/02/2008 15:49
Buenas de nuevo Shamy:

Segun tengo yo entendido ( que me corrija cualquier otro forero si estoy equivocado ),la propiedad de vivienda esta referida a la unidad familiar ,o sea en tu caso ninguno de los dos conyuges puede tener una vivienda en propiedad ,la separacion de bienes segun me he podido informar no valdria para nada.Como te he comentado esta es la informacion que he podido obtener yo consultando a varias fuentes,no obstante si alguien mas puede aportar algun dato al respecto seguro que te ayuda a aclarar tus dudas.

Saludos
 
S
shamy
20/02/2008 14:17
Muchas gracias pero lo que sucede, es que nosotros estamos casados y no se si eso influiría, ya que no tenemos separación de bienes.
 
C
CAMERON
18/02/2008 16:57
Buenas shamy

Yo me encontraba en una situacion similar a la tuya y lo del tema del 40% del valor ha cambiado y ahora no se permite tener ningun piso en la misma CAM a nombre del cooperativista ( que me corrija alguien si estoy equivocado ).En mi caso tuve que salirme yo de la cooperativa y quedarse mi pareja como cooperativista,una vez entregada la vivienda no hay ningun tipo de restriccion.

Saludos
 
rosabop
rosabop
18/02/2008 14:56
Hola Shamy:

En nuestro caso es algo parecido. Apuntados en la cooperativa Puerta de Vicálvaro desde 2000 por entonces mi mujer y yo no teníamos nada pero dá la casualidad que al poco yo tuve que arreglar un asunto en el notario con respecto al piso en el que vivía con mis padres y mis hermanos antes de que éstos se separaran.

Resulta que mi padre accedió a realizar en primer lugar una cesión de su firma con poder notarial para firmar yo en su nombre todos los documentos legales ya que él se había ido a vivir a la República Dominicana y no quería saber nada del piso. Y en segundo lugar realizo una donación en su nombre para mí y mis 2 hermanos de su parte del piso.

Actualmente este piso está alquilado pero los dueños somos mis hermanos mi madre y yo. Si por lo que fuera estos inquilinos finalmente lo compran ya que tienen bastante interés, la verdad es que no sé como nos afectaría a nosotros pero es un aumento de capital y no sé si nos pondrían problemas con el tema de la renta, ya que se supone que deberían de tomar como referencia la situación del año en que te apuntas.

Y en cuanto a la titularidad de piso, hace tiempo pregunté esto y en mi caso un abogado amigo me dijo por entonces que yo tenía una pequeña parte y que eso no influía a la hora de optar a vivienda de protección.

Un saludo a todos y mucho ánimo.
 
P
PELISPELITOS
17/02/2008 22:17
Me parece que puedes tener un piso a tu nombre siempre y cuando el precio no supere el 40% del total de la vivienda de proteccion en la que hayas metido.
En el plan de vivienda de la comunidad de madrid,que creo que enviaban a todos los socios de las diferentes cooperativas te lo esplica.
Yo lo tengo pero no me lo he leido mucho.Si no pon el piso de la cooperativa a nombre de tu mujer que seria otra solucion,algo arriesgada,pero bueno.
 

Fin del hilo
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