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elmensajero
elmensajero
31/03/2008 09:05

Viviendas sentenciadas. Diario ADN

¿Cuáles son las consecuencias de las viviendas sentenciadas en Madrid?

4.799 lecturas | 18 respuestas
http://www.vecinosdelsureste.com/modules.php?name=Web_Links&l_op=viewlink&cid=1&orderby=dateD

http://www.adn.es/local/madrid/20080331/NWS-0255-Viviendas-sentenciadas.html

 
R
RomeroMaica
14/04/2008 09:42
¡Hola Mano¡
Voy a esperar a ver lo que me dicen los abogados para contestarte con más fundamento.
Un saludo,
 
El Mano
El Mano
12/04/2008 00:16
RomeroMaica, sigues insistiendo en la misma tecla cuando las cosas no están para nada claras. Recuerdo la historia de la sentencia:

1- El Ayuntamiento aprueba un Plan General en 1997 donde permite la urbanización de areas protegidas.
2- Un grupo de ciudadanos denuncia al Ayuntamiento por esa reclasificación del suelo.
3- Despues de varios recursos eñ TS les da razón y considera injustificado esa reclasificación.
4- El Consistorio recurrió a modificar la memoria del actual Plan General para argumentar el cambio de uso ´protegido´ a ´residencial´ y tuvo el visto bueno en la Comunidad de Madrid que luego lo remitió al Supremo.

El Supremo ahora tiene que decidir sobre esos argumentos del Ayuntamiento. Desconozco que es lo que tiene que decidir y no sé que pasará si desestima esos argumentos y no los considera válidos.

Y tu sigues diciendo que no pasa nada y que la sentencia solo es declarativa. Y te vuelvo a decir:

1- Las irregularidades no se pueden mantener eternamente.
2- Si la Comunidad de Madrid ha remitido el cambio al Supremo por algo sería.
3- Esta sentencia solo es declarativa pero grupos ecologistas ya han puesto más denuncias. Nadie asegura que el Supremo dicte más sentencias declarativas o ejecutorias.

Ya quisiera yo que me gustaria estar tan optimista y tan convencido de que esto no es nada como lo estás tu, pero no veo razones para ello. El tiempo dirá si mis razones tenian fundamento o no. Y me trae sin cuidado que pongas mis palabras en cuarentena.
 
R
RomeroMaica
10/04/2008 09:57
¡Hola a todos¡
Me extraña mucho de que tú, "Mano" ,a estas alturas, hagas caso a los comentarios de "lógico sin acento".
Pues,"lógico sin acento" sigue "erre que erre" con sus favores altruistas, o su manía obsesiva o persecutoria, dirigidos hacia Los Ahijones. No es por nada, pero por simple curiosidad, me gustaría que alguna vez, a sus comentarios altruistas e imparciales, aportara algún fundamento jurídico o la fuente de donde extrae sus informaciones.

Por tu parte, también sigues insistiendo en que el Tribunal Supremo tiene que decidir si los documentos aportados por el Ayuntamiento son suficientes o no, dejando de lado y olvidándote de que existe un Auto del TSJ de Madrid, de 31 enero 2008, que afirma que tanto la sentencia del TSJ 2003 como la sentencia del TS 2007 son DECLARATIVAS .

Por lo tanto, las palabras de "lógico sin acento" sin comentarios y tus afirmaciones las pongo "en cuarentena".

Un saludo,
 
El Mano
El Mano
09/04/2008 22:40
Madre mia, afecta a 22% de nuestros terrenos.

No sé RomeroMaica, no lo veo tan sencillo:

1- El Ayuntamiento aprueba un Plan General en 1997 donde autoriza la recalificación de terrenos protegidos en urbanizables.
2- El tribunal entiende que no hay justificación para esa recalificación.
3- El Ayuntamiento presenta documentación para justificar esa recalificación.

Ahora el tribunal tiene que decidir si con esos documentos hay o no justificación para esa recalificación. ¿Qué pasa si apesar de todo el tribunal sigue considerando injustificada esa recalificación? ¿Aquí paz y luego gloria? Lo siento pero no me lo creo. Si esa justificación no aparece alguna consecuencia habrá. No sé cuales, pero algo habrá, si no no habría razón para tanto revuelo.

Es así de simple, el tribunal declaró esos terrenos como no urbanizables. No sé que pasará si no acepta las razones del Ayuntamiento.
 
L
logico
08/04/2008 11:54
Comprobando las superficies afectadas por la sentencia del TS 3.07.07, que Los Ahijones es de 1.249.211 m2 (el 22,45% sobre el ambito), y en el caso de que este asunto siguiera adelante , porque el Ayuntamiento no resolviera la situacion, se podria dar el caso de que dejaran de construirse algo asi como unas DOS MIL VIVIENDAS.

Deduzco esta cantidad, por la siguiente operacion aproximada :
Superficie afectada.............. 1.249.211 m2
Edificabilidad media 0,35........ 437.224 m2
50% aprox. para viviendas........ 218.612 m2
218.612 : 100 m2/vivienda........ 2.186 viviendas menos

Aunque peor lo podria tener Valdebebas, enre otros, ya que al parecer la superficie afectada es de 9.258.178 m2, (un 79,96% sobre el ambito), con lo cual el numero de viviendas que no se podrian construir, seria de infarto.

En mayor o menor medida tambien resultarian afectados los Paus de La Dehesa, Atalayuela, Los Cerros, Los Berrocales, Valdecarros, etc.

Pero en fin, como dijo aquel, a grandes problemas, grandes soluciones, y que se supone que entrara la cordura por algun lado y se resuelva este asunto, que en este momento y al dia de hoy, esta bastante complicado.

Buenos dias
 
R
RomeroMaica
07/04/2008 12:21
¡Hola a todos¡

"Mano" ha dicho:
"RomeroMaica tu misma lo has dicho: "Absoluta ausencia de justificación de la pérdida de los valores que en su día justificaron la clasificación". Por eso digo que la recalificación fue ILEGAL. Han recalificado unos terrenos que tenian valor ambiental y agrícola sin justificarlo y eso, como muy bien ha decidido el tribunal es ILEGAL."

Mano a mi no me molesta que digas ILEGAL, pero hay que saber distinguir entre ILEGAL Y FALTA DE JUSTIFICACIÓN.
-ILEGAL significa que va en contra de lo LEGAL y, por tanto, no se puede justificar con nada
-JUSTIFICACIÓN significa que el Plan General se puede modificar y que los terrenos se pueden reclasificar porque ello se regula y lo permite la ley, por lo tanto, si la ley prohibiera la modificación ésta sería ilegal, pero como la ley permite la modificación ésta es legal si se justifica.
En la sentencia se reitera hasta la saciedad QUE NO SE HA JUSTIFICADO LA RECLASIFICACIÓN pero no que LA MODIFICACIÓN O RECLASIFICACIÓN DEL SUELO llevada a cabo por el Ayuntamiento SEA ILEGAL. Por lo tanto, la falta de justificación es un defecto de forma (falta de documentos) pero no una ILEGALIDAD .

Asimismo, en el Auto de Paralización de Los Ahijones no se dice que sea ILEGAL la reclasificación, sino que el Ayuntamineto tiene que JUSTIFICAR LA DESCLASIFICACIÓN DE EL ESPARRAGAL.

"Mano" ha dicho:
".....el Tribunal ha declarado que la sentencia afecta a Los Ahijones (además es curioso que se centre en Los Ahijones cuando hay terrenos en muchas otras zonas) así que entiendo algo en Los Ahijones sí que hay"

"La sentencia del TS 2007 no se centra en Los Ahijones, como tú afirmas, habla de todos los terrenos demandados (28 ámbitos).

"Mano" ha dicho:
"No sé con exactitud que terrenos estaban protegidos y fueron recalificados sin justificación"

Me doy cuenta de que si siquiera te has leído la primera página de la sentencia del TS 2007, en el cuarto pàrrafo de los Antecedentes de Hecho PRIMERO, en los que se enumeran los ámbitos demandados, se dice literalmente:

2.-Terrenos de SNU-PA "Esparragal" colindantes con la Zona Industrial de Vicálvaro, que en el NPG ha incluido en el UZP 2/03 "Desarrollo del Este-Los Ahijones".

Un saludo,

 
C
CAMERON
05/04/2008 12:29
Buenos dias:

Al respecto de lo que indica El Mano ( y que conste que no es mi intencion ir en contra de nadie sino tratar de ser constructivo , siendo tambien cierto que no podemos pretender que todo se pinte de color rosa y hacer como si no pasara nada ),dado que parece ser que la Zona del Esparragal esta situada en una "futura" zona de uso industrial ,lo "peor" ( pongo comillas porque efectivamente tambien comporta gravedad ) que podia pasar es que en esa zona no se pudieran construir "fabricas","naves industriales"....(¿es correcto?) ,y por tanto el precio de la vivienda subiera debido a que tendriamos que compensar esa perdida ( ten en cuenta que esas perdidas se distribuirian entre todos los propietarios de terreno bruto )...en ningun momento se va a derribar ninguna vivienda con gente viviendo dentro¡y creo que esto es importante dejarlo claro porque al final la gente se monta la pelicula y nos vemos todos como en el barco de Chanquete.

En cuanto a las declaraciones del juez,pues las he revisado varias veces y sigo sin ver donde se refiere a la sentencia del 97 o a los terrenos de los Ahijones...este juez esta dando una charla sobre las "burradas" que a nivel urbanistico se han venido llevando a cabo en España ( sobre todo en la costa e incluso en el Levante todavia hay verdaderas aberraciones de hoteles y urbanizaciones "sin habitar" que no han sido derribadas ) pero no focaliza en ningun desarrollo del Sureste ( creo recordar que solo menciona la operacion Campamento ).

Respecto al valor ambiental de la zona...te invito a que te des un paseo y veras que no hay ni un misero arbol donde cobijarse ,asi que personalmente creo que lo que pudiera haber existido de valor ecologico desaparecio hace años ( de nuevo reitero mi mas absoluta ignoracia en temas ecologicos o botanicos asi que me perdone si algun experto lee esto ).

Resumiendo ,pese a que yo como El Mano soy de los que les gusta tener todo "atado" y bien "atado" y no enterrar la cabeza en la arena como las avestruces...creo sinceramente que en este caso este asunto no es la mayor de nuestras preocupaciones ( a mi personalmente me preocupas mas el tiempo que todavia les queda para acabar y el como me lo voy a montar para poder tener hijos con mi novia antes de que me den el piso ).

Saludos y disculpas si he ofendido a alguien
 
El Mano
El Mano
04/04/2008 23:06
RomeroMaica tu misma lo has dicho: "Absoluta ausencia de justificación de la pérdida de los valores que en su día justificaron la clasificación". Por eso digo que la recalificación fue ILEGAL. Han recalificado unos terrenos que tenian valor ambiental y agrícola sin justificarlo y eso, como muy bien ha decidido el tribunal es ILEGAL.

No sé con exactitud que terrenos estaban protegidos y fueron recalificados sin justificación (de ahora en delante voy a poner recalificados sin justificación en ve de recalificados ilegalmente, que parece que la palabra ilegal os molesta) pero se que el Tribunal ha declarado que la sentencia afecta a Los Ahijones (además es curioso que se centre en Los Ahijones cuando hay terrenos en muchas otras zonas) así que entiendo algo en Los Ahijones sí que hay.

Y estáis totalmente seguros de que "si había algo de valor ambiental, hace años que se lo han cargado"? A lo mejor teneís razón y resulta que los documentos aprobados por la Comunidad Autonoma son suficientes para justificar esa recalificación, pero eso lo tendrá que decir el Tribunal Supremo. Además, habéis oído bien las declaraciones del juez que han colgado en youtube? Dice claramente que habiendo recalificado los terrenos ilegalmente (o sin justificación) puede que un día más tarde se declararen las construcciones ilegales. Y lo dice un juez del Tribunal Supremo, nada menos. Puede que esta sentencia no lo diga explícitamente (tampoco me la he leído entera) pero tampoco cierra esa posibilidad. Esta sentencia no lo dice pero puede que lo diga otra un día más tarde ya con los pisos construídos. Quién garantiza que no sea así?

Y por ultimo, aunque la recalificación afectase solo a suelo industrial, nuestras cooperativas a dia de hoy solo tienen suelo bruto, con lo que eso nos afectaria también. De hecho, en mi cooperativa se aprobó el año pasado la venta de suelo industrial para pagar parte de la urbanización. Si es suelo se reduce tendremos que sacar la pasta de alguna parte.
 
R
RomeroMaica
04/04/2008 12:14
¡Hola a todos¡

"Mano" ha dicho:
El tribunal ha declarado que esa recalificación fue ilegal y que allí no se puede construir NADA.

He mirado la sentencia del Tribunal Supremo por encima, ya que es un "tocho" insufrible, pero yo no veo por ninguna parte lo que tú afirmas, sino que lo que se dice y se reitera hasta la saciedad, en todos los fundamentos de derecho, es que, citando literalmente algunas frases,:

- Absoluta ausencia de justificación de la pérdida de los valores que en su día justificaron la clasificación
- La decisión y modificación de la clasificación de estos suelos es posible , pero exige acreditar que han desaparecido aquellas condiciones y características que dieron lugar, en su día, a la clasificación de "especialmente protegido" de un determinado suelo.
- Mientras no se acredite que se han perdido los valores "agrícolas", "forestales´", "ambientales", o, "de otro tipo" que justificaron la adscripción original el cambio no es posible .
- Estas modificaciones no han resultado acreditadas en este recurso.

Como dice "maria-Lasmedulas" y "CAMERON"
LA ZONA PROTEGIDA DENTRO DE LOS AHIJONES Y AFECTADA EN LA SENTENCIA: es "EL ESPARRAGAL" SITUADA ENTRE LAS CONEXIONES DE LA M-45 CON LA RADIAL-3
Si había algo de valor ambiental, hace años ,se lo han cargado......

"Mano" ha dicho:
Eso no significa que todos los pisos de Los Ahijones sean ilegales. Solo serán ilegales los pisos que se construyan en esos terrenos que eran reserva ecológica (que son una pequeña parte del desarrollo).

Pues, creo, humildemente, y a la vista de los planos aportados por CAMERON, que te equivocas, pues, en el segundo plano, la zona de El Esparragal está coloreada con el color rosa, al margen, y como muy bien apunta CAMERON, se indica que el color rosa es zona industrial, por lo tanto, serán ilegales las industrias que construyan en esa zona pero no los pisos.

"Mano" ha dicho:
¿Alguien piensa que un país desarrollado el tribunal declara una sentencia y se le puede hacer caso omiso como si nada? ¿Entonces para que dictó la dichosa sentencia?

Las sentencias a las que te refieres son las condenatorias que requieren llevar a cabo su ejecución y tienen un plazo de prescripción, pero no las declarativas, éstas lo único que se limitan, como muy bien se denominan, es a declarar una situación.

En resumen, la sentencia del TS 2007 y la sentencia del TSJM 2003 lo único que han hecho es declarar que no se ha justificado la pérdida de valores de los suelos clasificados, pero ello no significa que el cambio no sea posible , en ningún fundamento de la sentencia se dice que la clasificación sea ilegal y no se pueda construir nada. Por lo tanto, por un lado, es viable la modificación del Plan General que ha llevado a cabo el Ayuntamiento y asi lo declara el Auto TSJM, 31 enero, sin perjuicio de que se recurra, y, por otro lado, si alguien recurre la modificación y en el futuro se declara ilegal la clasificación del suelo no nos afectaría, pues, son usos industriales y, además, reiterando lo dicho por "maria_lasmedulas", "si había algo de valor ambiental, hace años que se lo han cargado".


Un saludo, y perdón por el tocho que parece tan insufrible como el del TS.

P.D.: De cualquier modo, es conveniente no olvidar que tenemos un seguro que nos garantiza la devolución del dinero más los intereses vigentes, si la construcción no llega a su fin o no nos entregan la cédula de habitabilidad.
 
C
CAMERON
03/04/2008 09:02
Lo que comenta El Mano me hace reafirmarme mas en mi opinion,la zona de Los Ahijones afectada por la sentencia es la del Esparragal ,zona colindante con el poligono industrial de Vicalvaro que si no me equivoco esta dentro del cinturon de la M45 ( http://es.wikipedia.org/wiki/Coslada ) y que por logica no deberia afectar una franja de terreno importante del desarrollo de los Ahijones ( que alguien me corrija si estoy equivocado ) .

Por lo que he podido ver en diversos mapas y documentacion ,pienso que la zona conocida como El Esparragal podria estar ubicada al norte de el Poligono de Vicalvaro,he creado un mapa en Google Maps ( http://maps.google.com/maps/ms?ie=UTF8&hl=es&msa=0&ll=40.39866,-3.553562&spn=0.031963,0.079823&t=h&z=14&msid=116923442956554463681.000449f22b151b418f527) donde he señalado en color gris una de las posibles ubicaciones de El Esparragal ( señalando con una flecha El Camino del Esparragal ) y la otra posible zona en color amarillo.Como se puede ver ,en el primer caso la primera posible ubicacion no afecta a los Ahijones y en el segundo caso se trata de una zona que pese a que esta incluida en el desarrollo de Ahijones (
http://imagenes.miparcela.com/users_v/52646070072551535170527068514570/52556070072553516568495350524565-122-AHIJONES.jpg
) ocupa una pequeña ( relativamente ) parte del mismo y en la que por lo que he podido ver no se esta trabajando actualmente y que ( si no me equivoco ) segun el Plan Parcial (
http://www.madridiario.es/mdo/actual/canales/distritos/archivo/vicalvaro/recursos/plano_ahijones_grande.jpg
) esta destinada a uso industrial.

Si alguien puede aportar mas informacion al respecto seria agradecida para tratar de evitar posibles desinformaciones que no nos conducen a ningun lado y sobre todo para de una vez dejar claro hasta que punto este tema nos puede afectar en el futuro.

Saludos

Pd:perdon por la chapa y mi posible ignorancia al respecto de estos temas urbanisticos ( se trata de opiniones personales sin fundamentos tecnicos )
 
El Mano
El Mano
03/04/2008 01:03
A ver, esto es solo una opinión mia.

Había unos terrenos declarados como reserva ecologica donde no se podia construir. El Ayuntamiento y al Comunidad de Madrid han hecho caso omiso de ese hecho y han aprobado la recalificación de esos terrenos ilegalmente.

El tribunal ha declarado que esa recalificación fue ilegal y que allí no se puede construir NADA. Y uno de los jueces ha declarado que todo lo que se construya en esos terrenos es ILEGAL y puede que un día sea TIRADO ABAJO.

Eso no significa que todos los pisos de Los Ahijones sean ilegales. Solo serán ilegales los pisos que se construyan en esos terrenos que eran reserva ecológica (que son una pequeña parte del desarrollo).

Si alguna vez procediesen a la demolición de los 10.000 pisos seguramente se montaría una revolución, pero si al final tiran 2 o 3 docenas no pasará nada y los que han pagado esos pisos con el sudor de su frente lo unico que podrán hacer es quejarse y demandar al ayuntamiento.

¿Alguien piensa que un país desarrollado el tribunal declara una sentencia y se le puede hacer caso omiso como si nada? ¿Entonces para que dictó la dichosa sentencia?
 
R
RomeroMaica
02/04/2008 10:00
¡Hola a todos¡
No es con ánimo de contradecir, pero yo opino igual que CAMERON, esto es, que las declaraciones son generalidades aplicables a cualquier desarrollo urbanístico y en realidad van dirigidos a los pelotazos urbanísticos de la costa española.

De cualquier modo, la conferencia tiene fecha de 18 de octubre y el Auto del TSJ tiene fecha de 31 de enero. Por lo tanto, y como dice el acervo cultural español:

"LAS PALABRAS SE LAS LLEVA EL VIENTO"
"DONDE DIJE DIGO, DIGO DIEGO"


o, lo que es lo mismo, lo que tiene valor e importancia son los hechos y los documentos escritos y firmados.

Un saludo,
 
elmensajero
elmensajero
02/04/2008 08:57
Estoy de acuerdo puregarage242 ¿Que pasa con las viviedas ilegales que hay en la cañada real? Lo que harán es realojarlos en viviendas públicas. Por que claro si se tira sin más, ¡vaya injusticia! ¡y ahora donde van a ir!
Y a nosotros que nos den por el c......
 
P
puregarage242
01/04/2008 23:44
Que asqueroso, que coño tiene o tenia de medioambiental los ahijones,una carretera, 2 gasolineras, el metro, el ave, la m50, m45.Seguro que donde el vive tendrian que tirar mas arboles para hacer su casa chalet o lo que tenga, porque no creo que viva en vallecas.

Si tienen que tirar algo es la cañada real pero no pueden ni los jueces,eso si se les llamaria de racistas,inhumanos etc.. Pero a los curritos que no podemos pagarnos pisos de 100 millones que nos den por el puto culo.
 
C
CAMERON
01/04/2008 16:09
¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿????????????las declaraciones de este magistrado son generalidades y por tanto aplicables a cualquier desarrollo urbano tanto en Madrid como en cualquier CCAA ,lo que cuenta no es nada nuevo ( y por supuesto conforme a la legalidad ) en mi opinion esta mas relacionado con los pelotazos inmobiliarios de la costa española.

Personalmente sigo siendo "relativamente" optimista porque de verdad ¿esta zonas tienen realmente algun valor ecologico( nada comparable con las barbaridades del Levante y Telde )?¿alguien piensa que un juez va a ser capaz de derribar viviendas con gente dentro? y lo mas importante la sentencia afecta a tantos desarrollos ( Valdebebas,Barajas,Berrocales,Ahijones...) que en mi opinion hace inviable una actuacion de este tipo ¿de verdad que va a haber algun juez que para ahora todo lo que hay ya realizado en Valdebebas o Barajas?.

Por supuesto no dispongo de conocimientos legales tan amplios como para sustentar mi opinion pero creo que el sentido comun ( o ignorancia diran algunos ) me hace ser mas proclive a pensar que estos desarrollos seguiran adelante.

Saludos

Saludos
 
S
SufriendoOfigevi
01/04/2008 11:31
A mi me sigue valiendo lo que dice este señor que es el que dicta las sentencias y que reitera que ejecutar las demoliciones de las viviendas es solo cuestión de tiempo. Mirarlo.

http://www.youtube.com/watch?v=fFtCDguoXxo

No miremos hacia otro lado que nos va a tocar pagar las consecuencias.
Y lo que está haciendo el ayuntamiento es desacatar la orden del Tribunal Supremo, que no es moco de pavo.
Las gestoras mandan unas cartas con lo que dicen en el pleno ¿Por qué no nos manda los autos de sentencia del Tribunal Supremo? Esto no lo hacen porque nos siguen mintiendo y engañando. Las sentencias las tenéis en las descargas de www.vecinosdelsureste.com
 
R
RomeroMaica
01/04/2008 10:28
¡Hola a todos¡

Esta información está mal en lo referente al Auto del TSJ de Madrid, de 31 de enero, sobre la ejecución de las sentencias del TS y del TSJM.

Insisto, que en el Auto no se dice en ninguna parte que el Ayuntamiento no haya ejecutado, o que tengan que ejecutar la sentencia, del Tribunal Supremo de 2007 y la sentencia del TSJ de 2003. Y reitero que en el referido auto lo que se dice es que dichas sentencias son declarativas y no necesitan ejecución, lo único que tiene que hacer la Administración es publicarlas en el BOCM.

En el fundamento de derecho QUINTO, párrafo segundo de la página siete, se dice literalmente:
".....en el presente caso no cabe más actuación que la de llevar a efecto la publicación del fallo de las sentencias en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, conforme a lo previsto en el artículo 107.2 de la Ley Jurisdiccional............las sentencias son meramente declarativas y meramente constitutivas, en principio, no son susceptibles de ejecución ..."

Un saludo,
 
elmensajero
elmensajero
01/04/2008 09:43
En formato de descarga ; "Viviendas sentenciadas"

http://www.vecinosdelsureste.com/modules.php?name=Downloads&d_op=viewdownload&cid=5&orderby=dateD

 

Fin del hilo
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