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E
estelas
20/03/2009 15:24

intereses de demora pasados 18 meses de las bajas?

1.358 lecturas | 3 respuestas
Alguien sabe cómo se calculan los intereses de demora cuando se superan los 18 meses de espera para que nos devuelvan el dinero a las personas que hemos dado la baja?
 
E
estelas
20/03/2009 19:48
Gracias Xio!
 
X
xio
20/03/2009 18:41
Qué es el Interés Legal y para que sirve

El artículo 1.108 del Código Civil establece que el interés legal es el que se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor incurriese en mora y no se haya pactado uno determinado.

El tipo de interés legal se fijó en el Código Civil, de 24 de julio de 1889, en el 6% y, posteriormente, por Ley de 2 de agosto de 1899, en el 5%, la Ley de 7 de octubre de 1939 lo redujo hasta el 4% manteniéndose en ese nivel hasta lo dispuesto por la Ley 24/1984, de 29 de junio, de Modificación del tipo de interés legal, que establece en su artículo primero: «el interés legal se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado».

Desde aquella disposición, todas las Leyes de Presupuestos Generales han señalado el tipo de interés aplicable, siguiendo la tendencia de los mercados financieros, pudiendo revisar de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley 65/1997, el tipo fijado, en consonancia con la evolución de los tipos de interés de la deuda pública.

Importes para 2009

* El interés legal del dinero, a partir de 2009, se fija en un 5,50 por ciento

* El interés de demora, a partir de 2009, se fija en un 7 por ciento

Lo he leido en una página web os dejo el enlace:

http://www.asesorutil.com/intereses-demora-y-legal-del-dinero-2009/

Con estos importes no creo que les sea muy rentable!!!!
 
E
exsocio
20/03/2009 18:30
No, la verdad es que no lo sé. No sé criterio aplicarán. A lo mejor si llamamos a la gestora, nos lo dicen.
 

Fin del hilo
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