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E
elton1
18/04/2009 11:53

¿Cómo declarar las ayudas en la declaración?

¿Se pueden prorratear las ayudas directas estatales a la vivienda durante 4 años?

4.667 lecturas | 4 respuestas
Hola, a ver si podéis ayudarme. He leido en varios foros que las ayudas directas estatales a la vivienda podían prorratearse y declararse durante los siguiente 4 años.

Sin embargo, en Hacienda no encuentro nada al respecto y llevo toda la semana intentando llamar para que me resuelvan la duda y no hay manera de que me cojan.

¿Alguien sabe si es así o donde puedo informarme?

Muchas gracias
 
E
elton1
20/05/2009 17:25
masanro70 dijo:


Hola, buenos días, perdona nuevoEUNATE pero creo que tu gestoría no ha estado muy acertada. En mi post anterior copié y pegué una pregunta habitual de la página de Hacienda y dice bien claro "para acceso por primera vez a vivienda en propiedad". Claro que estamos hablando de AEDA ( AYUDAS ESTATALES DIRECTAS A LA ENTRADA).Por lo tanto no son tratadas como ganancias patrimoniales sin más, que has de meterlas en el período impositivo de su obtención.

Quizás ese no fuera el caso de tus ayudas. A ver si lo busco y te envío la página del manual en la que se cita textualmente.
Yo así lo hice el año pasado y lo he vuelto a hacer este año. Me devolvieron y no me han llamado para revisar ( aunque sabemos que en 5 años no estamos libres).
Entiendo que si nos guiamos por la lógica: qué sentido tendría que te concedieran 11.000 euros de ayudas y luego al ao siguiente tributaras por ellas como ganancia patrimonial...

Bueno, no se solo queria comentartelo.

Saludos.


Yo he llamado varias veces al teléfono de la AEAT y me han confirmado lo que dice masanro70, que se puede declarar en 4 años
 
masanro70
masanro70
20/05/2009 13:47

Hola, buenos días, perdona nuevoEUNATE pero creo que tu gestoría no ha estado muy acertada. En mi post anterior copié y pegué una pregunta habitual de la página de Hacienda y dice bien claro "para acceso por primera vez a vivienda en propiedad". Claro que estamos hablando de AEDA ( AYUDAS ESTATALES DIRECTAS A LA ENTRADA).Por lo tanto no son tratadas como ganancias patrimoniales sin más, que has de meterlas en el período impositivo de su obtención.

Quizás ese no fuera el caso de tus ayudas. A ver si lo busco y te envío la página del manual en la que se cita textualmente.
Yo así lo hice el año pasado y lo he vuelto a hacer este año. Me devolvieron y no me han llamado para revisar ( aunque sabemos que en 5 años no estamos libres).
Entiendo que si nos guiamos por la lógica: qué sentido tendría que te concedieran 11.000 euros de ayudas y luego al ao siguiente tributaras por ellas como ganancia patrimonial...

Bueno, no se solo queria comentartelo.

Saludos.
 
N
nuevoEUNATE
20/05/2009 00:45
me han realizado la declaracion2008 en una gestoria ya que tenia dudas....y me han dicho que lo de fraccionar en 4 años es solo si las ayudas son para rehabilitacion de la vivienda...con lo cual no es el caso .....y va a incremento de renta poniendo la ayuda directa en la casilla 310 junto con el 10% que me han quitado de la cuota amortizada mensual...la diferencia es interesante del 2007 al 2008: -1200€ a 180€....menos mal que son ayudas...
 
masanro70
masanro70
20/04/2009 10:04
Hola Elton1, sí efectivamente las AEAD ( Ayudas Estatales Directas a la Entrada) puedes prorratearlas y declararlas en 4 años.
Yo así lo hice el año pasado, declaré el primer cuarto.

De todas formas en la página de la AEAT puedes buscarlo.
Te envio una pregunta frecuente en Hacienda:

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: IMPUTACIÓN TEMPORAL

SUBCAPITULO: REGLAS ESPECIALES, ART 14.2

REFERENCIA: 126344-AYUDA ACCESO A PRIMERA VIVIENDA (AEDE)

PREGUNTA: ¿En que ejercicio puede imputarse la ayuda estatal directa a la entrada (AEDE) para acceso por primera vez a vivienda en propiedad?

RESPUESTA:
Sin perjuicio de las normas genaerales de imputación temporal, las ayudas incluídas en el ámbito de los planes estatales para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad, percibidas por los contribuyentes mediante pago único en concepto de ayuda estatal directa a la entrada (AEDE).podrán imputarse por cuartas partes, en el período impositivo en que se obtengan y en los tres siguientes,

NORMATIVA: Artículo 14 2. i) Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .










 

Fin del hilo
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