Conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999), deberían entregar los siguientes documentos:
* Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Se trata de indicar las revisiones obligatorias y las convenientes de las instalaciones - calefacción, fontanería- del edificio y los plazos máximos recomendados, el mantenimiento de los materiales usados en la construcción, etc…) para que sean observados por el usuario final de la vivienda.
* El Proyecto de Obra.
* Las modificaciones que se hayan producido debidamente aprobadas
* El acta de recepción por la cual el constructor al término de la obra hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste.
* La relación identificativa de los intervinientes en el proceso de edificación (promotor, proyectista, constructor, Director de Obra, Director de ejecución de la Obra, entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación, y suministradores de materiales).
http://revista.consumer.es/web/es/20040601/economia_domestica/