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R11F0
09/04/2004 13:45

Deducción por vivienda

¿Puedo deducir las letras pagadas de mi nueva casa en la declaración de la renta?

1.416 lecturas | 4 respuestas
Hola a todos.
Seguro que algunos estáis en el mismo caso que yo: Pagando la hipoteca de una casa y a la vez, las letras de la nueva.

Mi pregunta es... ¿las letras pagadas durante el año pasado, puede deducirse en la declaración de la renta en el apartado de "Deducción por vivienda habitual - financiación propia"?

Muchas gracias y un saludo.
 
chorbis
chorbis
12/04/2004 23:38
Entendiendo que venderás tu vivienda actual para comprar la nueva yo te recomendaría lo siguiente:

Seguir desgravándote por tu vivienda actual (siempre que más o menos llegues al millón y medio de tope anual, o tres millones si hay parient@ y presentáis declaraciones individuales).

En el momento de la venta de tu vivienda actual, aplicar la exención por reinversión para no tener que pagar impuestos por las plusvalías obtenidas por la venta.

A partir de ese momento, desgravar por tu nueva vivienda, siempre que por ella hayas pagado ya la suma de:
- Las cantidades que se beneficiaron de la deducción en la anterior vivienda
- La exención por reinversión que has aplicado el año que vendiste

Las cantidades invertidas deberás ponerlas en cualquier caso en el apartado de deducción por "adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual"). En este concepto se incluyen todas las cantidades ingresadas en cuenta vivienda (no es tu caso puesto que ya tienes una vivienda y no podrías abrir una cuenta vivienda), las pagadas al promotor (Hercesa) y los gastos e IMPUESTOS.

También las cantidades pagadas como devolución del préstamo hipotecario (principal+intereses), de las que puedes deducir hasta un 25% siempre que se cumplan algunas condiciones.

Hasta donde yo sé los bancos remiten información a Hacienda sobre las cantidades pagadas en concepto de devolución de préstamo hipotecario. Pero no sucede así con el dinero pagado al vendedor, en este caso una promotora. O con lo pagado a notario, registrador, iva, etc. Pero estas cantidades son igualmente deducibles, sólo es necesario conservar los recibos por si en algún momento los pide Hacienda.

En cuanto a los datos de la vivienda, si te llegas a desgravar por la nueva estando en construcción evidentemente no tendrás referencia catastral, pero será suficiente con indicar los datos identificativos que aparecen en el contrato privado de compraventa.
 
R
R11F0
12/04/2004 21:06
Pero entonces déjame que te cuente mi caso.
Solo he tenido una casa (en la que vivo) y me he desgravado por ella el máximo durante 3 años (es decir, 4.5 kilos)

He dado a Hercesa durante el 2003 7,5 kilos, por tanto...

¿puedo dejar de subvencionarme por mi actual hipoteca y empezar a utilizar los 3 kilos que me "sobran"?

En caso afirmativo... ¿en qué apartado de la declaración irían? ¿qué datos pongo en lo referente a "préstamo hipotecario y datos de la vivienda"?

Muchas gracias y un saludo.
 
chorbis
chorbis
09/04/2004 16:10
Solamente puede deducirse por una vivienda y además debe tratarse de la habitual y no una segunda residencia. Es decir, si estás todavía pagando hipoteca podrás deducirte de tu vivienda actual pero no de la nueva.

La nueva casa también puede considerarse vivienda habitual si vamos a residir en ella antes de tres años (aunque todavía no esté construida). Pero sólo podemos deducirnos por ella (por las letras pagadas a Hercesa) si se trata de la primera vivienda por la que nos hemos deducido "en nuestra vida". Si ya hemos desgravado, por ejemplo, por un total de 15 millones pagados por nuestra vivienda actual, no podremos deducir por la nueva hasta que no hayamos pagado esos 15 millones.
 
P
pedroyheidi
09/04/2004 14:07
Me temo que no. Si te estás deduciendo la hipoteca de la primera casa como vivienda habitual, te podrás deducir -si se puede, de la segunda casa como segunda vivienda. Vamos igual que el que se compra un apartamento en la playa.
Un saludo.
 

Fin del hilo
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