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14/12/2011 11:29

Consulta sobre Empleadas Hogar

¿Cómo afecta el cambio de régimen de empleados del hogar en la Seguridad Social a mi empleada?

19.239 lecturas | 24 respuestas

Buenos días,


Paso a plantearos una problemática que me ha surgido con la persona que tengo trabajando en casa a tiempo completo, ahora que cambia el régimen de empleados del hogar y van a pasar a tributar en el régimen general de la Seguridad Social.


Actualmente, está dada de alta en la seguridad social como empleada del hogar y cobra 750 euros mensuales más la seguridad social (+/-164 €), de la que nos hacemos cargo también de su parte, más dos medias pagas (una en junio y otra en diciembre).
El caso es que ayer me dijo, que tras consultarlo con una amiga, como iba a pasar al régimen general de la seguridad social, desde Enero le corresponderían dos pagas extras completas, además de su paga de 750 € mensuales.


Le comenté que no es así, que en ese caso, su salario anual se dividiría en 14 pagas, pasando a cobrar mensualmente un salario neto menor, pero que en junio y diciembre recibiría las pagas extras completas. Es decir, su sueldo no aumenta automáticamente en 750€ anuales.


¿Algún otro vecino de Miramadrid ha tenido el mismo problema? ¿Alguien que me pueda aconsejar sobre el tema?
 

 
AdrianBM1
AdrianBM1
30/03/2022 15:46
Buenas tardes, por favor podrían ayudarme? Cuánto debo de pagarle a una empleada del hogar que ha trabajado del martes 22 al lunes 28 de febrero de 2022? Habiendo disfrutado el 28 como día festivo, no trabajado. Siendo un contrato formal con el SMI. Muchas gracias.
 
Tarifa1207
Tarifa1207
31/08/2017 14:18

Hola, podéis indicarme más o menos cual es el precio se paga por hora??? estoy interesada en buscar una persona y desconozco como está el tema en éste momento. O cuanto se pueda pagar por una persona que vaya dos horas todos los días, con vacaciones incluídas.  gracias!!!

 
lupomab
lupomab
25/07/2017 18:12

Hola 2alp, te he mandado un privado

 
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2alp
29/03/2017 21:51

2alp dijo:

Hola, soy vecino de miramadrid  y conmigo trabaja una chica desde hace años que está buscando más trabajo en la zona pues dispone de horas libres.

La conocemos desde hace mucho tiempo y es una persona seria y trabajadora y su labor en las tareas del hogar es excelente.

Su nombre es Ana, y su telefono 642.83.99.68.


Editado por 2alp 14/03/2017 14:32

 

Subo el mensaje por si alguien está interesado.

 
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2alp
17/03/2017 08:48

hola te he enviado un privado.

 
V
valladolid1975
15/03/2017 20:33

Buenas tardes. Estamos interesados en la persona que comentas que trabaja en tu casa. Podria hablar contigo para que me comentaras más detenidamente? Un saludo 

 

 

 

 
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2alp
14/03/2017 14:29

Hola, soy vecino de miramadrid  y conmigo trabaja una chica desde hace años que está buscando más trabajo en la zona pues dispone de horas libres.

La conocemos desde hace mucho tiempo y es una persona seria y trabajadora y su labor en las tareas del hogar es excelente.

Su nombre es Ana, y su telefono 642.83.99.68.

 


Editado por 2alp 14/03/2017 14:32
 
A
alinaciora
19/09/2012 14:57

Hola, yo soy una chica que trabaja como empleada de hogar. tengo 5 casas donde trabajo. estoy dezgustada de todo lo que pasa con la nueva ley. quero pagar la seguridad social para poder tener una tarjeta sanitaria , o en algun dia me voy a jubilar.no puedo hacerlo porque alguna casas no me queren acer contracto y las otras nu me lo pueden hacer porque no tengo 40 horas semanales para poder pedir el permiso de trabajo. que puedo hacer? Estoy trabajando sin papeles por fuerza.

 
1
1970Z
19/09/2012 11:18

rest dijo:

A ver si alquien me puede aconsejar, yo tengo a una persona que lleva tiempo conmigo y la quiero asegurar pero no llego a las 40 horas (solo la tengo 16) y el resto de casas a las que va no la quieren asegurar. No se que hacer xq ni quiero prescindir de ella ni quiero tenerla en casa de manera ilegal, no hay manera de salvar el punto de las 40 horas y darla de alta por lo que trabaje?

 

A mí me pasa lo mismo pero las 40 horas son necesarias para darle el permiso de trabajo (que no tiene). Si lo tuviera aunque vaya a tu casa 1 hora a la semana la puedes dar de alta en la seguridad social.

Para el permiso de trabajo te piden 40 horas aunque por menos ya gane más del salario mínimo.

 
R
rest
19/09/2012 10:46

A ver si alquien me puede aconsejar, yo tengo a una persona que lleva tiempo conmigo y la quiero asegurar pero no llego a las 40 horas (solo la tengo 16) y el resto de casas a las que va no la quieren asegurar. No se que hacer xq ni quiero prescindir de ella ni quiero tenerla en casa de manera ilegal, no hay manera de salvar el punto de las 40 horas y darla de alta por lo que trabaje?

 
P
piolin29
18/09/2012 21:47

Lo que es una realidad es que en cuanto hablas con una chica de asegurarla si o si, a la semana le "ha salido una casa con mas horas" y se pira.

O se busca una alternativa a este problema o va a ser imposible legalizar a una empleada por horas.

Lo que si tengo claro es que no voy a correr el riesgo de tener alguien sin asegurar, aunque para ello tenga que barrer por las noches

 
M
mayado
23/07/2012 09:08

Sigton, en contra de lo que le he entendido a marinac, yo tendría mucho cuidado en tenerla sin legalizar por mucho que te jure, aún sobre una biblia que ella se hace cargo de sus temas. Imagina por un momento, que la tienes en casa y por desgracia sufre un accidente lo suficientemente grave como para que pueda solicitar una invalidez ¿cuánto tiempo crees que tardará en denunciarte para cobrar esa invalidez? y lo que es peor ¿tienes conocimiento de la pasta que te puede costar por tener a alguien trabajando sin contratar? Pues imagínate lo que te puede costar si falleciera en ese accidente.

Por suerte, no son cosas que suelan pasar, pero los accidentes, son eso, accidentes, y te puede salir bastante caro el tema.

Sinceramente, y sin querer amargarte el día, yo me lo pensaría.

 
M
marinac
21/07/2012 16:08

Pues creo que no porque cuando haces el alta de una empleada de hogar tienes que indicar una cuenta donde domiciliar los pagos que la tesoreria general de la seguridad social emitirá a tu nombre.

Si devuelves los recibos sin previa notificación de baja del trabajador a la administración esta iniciará un expediente de reclamación de impagos y estas cosas terminan salvo que se trate de un error con un embargo en tu cuenta o en tu devolución del irpf (si el resultado es a devolver).

Por ello, a menos que la chica tenga interes en tener seguridad social (que sinceramente no creo que le sirva para nada si ya tiene a su marido trabajando legalmente en España) y ella quiera asumir este coste, yo me olvidaría del tema.

 

 
M
marinac
21/07/2012 13:09

Nosotros estamos en el mismo caso y efectivamente la unica posibilidad es que la chica pueda aportar varios contratos que sumen las 40 horas semanales salvo que quieras contratarla tu para que cotice por las 40 horas y solo le pagues por el tiempo que realmente esté en tu casa. La situación no es legal por ambas partes pero como beneficia a ambas no creo que pase nada porque la seguridad social no creo que investigue de oficio y como no llega al minimo para hacer retención la Agencia tributaria tampoco tendría que decir nada.

No obstante nuestro eminente asesor legal el amigo Antiquo te podrá aclarar mejor los riesgos que asumes.


Editado por marinac 21/07/2012 13:16
 
M
mayado
16/12/2011 13:42

Esta mañana he trasladado la pregunta del contrato al INEM, bueno al SEPE. Aquí os dejo la contestación recibida. Un saludo.

En respuesta a su consulta de fecha: 16/12/2011 9:23:00: En pocos días estará disponible en nuestra página web (www.sepe.es) y en la del
Ministerio de Trabajo.
Lo importante es que le dé de alta en la Seguridad Social y la cumplimentación del contrato se puede realizar con posterioridad.

 
S
soniawen
16/12/2011 09:38

Muchas gracias Mayado.

Un saludo

Soniawen

 
M
mayado
16/12/2011 09:27

Otra cosa, el contrato quieren tipificarlo en el INEM pero todavía no tienen el impreso. Habrá que esperar unos días.

Os seguiré informando. Un saludo.

 
1
1970Z
15/12/2011 18:25
Muchas gracias. Saludos.
 
M
mayado
15/12/2011 18:08
Soniawen intentaré explicame.

En tu caso, pagas 150 € mensuales, por lo que estás en el tramo 3º y tendrías unas bases de cotización de 146,98 €.

El 18,30 % de esta base, o sea, 26,89 € son por cuenta tuya. Y el 3,70 % de la base, o sea, 5,44 € a cuenta del trabajador. O sea, 32,33 € en total de pago a la Seguridad Social en tu caso.

Del pago total se hace cargo el empleador, los 32,33 € de los cuales, 5,44 € se los descontarás cuando realices el pago mensual a tu asistenta.

Recuerda que este porcentaje irá incrementándose desde el 2013 hasta el 2018 hasta alcanzar el porcentaje que se aplica para el Regimen General de la Seguridad Social.
 
S
soniawen
15/12/2011 17:13

Buenas tardes,

Nosotros también estamos informándonos sobre el tema. Tenemos una empleada del hogar en casa que cobra 150 euros al mes.

Voy a ver si lo he entendido:

Según la tabla que adjunta Mayado, en nuestro caso, tendríamos que pagar como empleador a la Seguridad Social 146,98 euros,  menos un descuento del 20%, es decir, prácticamente lo mismo que le pago a la empleado de hogar. ¿O no lo he entendio bien?

Gracias a quien nos lo pueda aclarar.

Un saludo

 
M
mayado
15/12/2011 13:15

Hola 1970Z, si no tienes hecho un contrato con ella, debes hacerlo. Luego rellenar el TA Hogar que te proporciona la Tesorería de la Seguridad Social o bajar de su página de internet.

http://www.seg-social.es

Tienes un primer apartado donde te viene explicado todo y el TA que te comento.

En este impreso debes reflejar, el salario y las horas (aunque esto de las horas es opcional).

Hay una tabla donde te viene claro, dependiendo de lo que pagues tienes unas bases y sobre ella aplicas el 18,30% con cargo para el empleador y el 3,70% a cargo del empleado en el 2012 y se irá incrementando desde el 2013 al 2018 hasta alcanzar el 23,60 % con cargo para el empleador.

En este documento debes indicar un número de cuenta donde te pasarán la cuantía de la Seguridad Social.

Durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 existirá una reducción del 20% en las cotizaciones por contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar y queden incorporadas en este Sistema Especial, siempre que se cotice con esta nueve fórmula a partir de la fecha de integración de este sistema en el Régimen General. Reducción que se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45 % en las familias numerosas.

Te copio la tabla de cotizaciones dependiendo del salario que tenga:

Tramo Retribución mensual Base de cotización
1.º Hasta 74,83 €/mes. 90,20 €/mes.
2.º Desde 74,84 €/mes hasta 122,93 €/mes. 98,89 €/mes.
3.º Desde 122,94 €/mes hasta 171,02 €/mes. 146,98 €/mes.
4.º Desde 171,03€/mes hasta 219,11 €/mes. 195,07 €/mes.
5.º Desde 219,12€/mes hasta 267,20 €/mes. 243,16 €/mes.
6.º Desde 267,21 €/mes hasta 315,30€/mes. 291,26 €/mes.
7.º Desde 315,31€/mes hasta 363,40 €/mes. 339,36 €/mes.
8.º Desde 363,41 €/mes hasta 411,50 €/mes. 387,46 €/mes.
9.º Desde 411,51€/mes hasta 459,60 €/mes. 435,56 €/mes.
10.º Desde 459,61€/mes hasta 507,70 €/mes. 483,66 €/mes.
11.º Desde 507,71€/mes hasta 555,80 €/mes. 531,76 €/mes.
12.º Desde 555,81€/mes hasta 603,90 €/mes. 579,86€/mes.
13.º Desde 603,91€/mes hasta 652,00 €/mes. 627,96 €/mes.
14.º Desde 652,01€/mes hasta 700,10 €/mes. 676,06 €/mes.
15.º Desde 700,11 €/mes. 748,20 €/mes.

Un saludo.

 

 
1
1970Z
15/12/2011 12:33

Hola, para seguir con las consultas ¿alguien me podría aclarar qué pasa con las empleadas que trabajan parcialmente en varias casas? Por ejemplo en mi casa está 18 horas a la semana. Ahora con el régimen de empleadas del hogar toda la seguridad social es a su cargo y la obligación de los ingresos mensuales en la tesorería también. ¿Con el cambio de año sigue igual o tenemos que hacer un contrato de tiempo parcial y cotizar e ingresar nosotros sólo por lo que nos corresponde? Gracias

 
Consultando
Consultando
15/12/2011 09:46

Muchas gracias a los dos,

Antiquo, voy a imprimirme el RD que me indicas y lo voy a leer detenidamente.

Un saludo,


Editado por Consultando 15/12/2011 9:51
 
Susana1978
Susana1978
14/12/2011 21:40

Bueno, yo no soy experta en esta reforma, pero la logica me dice que tu razonamiento es el correcto...

 

Fin del hilo
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