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RMU80
RMU80
25/03/2014 14:07

ORDENANZA TENENCIA Y PROTECCIÓN DE ANIMALES

¿Por qué se realiza el censo de animales en el ayuntamiento?

2.023 lecturas | 9 respuestas

Aquí lo teneis

 

http://www.paracuellosdejarama.es/media/313358/Animales.pdf


- Qué es eso de censar a los animales en el ayuntamiento?


Editado por RMU80 25/03/2014 14:08
 
salvado
salvado
30/03/2014 23:18

Mira que es mala, inútil yr ecaudatoria esta ordenanza de ICxP.

Eso si algunos dirán que están aprendiendo a dirigir un ayuntamiento.

 
mirror
mirror
29/03/2014 12:10

En Madrid existe una ley de rango autonómico que regula varios de los aspectos que os ofrecen dudas

Ley de Protección de los animales

http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion=VerHtml&nmnorma=382&cdestado=P

y otra respecto a los ruidos

http://www.madrid.org/bdccm/normativa/PDF/Ruidos%20y%20vibraciones/Compilacion/CPRUID.pdf

 

 
frenchy
frenchy
27/03/2014 08:34

Yo soy poseedor de un animal de compañía, es este casó un perro, y ciertamente no lo suelto en los parques no ya por la gente que les pueda resultar molestos, sino por la cantidad de mierda, maleza y estado deplorable de estos. Menos legislación absurda y más mantenimiento es lo que se necesitan los parques en este pueblo. O como diría yo en este caso, " más curritos y menos corbatas hacen falta en este ayuntamiento" (y en tantos otros).

 
jesuscy
jesuscy
26/03/2014 15:34

octubremcg dijo:

Ya era hora de que hagan zonas cercadas para perros, con la cantidad de campo que hay no entiendo como no se les ha ocurrido antes, sí, ya sé , es coto.... pero yo por mucho coto que sea no dejo de ver que es campo... mucho campo....

Infracción leve.

5. La circulación o permanencia de animales sueltos, no calificados como potencialmente peligrosos, en zonas no acotadas especialmente para este fin, o fuera de los horarios establecidos en la presente ordenanza.

Por mucho campo que haya, si quieren 1000€ de multa.

 
octubremcg
octubremcg
26/03/2014 15:22

 

Ya era hora de que hagan zonas cercadas para perros, con la cantidad de campo que hay no entiendo como no se les ha ocurrido antes, sí, ya sé , es coto.... pero yo por mucho coto que sea no dejo de ver que es campo... mucho campo....

 

 

 

 
jesuscy
jesuscy
26/03/2014 15:05

Bastante ambiguo el tema.

A no ser que hagan nuevas zonas de esparcimiento para los animales, no hay absolutamente nada claro. De momento, sólo se les puede llevar sueltos en esos horarios en todos los parques, no zonas infantiles, ya que todos carecen de esas áreas específicas que van a "empezar" a hacer o señalizar.

 

J.

 
pustulino
pustulino
25/03/2014 19:43

Art. 27. Prohibiciones específicas para la presencia de animales en espacios públicos y vías públicas.

—1. Está prohibida la presencia de animales en:
a) Aquellas zonas donde esté expresamente indicado por problemas de salubridad.
b) Áreas de juegos infantiles.

 

No servirá de nada si no se hace cumplir

 
aasd
aasd
25/03/2014 16:22

Por fin. Me apunto unas cuantass prohibiciones:

Mantener los animales en terrazas, jardines o patios en horario nocturno, cuando
ocasionen molestias evidentes a los vecinos.

Mantenerlos a la intemperie y expuestos a las inclemencias meteorológicas

La entrada de animales en las zonas destinadas a juegos infantiles

El baño de animales en fuentes ornamentales, estanques o similares, así como que estos beban directamente de las fuentes de agua potable para consumo público.

 

Para mi gusto la norma es muy imprecisa a la hora de establecer si los animales pueden ir sueltos o no por la calle. Cuando habla de los areneros para la defecación de perros dice que excepcionalmente, en los parque que carezcan de esas zonas podrán estar sueltos de 22:00 a 08:00 o de 23:00 a 08:00 pero nada dice de la prohibición de llevarlos sueltos fuera de los parques salvo prohibición de circular sin observar las medidas de seguridad que se establezcan.

 

 
jesuscy
jesuscy
25/03/2014 15:12

Yo tengo al mío censado.

http://www.paracuellosdejarama.es/media/50430/120427_perro_gatos.pdf

 

Fin del hilo
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