Criterios de desempate
Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando los criterios en el orden que a continuación se exponen.
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro solicitado o padres o representantes legales de los alumnos que trabajen en el mismo.
2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de domicilio familiar o lugar de trabajo.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de discapacidad del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, del representante legal del alumno.
4. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hijo o hermano de antiguo alumno del centro solicitado.
5. Mayor puntuación obtenida en el apartado de familia numerosa.
6. Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.
7. Mayor puntuación en el apartado de otra circunstancia acordada por el centro según criterios públicos y objetivos.
8. Sorteo público ante el Consejo Escolar del centro.
Como en la mayoría de los casos, el grueso de solicitudes tendrán exactamente las mismas puntuaciones, al final el criterio aplicado es el del sorteo. Se saca una letra, y todos los que tengan su primer apellido por esa letra y siguientes, entran hasta que se cubran todas las plazas.
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