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juansan
juansan
15/07/2015 22:33

Barbacoas en pisos

¿Cómo puedo solucionar el problema de las barbacoas en mi comunidad?

11.533 lecturas | 28 respuestas

buenas noches... Nuestro problema de nuestra comunidad es que en el bloque de al lado tienen puestas 2 barbacoas, en primavera cuando las hicieron no molestaban tanto por que tenemos las ventanas cerradas pero ahora en verano es insoportable, hemos ido a decírselo y no hicieron caso, también fue un vecino guardia civil y dice que no se puede hacer nada... No me creo que no se pueda hacer nada... El honor es insoportable a chuleta  y a chorizo por toda mi casa, que podemos hacer? Se puede denunciar? Gracias

 
juansan
juansan
28/07/2015 20:11

No mas de 20 metros

 
wally
wally
28/07/2015 14:12

Solo por curiosidad.... a que distancia mas o menos esta la barbacoa de tu casa?

 
Birman
Birman
28/07/2015 13:28

Yo la unica solucion que te puedo dar sin tener que enfrentarte a el por tirarle agua o demas historias, porque al final se llega a las manos es la siguiente.

Cuando el vecino haga barbacoas esta en su derecho, pero puedes comprarte un ventilador de esos potentes de pie y reconduces el humo y los oloes hacia su vivienda, veras como intenta hacer las barbacoas con menos humo, y es totalmente legal.

 
juansan
juansan
28/07/2015 12:11

Mira como calla ahora..

 
juansan
juansan
27/07/2015 18:01

Chavalote lo de las barbacoas es una escusa que teneis para quedaros y dar por cu.. con la musica hasta las 3h o las 4h de la mañana con vuestras risas jugando a las cartas y fumando canutos amigo chavalote

 
boogie
boogie
25/07/2015 10:31
Solo te puedo dar la experiencia de mi urbanizacion. Se aprobaron las barbacoas y tres vecinos que las empezaron a hacer, y cuyas casas daban al edificio de al lado fueron denunciados a la municipal, la cual vino puntualmente, antes de que pudieran echar un triste chorizo y se las hicieron apagar, notificandoles que a la siguiente vez habria multa. Nunca mas han osado hacer nada y uno de ellos tiene un jardin de 250 m2 y no molestaba a nadie.
Y una de las barbacoas era de gas. En fin, aquel verano se pasaron las ansias de barbacoas y desde entonces se hacen muy pocas.
 
Q
queves
23/07/2015 14:32

Pues esta claro, a quien le moleste el rico olorcillo a chuletones, que cierre la ventana o se vaya a vivir a otro sitio, que afortunadamente vivir en PARACUELLOS nos permite disfrutar de las barbacoas (en Madrid no se pueden permitir estos lujazos)

 
XtrMnIO
XtrMnIO
23/07/2015 13:25

Pues a mí me encanta cuando mis vecinos hacen barbacoas, llenan la calle de un aroma que dan ganas de morder los ladrillos.

 
C
calorro2
23/07/2015 12:59

No, 2fast.4u, la vivienda donde vive el susodicho es la amarilla que se ve al fondo y la barbacoa esta dentro de ese cerramiento, y tambien esta cerrado por delante de  dichas viviendas, ya que no tiene nada que ver con la Urbanización  de todas formas si eres de Paracuellos se ven cuando pasas la rotonda de abajo, si vienes hacia Paracuellos en la misma rotonda a la derecha. Insisto esas viviendas se construyeron hace 6 o 7 años y la Urbanización lleva construida hace 40, te lo dice uno que lleva viviendo el mismo tiempo.

 
2fast.4u
2fast.4u
23/07/2015 12:29

Joer, pues si me oriento bien (que no es lo normal), hay una carretera de por medio, ¿no?

 
C
calorro2
23/07/2015 12:00

Esta es la posicion de la barbacoa con respecto a la vivienda del susodicho

 
2fast.4u
2fast.4u
23/07/2015 10:48

Fortis dijo:

Ante las fotos, solo puedo decirte que tienes un problema y unos vecinos muy insolidarios, tontos no son al separarse ellos la barbacoa de su casa y acercarla a la tuya, intenta hacerles la misma jugada, acercate tu a sus viviendas y ahumales haciendo tambien barbacoas con sardinas, haber si entran en razones.

 

También está la opción "manguerazoinvoluntario" o "semehadescolocadoelaspersorsolo". Dicen que es muy efectiva.

 
C
calorro2
23/07/2015 10:32

Buenos dias chavalote, solo decirte que las barbacoas se montaron con anterioridad a la construcción de la vivienda que parece ser habítas, si quieres te puedo dar mas explicaciones, sin costo alguno. Cuando uno compra o alquila alguna vivienda debe fijarse el entorno donde va a vivir. Además estamos hablando de dos comunidades distintas y separadas que no tienen nada que ver. y para respuesta de otro usuario nunca ha ardido el brezo que se ve en la foto. La urbanizacion que mecionas lleva construida 40 años y la parcela donde tu vives nolleva mas de 6 o 7 años. 

 
F
Fortis
23/07/2015 09:12

Echar un ojo a esta sentencia, además crea jurisprudencia.

http://audiencias.vlex.es/vid/-210424799

 

 
toi
toi
22/07/2015 19:13

El ruido si se puede hacer algo, por cierto es a partir de las 22 horas y no las 24, lo otro no hay nada, pero si recuerdo que alguna vez el brezo ese o como se llame que tienen ha salido ardiendo, como bien dice antiquo y el vecino guardia civil, no se puede hacer nada...solo te queda cerrar ventanas, poner ventilador mirando a la ventana o yo que se....

 
F
Fortis
17/07/2015 08:46

Ante las fotos, solo puedo decirte que tienes un problema y unos vecinos muy insolidarios, tontos no son al separarse ellos la barbacoa de su casa y acercarla a la tuya, intenta hacerles la misma jugada, acercate tu a sus viviendas y ahumales haciendo tambien barbacoas con sardinas, haber si entran en razones.

 
juansan
juansan
16/07/2015 22:52

Ventanas cerradas? Jajajaja tu no sabes lo que estas diciendo, como se nota que no te pasa a ti, que fácil es decirlo

 
anubis86
anubis86
16/07/2015 21:04
Pues yo opino que si lo hacen en su propiedad, ajo y agua. Otra cosa es el tema ruidos,que si es mas sensible. Pero las barbacoas son cosas que se hacen si o si,y no lo veo como motivo de intranquilidad. Si hacen barbacoa,ventanas cerradas y punto. Asi lo hacemos todos y no veo mayor problema
 
juansan
juansan
16/07/2015 19:45

Yo no digo que no lo hagan, pero que se pongan en un sitio donde no molesten, su urbanizacion es muy grande y lo tienen puesto en esa zona por que esta retido de sus viviendas y esta pegado a la nuestra, no tienen respeto por los demas por que ya se les a dicho y no hacen caso, empezare a grabar las horas, el ruido y las barbacoas y a denunciar por que estoy harto

 
L
LauraLGil
16/07/2015 19:14

Juansan , te entiendo, es un horror cuando el humo se mete en casa y huele todo a chorizo, panceta ... Las cortinas pillan el olor , y tienes que optar por cerrar las ventanas , y con el calor que estamos pasando este año!! .Yo vivo en un primero y es cierto que no es nada agradable.

A mi me parece lo mejor del mundo que la gente disfrute de sus casas con jardín con sus familias y amigos , que hagan comilonas, pero teniendo un poco de solidaridad para con el resto de personas que viven en la comunidad, se puede tolerar una ... Dos .. Tres veces, pero cuando es algo contínuo , año tras año,agota la paciencia a cualquiera. Y suele ir siempre acompañado de música, risas ... Hasta las tres , cuatro de la mañana.Se puede disfrutar de todo ,sin tener que incomodar al que se tiene al lado. 

 

 

 

 
juansan
juansan
16/07/2015 18:35

j

 
juansan
juansan
16/07/2015 14:52

Estas 2 barbacoas son de leña o carbón y el humo y el pestuzo es impresionante... Luego adjunto fotos. 

 
Q
queves
16/07/2015 14:18

fortis, tienes toda la razón, yo estaba refiriéndome a esas barbacoas de gas. En cualquier caso, a no ser que hagas panceta o cosas aliñadas con salsas, tampoco tiene por qué hacer tanto humo. Y no es lo mismo un bajo, que un chalet o un ático...no sé a qué se refiere la queja de juansan.

 
F
Fortis
16/07/2015 12:34

Teneis que tener claro antes de denunciar ante los juzgados que tipo de barbacoa esta haciendo el vecino, ya que si pierdes te tocara pagar las costas, me explico.

El articulo de arriba esta perfectamente detallado, pero hay un matiz, que se refiere a las barbacoas de carbon, y producen humo en su combustion, que es lo que puedes denunciar porque es molesto, no los olores, las que son de gas o electricas, no producen humo al calentarse, cosa distinta es al cocinar los alimentos, pero la ley las considera cocinas, no barbaboa, aunque sea conocida como tal, todo el mundo tiene en su casa una plancha electrica, y la pone en la cocina o en la terraza, tambien es comun cocinar con la puerta o ventanas abiertas de las ventanas, con lo cual el olor se escapa y puede ser igual o peor, no es lo mismo unas chuletillas a la palncha que una coliflor, o la tipica fritanga, lo digo mas que nada para estar seguros, normalmente este tipo de barbacoas son las que se utilizan en los pisos inferiores, no en los aticos.

Hay que ser un poco mas tolerantes, y sino hay humo de la combustion, piensatelo mucho antes de denunciar, y lo se por experiencia propia, ya que tengo una barbacoa electrica, y a mi vecino se le quedo cara de poker cuando le toco pagar las costas y el ridiculo que hizo, aún así, llamo a la policia otra vez, le enseñe la sentencia y se marcharon sin mas.

Un saludo,

 

 
Q
queves
16/07/2015 10:07

juansan dijo:

Que te huela a ti la casa a chorizo y a chuleta y que tu ventana de  tu dormitorio de a la pequeña fiesta con su música y sus risas hasta las 2h de la mañana no se tu ... Te debe de gustar la fiesta pero yo me vine a Paracuellos por la tranquilidad y no la tengo 

 

bueno lo del ruido es otra cosa, ahí si que te doy la razón. En teoría se puede hacer ruido hasta las 12 de la noche, con lo cual tu vecino debería ser bastante más educado y controlar este tipo de molestias. Y si no te hacen caso por las buenas, ahí sí que puedes llamar a la policía.

el olor de verdad que lo veo inevitable, pero estás en tu derecho a qu eno te guste

en nuestro caso, cuando el vecino hace barbacoas siempre nos avisa, por el tema de las ventanas

 
juansan
juansan
16/07/2015 09:17

Que te huela a ti la casa a chorizo y a chuleta y que tu ventana de  tu dormitorio de a la pequeña fiesta con su música y sus risas hasta las 2h de la mañana no se tu ... Te debe de gustar la fiesta pero yo me vine a Paracuellos por la tranquilidad y no la tengo 

 
Q
queves
16/07/2015 08:18

juansan dijo:

buenas noches... Nuestro problema de nuestra comunidad es que en el bloque de al lado tienen puestas 2 barbacoas, en primavera cuando las hicieron no molestaban tanto por que tenemos las ventanas cerradas pero ahora en verano es insoportable, hemos ido a decírselo y no hicieron caso, también fue un vecino guardia civil y dice que no se puede hacer nada... No me creo que no se pueda hacer nada... El honor es insoportable a chuleta  y a chorizo por toda mi casa, que podemos hacer? Se puede denunciar? Gracias

 

bueno peor sería de sardinas ¡¡¡

¿tanto te molesta el olor a choricete como para denunciar a tu vecino?

la solución es que el vecino te invite a una chuletina, un buen tintito de verano, y todos tan felices. De verdad, no veo la necesidad de buscar tanto lio por un olor a barbacoa. Es más, me consta que es una práctica habitual en todo Paracuellos y pedanías la costumbre de las barbacoas, solo hace falta pasearse desde la primavera para disfrutar del olorcillo.

 
Aralia
Aralia
15/07/2015 23:20

Las barbacoas suelen ser una actividad clasificada dentro del concepto “actividad molesta, insalubre o peligrosas”, su contenido está recogido en el art.7 de la LPH, y por tanto pueden ser denunciadas por la comunidad, pueden infringir la normativa municipal o autonómica y además suelen estar prohibidas por las normas contra incendios, pues para hacer barbacoas se requiere cumplir una serie de requisitos legales que en algunos casos no se cumplen, pues estas barbacoas portátiles  se instalan en lugares peligrosos para la Comunidad.

Ateniéndonos al tenor literal del Art. 7.2 que dice “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Si el infractor persistiere en su conducta el presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se substanciará por las normas que regulan el juicio de cognición.

[Este párrafo tercero de este apartado 2 ha sido modificado por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE núm. 7, de 8-1-2000), disposición final primera, apartado 1.>

Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.

[Este artículo está redactado conforme a la Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, BOE núm. 84, de 08-04-1999, art. 4>.

Yo acudiría al administrador colegiado y al presidente de vuestra comunidad y al de la suya para que según lo visto anteriormente este haga un requerimiento al propietario y la retire o se adapte a las normativas, La actividad de barbacoa se puede prohibir además si se incluye dentro de las normas de régimen interno, normas que se aprueban por mayoría simple que o bien ya existen o se pueden aprobar en una junta convocada al efecto.

Lo que resulta más evidente es que la evacuación de humo, gases, etc. debe producirse por  conductos que superen en  uno o dos metros la parte más alta de la vivienda colindante, todo según la Normativa de cada Comunidad Autónoma y Ayuntamiento, siendo necesario consultar cada caso.

En la Sentencia nº 847/2003 de Audiencia Provincial – Málaga, de 10 de Octubre 2003 se dice, entre otras consideraciones sobre el uso de las barbacoas:

“Es decir, la Comunidad en el supuesto de que se esté desarrollando una actividad que contravenga las disposiciones generales sobre actividades molestas podrá utilizar ésta vía, pero lo que la misma no puede impedir de forma absoluta es el uso de una barbacoa por si la misma fuera molesta para alguno de los vecinos de la Comunidad; ésta podrá, por ejemplo, compeler a un vecino para que se abstenga de escuchar música en su casa superando los decibelios permitidos por las Ordenanzas municipales, y molestando al resto de los vecinos, e incluso lo que podrá hacer es utilizar la vía del art. 7-2 L.P.H. si es que su aptitud es de desprecio hacia la Comunidad y al resto del vecindario; pero lo que la Comunidad no puede hacer es prohibir, dentro de la vivienda de cada uno, el uso de aparatos reproductores de música al vecindario por si alguna vez a alguno de ellos se le ocurre subir el volumen; o poniendo otro ejemplo, la Comunidad no puede prohibir el ejercicio profesional de la abogacía o de la medicina a un vecino que ostenta la titulación académica habilitante en su vivienda por el mero hecho de que el posible trasiego de clientes o pacientes pueda ser molesta al resto de vecinos, tal actividad tan solo podrá prohibirse si está expresamente prohibida en los Estatutos; en otro caso dicha prohibición carecería de ajuste legal; en definitiva, son los Estatutos los únicos que pueden prohibir a prevención cualquier actividad que pudiera ser molesta para el resto de los vecinos, pero mientras tal limitación al uso privativo de la vivienda no cuente con el apoyo de los Estatutos, cualquier restricción al disfrute de la propiedad será nula. Por lo tanto, si los Estatutos de la Comunidad demandada no prohíben de una forma expresa la instalación y uso de barbacoas, la comunidad no puede prohibirlas de una forma general, sino tan sólo por la vía del art. 7-2 de la LPH., y solamente la modificación de los Estatutos en el sentido pretendido por la Comunidad podría legitimar la limitación al dominio que trata de imponérsele al demandante y al resto de propietarios de las primeras plantas; y evidentemente, para tal modificación sería preciso que tal acuerdo se adopte por unanimidad, a tenor del art. 17-1 de la LPH, que dispone que “Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas: 1ª) La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad”.

Lo anterior nos ha de conducir a admitir el recurso de apelación, revocar la sentencia de instancia y, en consecuencia, declarar que el acuerdo adoptado por la Comunidad de propietarios en el punto 5 del Orden del Día en la reunión celebrada el día 14 de junio de 2.000 consistente en la prohibición del uso de barbacoas en las plantas bajas de las viviendas es nulo de pleno derecho por ir en contra de la L.P.H. y no estar prevista tal limitación en los Estatutos de la Comunidad demanda y no haberse adoptado por unanimidad de todos los vecinos de la Comunidad (art. 18-1-a) de la L.P.H.), así como por suponer un grave perjuicio para algún copropietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo” (art. 18-1-c) de la L.P.H.).”

 

Fin del hilo
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