Volver al foro
P
peric_79
20/11/2019 17:09

FICHAJE EMPLEADOS AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

¿Por qué no se sancionó a los empleados del Ayuntamiento por no fichar o cumplir la jornada laboral?

2.014 lecturas | 8 respuestas

Hola vecinos,

Con la  ley, es obligatorio fichar en todas las empresas con un mínimo de empleados.

El Ayuntamiento, no deja de ser una empresa, 

Me pregunto

¿Por qué no se abrió un expediente disciplinario a todos aquellos empleados que NO fichaban, a la entrada o salida del ayuntamiento o aquellos que no cumplían  la jornada laboral, mensual, anual en la anterior legislatura ? y  ¿por qué? esos mismos empleados siguen sin cumplir la normativa con la nueva entrada del equibo de gobierno.

Estos empleados, están cometiendo una infración muy grave del ordenamiento jurídico.

 

¿Qué pensáis?

A ver si de una vez, toman cartas, porque hay bastante desmadre

 
M
molaparacuellos
21/11/2019 14:40

Esta es la RPT que nos va quitar los atascos, contruir una variante y un instituto en condiciones, además de limpiarnos las calles?, o quizás sea la que venga a socorrernos en casos de urgencia?

 

 
Y
yo123321
21/11/2019 14:31

Tipica respuesta para quien carece de ella

Fuiste capaz de hacer la RPT; si o no      lo digo porque era uno de tus puntos estrella y me da que te vino grande

 
josele3c
josele3c
20/11/2019 23:42

yo123321 dijo:

Joselec    Una poregunta, en los casi siete años que estuviste como concejal conseguiste hacer la RPT

 

No sé que tiene que ver ese tema con lo que has expuesto al principio, es un intento de desviar la atención? tan mal estáis?  no fueron siete, estvue 14 años xD

 

 
Y
yo123321
20/11/2019 23:25

Joselec    Una poregunta, en los casi siete años que estuviste como concejal conseguiste hacer la RPT

 

 
josele3c
josele3c
20/11/2019 23:01

peric_79 dijo:

Hola Joselec gracias por tu aportación, imprecisa, ambigua, sesgada y teledirigida,

Cita:
Con la  ley, es obligatorio fichar en todas las empresas con un mínimo de empleados.

Bueno, remitiéndome a lo que has escrito al principio y viendo lo que has puesto ahora puedo decir que de momento no he aportado imprecisión en las cuestiones de la Ley que habías aludido en el primer mensaje y a pesar del tiempo que llevo desconcertado en esas cuestiones  deberías atribuirte que la imprecisión la has tenido tú, porque en primer lugar no has comentado que Ley es la que abarca la cuestión de los fichajes en las empresas, luego cuando hablas de normas internas tampoco precisas cuáles son y finalmente cuando dices que

Cita:
no contradice ninguna norma superior
 tampoco indicas cual.

peric_79 dijo:
Existe normativa en el Ayuntamiento que deberías conocer o tienes lagunas muy selectivas,  por la que se rige el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama que no contradice ninguna norma superior y que es de obligado cumplimiento

Cambias de tercio y hablas de que hay normativa interna del Ayuntamiento. He leído tú primer mensaje y no has dicho nada sobre normas internas, hablas de

Cita:
Con la ley, es obligatorio fichar en todas las empresas con un mínimo de empleados
y además afirmas que
Cita:
El Ayuntamiento, no deja de ser una empresa,
eso es lo que has dicho, aportación ambigua.

Sobre lagunas, pues es normal que después de meses desconectado del día a día del Ayuntamiento vaya alejándome de todo aquello, aunque no quita que pueda opinar donde me plazca, sin miedo a ocultarme y a riesgo de equivocarme. 

Al respecto de lo que comentas sobre normas internas, no tengo nada que añadir, qué incumplen normas internas? te sugiero que lo pongas en conocimiento del Alcalde y que tome medidas en el asunto tán grave que no te deja dormir.

Cita:
, es más según nos informan

Nos informan?  sufres de personalidad múltiple? eres representante del Frente Judaico Popular? xD 

Cita:

Hay uno, dos, tres…  emplead@s .

Debe considerarse una aportación teledirigida? 

Insisto, sabes muy bien cómo hay que proceder, presenta un escrito y adelante. Ahh!! es que entonces sabrían quién eres… pues mucho tienes que perder para tener que recurrir a escribir en un foro al amparo del anonimato, pues me parece una actitud ruin y cobarde. Me imagino que debe ser una de tus mejores virtudes, además de la personalidad múltiple.

Si no puedes conciliar el sueño pon en práctica alguna cura, tal vez la de humildad te vendría bien.  

Siento no poder seguir acompañandote en tú cruzada particular.

 

 
P
peric_79
20/11/2019 20:38

Hola Joselec gracias por tu aportación, imprecisa, ambigua, sesgada y teledirigida, parece mentira que hayas sido concejal de Recursos Humanos en el Ayuntamiento, que poco has aprendendido y cuánto dinero se ha tirado pagándo tu nómina. 

Existe normativa en el Ayuntamiento que deberías conocer o tienes lagunas muy selectivas,  por la que se rige el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama que no contradice ninguna norma superior y que es de obligado cumplimiento, es más según nos informan, desde el departamento de Recursos Humanos se envió una circular recordando el cumplimiento de esa normativa interna que se debe cumplir, pero los empleados de siempre no la cumplen.

Hay un emplead@ que además su jornada anual no la cumple y  cobra una buena  productividad.

Hay otro emplead@ que no ficha ni a la entrada ni a la salida.

Hay otro empleado@ que ficha y se va a tomar un café al centro comercial día sí día también y después se toma a parte sus descansos.

Hay otro emplead@ que ficha en el reloj que le da la gana, y siempre le ves hablando por teléfono más de media hora en la oficina exterior que tiene en la calle mesón.

 

 
josele3c
josele3c
20/11/2019 18:39

Pues decir que un Ayuntamiento es una empresa, no vale, porque no es cierto y no tienes razón. 

La reforma a la que haces referencia viene en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que entro en vigor el 12 de mayo. Y como parece que no lo has leido, dice lo siguiente:

CAPÍTULO III
Medidas de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
Artículo 10. Registro de jornada.

El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, queda modificado en los siguientes términos

Se modifica el artículo 34, añadiendo un nuevo apartado 9, con la siguiente redacción:

«9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

 

Dicha reforma se hace sobre el Estatuo de los Trabajadores y como parece que debes desconocer, en el propio ET, en su artículo 1.3 dice lo siguiente:

3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley:

a) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias

 El Ayuntamiento no es una empresa, es una administración pública y como tal el personal al servicio de las administraciones públicas se rigen  por su propia normativa a través del EBEP que no ha sido objeto de reforma alguna.

Igualmente, si tienes pruebas de lo que dices, puedes acudir al Ayuntamiento, al registro municipal, y poner un escrito exponiendo los hechos que comentas y aportando pruebas, si las hubiere. De esa manera se iniciaría un procedimiento administrativo que deberá resolver la propia administración, pudiendo resolver y tomar medidas, o rechazarlo. Eso sí, deberás indicar que personal es el que no cumple su jornada laboral, mensual y anual… para que puedan averiguarlo.

Suerte.

 

 
Chico_002
Chico_002
20/11/2019 18:10

peric_79 dijo:

Hola vecinos,

Con la  ley, es obligatorio fichar en todas las empresas con un mínimo de empleados.

El Ayuntamiento, no deja de ser una empresa, 

Me pregunto

¿Por qué no se abrió un expediente disciplinario a todos aquellos empleados que NO fichaban, a la entrada o salida del ayuntamiento o aquellos que no cumplían  la jornada laboral, mensual, anual en la anterior legislatura ? y  ¿por qué? esos mismos empleados siguen sin cumplir la normativa con la nueva entrada del equibo de gobierno.

Estos empleados, están cometiendo una infración muy grave del ordenamiento jurídico.

 

¿Qué pensáis?

A ver si de una vez, toman cartas, porque hay bastante desmadre

 

y quien puede afirmar que lo hagan o no? 

Si hay algo que inquieta, te atormenta o te perturba, puedes dirigirte al ayto para hacer la consulta 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento