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V
Vanister
03/12/2020 14:29

Multa en el estado de alarma

6.095 lecturas | 14 respuestas

Hola, acabo de recibir una multa de la policia local tras pararme el dia 06/05 en estado de alarma por ir en bici con mi hija de 12 años en el horario establecido para los niños (si la hubiera acompañado andando no hubiera pasado nada). Me informaron que no se podía y anotaron mis datos en una libreta (no hubo notificación ninguna) y me dijeron que hacían esto como advertencia por si volvíamos a salir con la niña. Es decir, no hubo resistencia a la autoridad ni Yo estaba practicando deporte (iba en vaqueros… ). 

Siete meses después recibo una multa grave por desobediencia y por practicar deporte fuera del horario permitido. Increible.

1º Han pasado 7 meses de aquello.

2º Me indicaron que no me multaban sino que me advertían que no podía acompañarla en bici.

3º No hubo notificación ninguna, solo me pidieron los datos que anotaron en una libretilla.

4º No hubo ninguna resistencia a la autoridad, todo lo contrario, una conversación de buen rollo donde les hice saber que sino se podía nos volvíamos para casa inmediatamente.

5º Multa grave, es decir 600€ de multa… ?????? estamos locos????

Agradecería si alguien pudiera ayudarme o está en situación similar sobre como actuar en este disparate.

Gracias a todos.

 
L
lolamiguel
21/04/2021 14:18

Mariajosemiramadrid dijo:
Yo tengo la misma multa y he abierto un poste en el Facebook de Vecinos de Paracuellos y he encontrado más gente en nuestra situación. A ver si nos juntamos y anulamos estas multas impuestas justas y abusivas

 

Yo no tengo Facebook, pero cuenta conmigo para todas las gestiones que realiceis sobre este tema.

 
L
lolamiguel
21/04/2021 14:14

Hola a todos,

A nosotros nos ha pasado algo parecido.

A mi hijo le ha llegado también una multa que dice que estuvo en un parque y que se negó a identificarse. Todo mentira, ni estuvo en ese parque ni en ningun otro y cuando le pidieron el DNI lo entregó.

Consulté a un abogado las posibilidades y me dijo que, al no ser que haya grabación o algún defecto en la tramitación, lo que dice un policia municipal es considerado como dicho por una “autoridad” y que no teniamos nada que hacer. 

¿Cómo pueden considerar a un mentiroso autoridad?

Se necesita tener valor para no poner ni una sola verdad en la multa. Qué sinverguenza!! 

Vanister, sentimos la misma sensación de desamparo e injusticia.

Saludos,

 
A
akkeron
15/04/2021 20:42

crono dijo:

Una vergüenza lo haga quien lo haga, pero en este caso te equivocas quien ha vendido las multas es el ayuntamiento en la carta sancionadora la multa la firma el ALCALDE de Paracuellos y la gestión una empresa privada a través de Indra

Por lo cual nuestro alcalde ha vendido la gestion 

Si esto es verdad, lo que le faltaba al Alcalde.

Que vergüenza de tipo, sanciona injustamente a los vecinos y luego parte de nuestro dinero recae en empresas sanguijuelas.

Siento asco y nauseas.

 
C
crono
15/04/2021 10:05

Una vergüenza lo haga quien lo haga, pero en este caso te equivocas quien ha vendido las multas es el ayuntamiento en la carta sancionadora la multa la firma el ALCALDE de Paracuellos y la gestión una empresa privada a través de Indra

Por lo cual nuestro alcalde ha vendido la gestion 

 
M
molaparacuellos
14/04/2021 11:47

crono dijo:

Eso es un abuso ya que las multas la mayor parte han sido inconstitucionales ya que no daban para firmar el tipo de sanción que te habían puesto y luego alegaban “desobediencia” ¿Como se demuestra la sanción?

saben que son ilegales y por eso las han vendido a una empresa privada para que cobre lo que pueda Sn unos LADRONES

Nos ROBAN en impuestos injustos y sanciones inventadas y todavía quieren subir más los impuestos para continuar haciendo más ricos a nuestra consta

Estando de acuerdo contigo, tan solo quería introducir un matiz y es que quien contrata a esa empresa privada es el PP de Ayuso https://elpais.com/espana/madrid/2021-04-09/la-comunidad-contrata-a-un-cobrador-del-frac-para-gestionar-las-multas-covid.html, y quien dice que subirá los impuestos es el PSOE, que ya veremos si lo hace o no finalmente. Por lo demás, asco de políticos!

 
C
crono
14/04/2021 09:46

Eso es un abuso ya que las multas la mayor parte han sido inconstitucionales ya que no daban para firmar el tipo de sanción que te habían puesto y luego alegaban “desobediencia” ¿Como se demuestra la sanción?

saben que son ilegales y por eso las han vendido a una empresa privada para que cobre lo que pueda Sn unos LADRONES

Nos ROBAN en impuestos injustos y sanciones inventadas y todavía quieren subir más los impuestos para continuar haciendo más ricos a nuestra consta

 
V
Vanister
14/04/2021 08:53

Buenos días,

las injusticias suelen terminar mal y así también terminó la mía…

me desplacé al ayuntamiento donde me informaron que tenía un plazo de unos días para recurrir la multa pero también me informaron que si la recurría perdía la posibilidad del descuento de pronto pago del 50%.

Las disyuntiva era, ¿pago con descuento pese a ser injusta la multa? o ¿sigo el proceso al recurrirla esperando que me den la razón y sea anulada?

Pasé varios días sopesando las dos opciones… por un lado mi Yo ahorrador valoraba el descuento y por otro lado mi Yo justiciero pensaba que no saldría un solo euro de mi bolsillo ante tamaña injusticia.

Volví al ayuntamiento una segunda vez dispuesto a recurrirla, tras mi debate interno, pero un funcionario me comentó que creía que podía existir un segundo descuento en el pago (20% añadido) y me puse en contacto con la empresa que gestiona las multas. Ellos me confirmaron que en caso de no recurrirla me aplicarían el 50%+20%= 70% sobre la multa de 600€.

Volvi a mi casa y volví a sopesar la situación… otra vez mi lado ahorrador y mi lado justiciero… con la premisa acuciándome del paso de los días para recurrir y/o aprovechar el descuento.

Finalmente mi lado ahorrador ganó el debate, acepté el descuento, aboné 180€ y me olvidé de este desagradable episodio.

Sinceramente, el dinero duele pero duele más la sensación de desamparo e injusticia a la que estamos expuestos… ¿Hubiese sido mejor litigar y empezar un proceso interminable y también costoso en términos económicos?

Agradezco el interés de todos y espero que mi testimonio pueda servir de ayuda.

 

 
M
mar2321
14/04/2021 00:12

Me gustaria saber al final que paso y si recurriste y te aceptaron el recurso.

 
cervi
cervi
06/12/2020 19:50

Me parece una pasada lo de este Ayuntamiento y lo de la policía municipal.

Nos acordaremos en las elecciones de los que roban a los vecinos.

Reclama hasta el final, no hay derecho lo que están haciendo a los vecinos.

Ladrones justificándose con la ley en su mano.

 
A
akkeron
03/12/2020 21:37

Que vergüenza lo de las sanciones a los vecinos por este tipo de actos.

 

 
josele3c
josele3c
03/12/2020 20:03

Pues entonces la sanción creo que debió ser cuando estábamos en Fase 1, en ese caso aplica además lo establecido en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf

En el artículo 2 apartado 4:  Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Dicha limitación no será aplicable a la práctica no profesional de cualquier deporte individual, estando ésta permitida dentro del municipio donde se reside

Lo del tiempo tb viene recodigo en dicha Orden Ministerial.

Tal y como comenté anteriormente, creo que la policía no tiene que entregarte notificación, pero sí que deben informarte de la apertura de expediente administrativo. Y si, pueden tomarte los datos, otra cosa es que te dijeran que era una advertencia y que la próxima vez te aplicarían sanción, pero me imagino que había orden expresa de sancionar, como en la mayoría de lugares de España.

Tb, como había indicado anteriormente, los plazos administrativos se suspendieron en el Estado de Alarma, y concretamente viene establecido en el Real Decreto Ley 463/2020 de 14 de marzo, y según he leído, los plazos volvieron a computar desde el día 1 de junio:   https://www.iberley.es/noticias/comienzan-computarse-plazos-administrativos-suspendidos-estado-alarma-30302

Con efectos desde el 1 de junio de 2020se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas”

Entiendo que el plazo comienza a correr desde el día 1 de junio y al ser una falta grave, creo que son 6 meses para su notificación, pero no estoy seguro de ello. desconozco si tienen subcontratado la gestión de este tipo de sanciones con una empresa o si lo hacen con el personal técnico municipal.

De todas formas, si hay algún defecto en el procedimiento un profesional podrá verlo y gestionarlo desde dicha circunstancia.

Igualmente, acude a un profesional porque solo estoy poniendo información y dando una opinión.

Suerte

 


 


Editado por josele3c 3/12/2020 20:04
 
V
Vanister
03/12/2020 19:32

Gracias a ambos por responder,

la cuestión es ¿donde estaba escrito que yo acompañando a mi hija menor en su salida en bicicleta de 1 hora a 1 km. máximo del domicilio debía ir caminando? 

Otra cuestión es ¿no debían los policías haberme informado en el momento de la sanción e incluso haberme entregado justificante con la denuncia? ¿es válido apuntar en una libretilla?

También, han pasado 7 meses desde el suceso ¿no hay un plazo máximo estipulado para notificar la sanción?

Se que en Miramadrid debe haber más gente afectada porque un minuto después de mí ya estaban parando a una madre con su hija.

Agradezco vuestros comentarios.

 
josele3c
josele3c
03/12/2020 18:46

Hola, pues comentar que en el Estado de Alarma los plazos administrativos se quedaron en suspenso con lo que entiendo que se pondrían en marcha al levantarse dicho Estado de Alarma.

La sanción es grave por considerarse desobediencia,  pero a la Ley de Seguridad Ciudadana, puesto que el Decreto Ley del Estado de Alarma, 463/2020 de 14 de marzo establece unas limitaciones y prohibiciones por parte del Gobierno central, el Estado,  e incumplirlas o,  “desobedecerlas”, es motivo se sanción grave por desobediencia, creo que será por el art 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana,  aunque, en dicho articulo conste que tb puede ser por resistencia a la autoridad, realmente es por desobediencia.

No tiene sentido que te pidan los datos y los apunten para que luego hagan una advertencia verbal; los anotaron para sancionar y no es necesario que lo notifiquen en el momento, pero creo que lo si tienen que hacer es  informarte de que van a abrir un expediente administrativo, pero aquí es tu palabra contra la de del agente, o agentes. 

Cuando recibes la notificación empiezan a correr los plazos para poder presentar alegaciones, cero que son 15 días hábiles. Por tanto, acude a un profesional, incluso  hay seguros de hogar que tienen un servicio de asesoría jurÍdica, porque cuando acabe el plazo,

Pero el asunto tal vez, después de este procedimiento, puedas llevarlo a otro nivel, por si consideras que hubo mala fe si te dijeron que era como advertencia y no te informaron que abrirían un expediente informativo, vamos, ir al juzgado, además teniendo un testigo, aunque sea un menor, pero a ver que te dice algún profesional cuando acudas a consultarle 

Suerte

 

 
Shark
Shark
03/12/2020 16:50

Joer, vaya palo.

No soy jurista, al menos en estos temas,con lo cual seguro que alguien te puede decir algo más fehaciente que yo y con más fundamento, pero hasta donde yo se, hay un tiempo para la notificación de la denuncia (7 meses más tarde te deja indefenso ante la palabra del policía y más en este caso donde (según indicas) no hay ninguna prueba documental ni física, más allá de su palabra), más que nada porque tras la notificación, tienes 15 días para presentar alegaciones y en caso de denegación recurrir a la vía judicial….y en este caso creo que se han vulnerado todos tus derechos.

Por otra parte según creo recordar la ley orgánica que amparaba el estado de alarma, establecía en sus disposiciones que "Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes".

En tu caso, ya no es que fuera una sanción firme, si no que ni tan siquiera hubo la notificación, y por lo tanto como te indico no has tenido el amparo de alegaciones y recurso.

Lo dicho, haz una consulta más profesional, está es más bien de cuñao, como te digo no toco estos palos, y en todo caso, presenta alegaciones asap. Hay formularios por internet.

Suerte

 

Fin del hilo
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