Hola nuevacasa®, lo siento pero no estás en lo cierto. La condición de que la hipoteca supere el 50% del valor de adquisición es la que permite desgravar más durante los dos primeros años pero, aunque financies menos de ese porcentaje, sí que puedes desgravarte durante toda la vida del préstamo. Esto de todas formas ha cambiado con la nueva reforma del IRPF, de tal manera que los que compramos ahora nos desgravaremos el 15% de las cantidades pagadas siempre, sea cual sea el porcentaje financiado.
Ten en cuenta también que en todo caso ese 50% es sobre el VALOR DE ADQUISICIÓN al que tú has comprado y que figura en el contrato de compraventa, y no sobre el VALOR DE TASACIÓN que te puedan dar al solicitar una hipoteca nueva.
Adjunto párrafo explicativo:
" Trato especial de las hipotecas que: a) financian un mínimo del 50% del valor de adquisición y b) durante los tres primeros años amortizan menos del 40% del importe inicial de la hipoteca
Cuando se dan estas circunstancias, la actual reglamentación da un trato especial a los primeros 4.507,59 € pagados según el tiempo que haya pasado desde la compra de la vivienda:
Durante los dos primeros años desde la adquisición: los primeros 4.507,59 € desgravan un 25% y el resto, hasta un máximo de 9.015,18 €, lo hacen en un 15%.
Pasados los dos primeros años desde la adquisición: los primeros 4.507,59 € desgravan un 20% y el resto, hasta un máximo de 9.015,18 €, lo hacen en un 15%. "