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R
RC77
19/03/2017 19:26

Nosotros hemos hablado con Neinor y es un trágala. Tienes la opción de que te devuelvan el duplo si no quieres firmar por incumplimiento, pero después de un año desde la firma de la reserva, la verdad es que es un abuso. Como tienen venta segura si alguien se echa para atrás, y a un precio mucho mayor pasado un año, no parecen dispuestos a cambiar nada. Les afeamos la conducta pero no se mueven ni un ápice.

Se escudan en que quieren tener clientes solventes y protegerse ante la mala fe de algunos, que pueden tener una reserva a sabiendas que nadie les va a financiar. Se lo podían haber pensado antes de incluir esa cláusula en la reserva 

Además, ya se han cuidado de poner una claúsula  en la que la firma de este contrato invalida cualquier documento firmado con anterioridad (reserva)

Creo que legalmente ahora no podemos hacer mucho, a no ser que les apretemos todos ahora. Elevaremos protesta formal y ya veremos que hacemos más.

Vayamos mirando a ver qué se nos ocurre

 
M
MG1072
19/03/2017 11:42

Tienes razón, antes me había mirado el borrador que me entregaron, el que me ponen en la web cuando entro con mi clave es el que dices, han eliminado del incumplimiento lo que podíamos alegar en caso de no obtener financiación; pero en la reserva que también figura en la web, con mi firma y el que firmo por poder de NEINOR figura con lo que en mi opinión LES OBLIGA A RESPETAR EL CONTRATO DE RESERVA COMO ANTECEDENTE BÁSICO DEL CONTRATO PRIVADO POSTERIOR.

Lo que entiendo que debemos hacer es UNIRNOS y que vean que todos defendemos nuestros legítimos derechos. Ya somo 5, más del 10%, tenemos que conseguir que se vayan sumando hasta que seamos los 45 vecinos de esta promoción. Posteriormente si os parece nos podemos ir identificando inicialmente por la vivienda que hemos reservado. Ya diréis. Saludos. 

 
C
CC2007
18/03/2017 12:26
El borrador que comentas no es la versión actual...
Los supuestos de no consumación de la reserva se han esfumado y con el clausulado actual del contrato de compraventa no tenemos derecho a nada si no podemos acceder a la financiación.

Adelantar un 20% y poder perderlo todo si por cualquier motivo no podemos acceder a la financiación es abusivo. Especialmente cuándo la seguridad -en caso no poder accceder a la financiación- era unos de los argumentos comerciales en la comercialización de la promoción.

Si Neinor considera que el clausulado anterior era demasiado arriesgado podía haber planteado una modificación para hacerlo más restrictivo. Sin embargo ha optado por desproteger a sus clientes y dejar la decisión final a su criterio y conveniencia.
 
M
MG1072
14/03/2017 15:46

Hola.

Me he reeleido el borrador de contrato y en la cláusula SEXTA. – Incumplimiento, pag.5, último párrafo dice: “ Lo anterior no obstante….…la entidad financiera no consintiese que el comprador se subrogara el crédito hipotecario….….….o de otra manera no lograra acceder a financiación…..etc”. Creo que despeja tus dudas sobre esto que planteabas.

En cuanto al FINAL del primer párrafo de la cláusula Quinta que reza:….?., no admitiéndose modificaciones de OBRA a iniciativa del COMPRADOR”? no sé si engloba las variaciones por cuestión de estética de interiores de viviendas que no afecten, ni a paredes medaneras, ni columnas de carga, ni canalizaciones de ningún tipo, etc… pero NO a tabiques de pladur (en mi opinión)

Ya me dirás. Saludos.  

 

 

 
B
B2015
13/03/2017 22:01

Yo creo que en el contrato de compraventa debería constar todo el punto 5 del de reserva (supuestos de no consumacion). Tampoco me gusta que no aceptan realizar absolutamente ningun cambio a peticion del comprador y que la memoria de calidades no da demasiada información sobre calidades.

 

 

 
M
MG1072
13/03/2017 09:29

Hola.

Me miraré otra vez los contratos y te daré mi opinión; vaya por delante que considero que hay alguna claúsula abusiva que no deberiamos permitir.

 
M
MG1072
13/03/2017 09:26

Hola.

Espero que si, pues todavía estoy esperando firmar el contrato que entiendo que tiene alguna claúsula abusiva que deberiamos negociar, pues en mi caso la reserva la realice en Abril-2016 (pronto un año) y en el momento de la reserva no me dieron el borrador del contrato.

 
R
RC77
12/03/2017 21:28

Hola a todos:

En el contrato de reserva la cláusula quinta  permite recuperar las cantidades aportadas si en el momento de ir a firmar la escritura no conseguimos la financiación hipotecaria. Está en la cláusula “Quinta – supuestos de no consumación”

Pues bien, no se si habréis notado que en el modelo de contrato de compra-venta que se supone que firmaremos próximamente, dicha cláusula no está.

Yo, por mi parte, voy a escribir a Marcos y directamente a Neinor ya que considero no se pueden alterar las clausulas del contrato de reserva al contrato de compraventa.

Creo que es un tema de vital importancia. En otras promotoras de neinor están teniendo el mismo problema.

 

 
B
B2015
12/03/2017 01:50

Hola, serem veïns de la promoció!

 

Fin del hilo
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