Aquí parece dejar claro que corresponde pagarlo al titular del inmueble el 1 de enero, pero también deja claro que en caso de que este sea declarado insolvente (cosa rara en un promotora con otras promociones en curso), el pago esta afecto al bien, por lo que tendríamos que hacer frente.
Echarle un ojo.
http://www.divertinajes.com/deley/050123.html Andrés.