Estoy leyendo el artículo 12 de los estatutos de la cooperativa, que dice lo siguiente:
1.- Los socios cooperativostas podrán darse de baja voluntariamente mediante.... (no copio ésto porque creo que ya no podemos)...
Los socios cooperativistas, una vez abonada la cantidad a cuenta del precio de la vivienda que se fije en la asambleageneral a tal efecto, adquieren el compromiso de no darse de baja voluntariamente hasta la finalización de las obras de construcción de las viviendas y entrega de las mismas, o en última instancia hasta que haya transcurrido, desde su admisión, el tiempo de 4 años, salvo si presenta a otra persona que se subrogue en su posición, en idénticas condiciones.
En nuiesro caso han pasado 8 años desde nuestra admisión, o 6 años desde que en 2007 nos dieron la opción de marcharnos o seguir en ella sin poder darse de baja. Pero, según este artículo de esta cooperativa, ya superamos los 4 años...