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Maripal
Maripal
30/04/2009 22:53

Propietarios morosos ¿Qué hacer?

¿Cómo puedo recuperar los recibos impagados de mi comunidad de propietarios?

1.671 lecturas | 2 respuestas
Hola!!

Este año me ha tocado a mi ser la presidenta de la comunidad de propietarios. No tenemos administrador y me he dado cuenta de que había muchos recibos impagados incluso desde principios de 2008.

En principio, en reunión de propietarios acordamos el llegar a un acuerdo con ellos para que lo paguen.

Pero como segunda opción hemos decidido si lo anterior no surte efecto el intentar cobrarlo legalgente, mediante una demanda.

Las cantidades rondan los 300 euros en los dos casos.

Peroooo, los demás propietarios no quieren que reclamar este dinero nos cueste ni un centimo de euro a los demás, algo que ya no se si se puede hacer.

En uno de los casos, la vivienda en cuestión está en proceso de ser adjudicada al banco si no pagan lo que les deben de hipoteca antes.

Entonces he aqui otro problema, porque me han contado que una adjudicación no es igual que una venta, y que a pesar de las cargas volvería al banco pero la deuda sería del anterior propietario.

Asi que, espero consejos que me puedan ser útiles.

Muchas gracias!

 
Maripal
Maripal
01/05/2009 18:05
Gracias!!

Intentaré por las buenas primero y luego ya, si no se puede, haré lo que me has dicho, para ir con la ley por delante.

Llevo apenas un mes en el cargo y mira que fregados me han dejado de herencia mis antecesores...
 
J
JUCURU
01/05/2009 08:02
Hola.

Para reclamar el dinero a los morosos por el juzgado no hace falta buscar abogado, el procedimiento a seguir es el siguiente, si ya habeis mandado una carta y no hacen caso, el siguiente paso es APROBAR LA LIQUIDACION DE LA DEUDA, se pone como punto en el orden del dia, se aprueba, se reflejan en acta las cantidades y los nombres y se autoriza al presidente para reclamarla por el juzgado, se llama proceso monitorio, en el juzgado te lo explican.

Es obligacion de la comunidad reclamarlo, en caso que la vivienda se embargue o cambie de nombre y el notario no pida un certificado de estar al corriente de los pagos, la comunidad perderia todo lo anterior ... al año anterior y hasta la fecha cuando se trasmita del año en curso, porque se entenderia que ha habido negligencia por parte de la comunidad, pagar es una obligacion.
 

Fin del hilo
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