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M
marga22
30/05/2009 17:02

Cúmulo de errores difíciles de resolver

¿Puede el administrador imputar costes a la vecina reclamada por una búsqueda registral si no había deuda en el momento del acuerdo?

1.922 lecturas | 3 respuestas
Una comunidad de vecinos acuerda la reclamación por la vía judicial a una vecina por una cuantía que ha sido satisfecha diez dias antes. Meses más tarde, en ejecución del acuerdo, el administrador le factura a la vecina reclamada la busqueda registral de su propiedad como paso previo a la interposición de la demanda.

Tras esos meses más tarde, la vecina reclamada y debido a un despiste, se ha puesto en posición deudora de 80 €uros, pero el administrador por burofax le reclama 800 €uros (sigue sin contabilizar 710 €uros que había ingresado dias antes del acuerdo de reclamar por la vía judicial).

¿Puede imputar el administrador a la reclamada los costes de la búsqueda registral, cuando a fecha de acuerdo no había deuda que reclamar?

¿Qué articulado de qué ley ampara al reclamado?

¿Debe abonar la vecina reclamada el coste de los burofaxes, aun cuando lo que se reclama no se puede atender, por exceder, y en mucho, la deuda real?
 
A
administradormajadahonda
05/06/2009 09:50
Si la vecina ha ingresado, que presente la documentación ante el juzgado, y este será quien decidirá quien ha de abonar las costas que ha generado el procedimiento.
 
M
marga22
03/06/2009 21:31
El pago del vecino no se hizo antes de la interposición de la demanda, se hizo quince dias antes de que la junta de propietarios se reuniese para acordar la reclamación por la vía judicial. Sencillamente, el administrador no contabilizó el pago y presentó al vecino como moroso ante la junta. Es decir, no habían existido jamás pagos vencidos sin pagar.
 
D
danix2
03/06/2009 16:23
si, si que puede, porque el pago por parte del vecino moroso se hizo inmediatamente antes de la interposición de la demanda, pero la preparación de la demanda lleva implícitos una serie de gestiones que tienen un coste económico cuantificable. Y la demanda se preparó como consecuencia de impagos debidos y vencidos del vecino moroso, por ello el juez fallará a favor de la comunidad/administrador, y encima puede que el vecino moroso deba cargar con las costas judiciales de ambas partes. Así de sencillo.

marga22 dijo:

Una comunidad de vecinos acuerda la reclamación por la vía judicial a una vecina por una cuantía que ha sido satisfecha diez dias antes. Meses más tarde, en ejecución del acuerdo, el administrador le factura a la vecina reclamada la busqueda registral de su propiedad como paso previo a la interposición de la demanda.

Tras esos meses más tarde, la vecina reclamada y debido a un despiste, se ha puesto en posición deudora de 80 €uros, pero el administrador por burofax le reclama 800 €uros (sigue sin contabilizar 710 €uros que había ingresado dias antes del acuerdo de reclamar por la vía judicial).

¿Puede imputar el administrador a la reclamada los costes de la búsqueda registral, cuando a fecha de acuerdo no había deuda que reclamar?

¿Qué articulado de qué ley ampara al reclamado?

¿Debe abonar la vecina reclamada el coste de los burofaxes, aun cuando lo que se reclama no se puede atender, por exceder, y en mucho, la deuda real?

 

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