Buenos días:
Me gustaría que me informaran por el siguiente tema.
Pertenezco a una comunidad compuesta por 10 bloques con un total de propietarios de 244+17 locales
En el año 2014 en Asamblea General se aprobó una derrama de 60,00 €, X 288 vecinos para solventar las deudas de la comunidad
Estas deudas estaban reflejadas en seis proveedores con un total 15.000,00 € aproximadamente.
Una vez recaudada esta derrama a salvo aquellos vecinos que no la pagaron (un porcentaje mínimo) el Administrador con el visto bueno de la presidenta (sin consultar con el restos de los vecinos) deciden Abonar el total de la deuda solo a uno de los proveedores.
Al resto no se le Abona absolutamente nada sin ningún tipo de explicaciones.
Al cabo del tiempo, me entero que sobre todo uno de los proveedores decide anteponer una demanda judicial por reclamación de deuda.
El Administrador o la presidenta, no recogen los distintos burofax, hasta tres, para retrasar lo posible el asunto después de tres años aproximadamente el juzgado les ha obligado a recibir la reclamación judicial.
Mi pregunta es, una vez celebrado juicio que perderemos con toda seguridad, con el consiguiente sobre coste de costas, intereses y gastos del demandante (que si el importe de lo reclamado de 4.000 €uros esto se pondrá en unos 3.000 €uros mas).
Estos gastos se les puede reclamar tanto al Administrador como a la presidenta.
Así mismo si se pide una derrama aproximadamente de 17.000 euros para pagar deudas, porque no se pagan, esto implica de alguna manera de administración ilícita y que se puede hacer.
Muchas Gracias