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pompella
pompella
09/08/2009 00:11

BARBACOA.....INDULTADA

¿Cómo solucionar el problema de humo y olores de una barbacoa en un edificio?

3.449 lecturas | 2 respuestas

Hola amigos! Me gustaria que me confirmarais una posible resolucion a un cotertuliano del foro el tema era de una barbacoa situada en pl.baja y el vecino que vive justo encima 1 pl. le entran humos y olores. Se le podia aplicar al dueño de la barbacoa el art. 7 LPH y al mismo tiempo dirigirse al Ayuntamiento que seguramente tendra normativas de barbacoas..
YO tengo el mismo problema, se lo consulte al Administrador y SIN supervisar nada por telefono me contesto "la terraza es privativa y puede hacer loque quiera" le avisaremos de que haga poco humo.
Yo soy el presidente puedo notificar por carta al adminitrador e vecinos de dicho
malestar y dirigirme al ayuntamiento al tomar acciones legales.
Si fuera si.........el administrador no da la talla.....?
MUCHAS GRACIAS!     Un saludo....Jucuru

 
pompella
pompella
09/08/2009 19:38
Muchas gracias! como siempre eres de gran ayuda......en este caso yo soy el denunciante que soy el perjudicado que vivo justo encima 1 pl.
GRACIAS,  eres muy atento  Jucuru.
 
J
JUCURU
09/08/2009 08:55
Saludos Pompella,  en las terrazas privadas se puede hacer lo que se quiera cumpliendo la Ley, diselo a tu administrador.

Las barbacoas suelen ser un actividad clasificada dentro del concepto "actividad molesta, insalubre o peligrosas", por tanto, si se realizan, pueden ser denunciadas.

También suelen estar prohibidas por las normas contra incendios, pues para hacer barbacoas se suelen requerir una serie de requisitos legales que no se suelen cumplir en la mayoría de los casos.

La actividad de la barbacoa se puede prohibir dentro de las normas de régimen interno, normas que se aprueban por mayoría simple.

Si consideras que esa proibición te perjudica, debes impugnarla, pero si continuas con la actividad, te pueden denunciar.

Si llaman a la policia y están prohibidas por las normas contra incendios, te sancionarán con una multa que, dependiendo del lugar, suelen ir entre los 300 y los 1000 Euros, incluso pueden ser superiores si, además, están situadas cerca de lugar con especialidad peligrosidad.


Para mas informacion te pego este enlace de un real Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre




http://www.ruidos.org/Normas/RAMINP.htm
 

Fin del hilo
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