Volver al foro
S
sofia36
10/09/2009 18:40

Quien?

¿Quién debe reclamar en caso de denuncia por impago de obras en comunidad con fondo común?

1.724 lecturas | 3 respuestas
Hola.
Dos comunidades A-B Con distintos presidentes,  hacen un fondo común, para realizar obras en la fachada( quitar baldosa en mal estado)  
se pide una cantidad de 150 euros por propietario, y los presidentes se ponen en contacto y como había un poco de fondo de dinero en las comunidades, pues deciden empezar las obras.
Ahora a pasado un año y hay propietarios sin pagar esas obras,  y en la comunidad B solo hay uno dos sin pagar esas obras, pero si van al corriente de pagos de la comunidad. 
La presidenta de la comunidad B  exige que paguen y les a quitado el derecho a voto,  
Bien, mi pregunta es quien debe reclamar en caso de denuncia,  los presidentes que hicieron el fondo común o cualquier presidente ,,   y  los propietarios que ban al corriente en su comunidad,  pero no en el fondo común,  con un numero de cuenta diferente del banco,  son amorosos en el fondo común o en  su comunidad también. 
 
Etiquetas
Fondo común
J
JUCURU
12/09/2009 16:01
-Los morosos son morosos en su subcomunidad.
-El fondo comun se crea con un fin que ya ha terminado por tanto se anula.
-Los morosos no tienen derecho a voto en su subcomunidad, aunque la deuda haya sido contraida en una obra que no tiene que ver con la subcomunidad pero que es legal y ha seguido el procedimiento correspondiente

En su reunión de su comunidad con su presidente B tiene derecho a voto? por que en su comunidad van al corriente de pago.

No, esto esta mal, el que no haya pagado en el fondo comun es moroso y no tiene derecho a voto en su subcomunidad, puesto que es un compromiso que adquieren todos por obligacion para un caso extraordinario, una vez acabado el responsable de cobrar al moroso es el que lo tenga en su lista, puesto que el fondo comun debe anularse y no lo controla nadie

 
S
sofia36
12/09/2009 14:13
Hola JUCURU.
Tengo una duda que no e entendido bien,  los morosos del fondo común,  son morosos que no tienen derecho a boto cuando haya otra reunión de  las dos comunidades A . B 
En su reunión de su comunidad con su presidente B  tiene derecho a boto?  por que en su comunidad van al corriente de pago.
Osea que son diferentes cosas. 
 
J
JUCURU
11/09/2009 08:04

Por tu relato se desprende que en la misma comunidad hay dos subcomunidades, A Y B  se administran por separado y cada una tiene su propio presidente/ta, se ha tenido que hacer una reforma integlal en la cual deben participar todos, los presidentes se reunen, crean un fondo para afrontar las obras y aparecen morosos en ambas subcomunidades, hasta aqui todo es normal y esta permitido en la Ley.

¿son morosos en el fondo común o en su comunidad también. ?

Son morosos y cada presidente se debe encargar de hacer pagar al que tenga en su lista, si las obras ya han terminado, lo que falte de pagar a cada subcomunidad se puede poner del fondo de reserva que tenga cada una o del resto que tenga  la propia cuenta,  el fondo que se creo con este fin se anula, y cuando se recupere el dinero de los morosos se devuelve a donde se haya sacado. La reclamacion se debe hacer por separado.


 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento