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S
sofia36
19/09/2009 13:46

Reunion

¿Es legal que la presidenta convoque una reunión y no asista a ella?

1.602 lecturas | 3 respuestas
Hola,  la presidenta convoca una reunión,  para aprobar un presupuesto y  ayer era el día de la reunión y nos llevamos la sorpresa de que no asistió ala reunión,,  y el presupuesto  ni se aprobó ni se anulo.  Como sino hubiese habido una reunión  pero si mando cartas con fecha y hora. 
Puede la presidenta convocar una reunión y no presentarse ala reunión?? 
es legal eso?
 
J
JUCURU
20/09/2009 18:32
Si hay junta convocada y celebrada, (aunque no haya estado la presidenta) el administrador como secretario que es, debe redactar acta, si ha decidido no hacerla, no habra una prueba testimonial de la reunion y por tanto los presupuestos estaran sin aprobar y no estareis obligados a pagar nada puesto que los pagos deben estar justificados.

Solo te puedo decir en un caso asi, que es una chapuza, no demuestra ser un buen profesional no haciendo acta, debe hacerla por respeto a los que asistieron a la reunion y porque es su obligacion.

La firma de asistencia no es obligatoria, algunos administradores lo hacen otros se limitan a poner un cruz en la lista de propietarios, para saber quien ha asistido.

Como podemos demostrar lo que se aprobó si no hace acta. si aprobasteis algo que sea relevante debeis reclamar el acta cuando pasen un par de semanas, si no lo haceis no lo podreis demostrar, haceros sentir o cambiar al gestor.


 
S
sofia36
20/09/2009 14:10
Hola JUCURU.
El señor gestor, presento varios presupuestos y los pocos propietarios que asistimos ala reunión,  votamos que no y una vecina ayer hablo con el gestor para otros asuntos y dijo que no ara ningún acta de esa reunión.
El gestor puede negarse hacer un acta? 
nada mas llegar donde nos cito, que fue su local,  nos izo firmar como asistentes y hubo reunión, sin presidenta. 
Como podemos demostrar lo que se aprobó si no hace acta
Un gran saludo y muchas gracias.
 
J
JUCURU
20/09/2009 09:41
Si la reunion la convoca la presidenta lo correcto es que este presente,  a no ser que tengais administrador  y le haya dado instrucciones, despues de todo es la junta de propietarios quien debe tomar las decisiones.

De todas formas en una situacion asi, puesto que la junta de propietarios es el maximo organo de gobierno y estabais convocados, los asistentes a la misma podian haber nombrado a un secretario de actas y decidir sobre el orden del dia, hubiera sido valido,  el presidente es uno mas a la hora de votar....es una cuestion de haber tomado la iniciativa y resolver.

En las competencias del presidente que principalmente estan recogidas en los articulos 13, 16 y 7, 9, 19, 20 y 21 solo en el articulo 19,3  dice ..... . El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes, por lo que se deduce que si debe estar presente pero lo que realmente importa es lo que decida la junta de propietarios una vez convocada, que en este caso parece que solo os han hecho perder el tiempo.
 

Fin del hilo
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