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luz65
08/02/2010 18:42

oposición acuerdo comunidad

¿Es legal realizar un nuevo cómputo de votos en una comunidad de propietarios para invalidar un acuerdo previo?

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 Hola,
En el mes de octubre pasado hicimos una reunión de la comunidad de propietarios donde se acordó por mayoría de 11 a 5 (los asistentes eramos 16 entre presentes y representados de los 24 vecinos) la supresión del servicio de porteria, aprovechando la jubilación de la portera. Tres de los vecinos que no asistieron a la reunión se han opuesto al acuerdo y han enviado un burofax al administrador indicando su oposición y, posteriormente, han recogido 11 firmas para convocar una reunión extraordinaria para tratar sobre el tema ya que con el 25 % de los vecinos, ésta se puede realizar.
Mis preguntas son las siguientes: ¿es legal que se realice un nuevo cómputo de votos porque si ello es así significaría la invalidez del acuerdo tomado en el acta de octubre?. Los que votamos la supresión del servicio de porteria, ¿hemos también de recoger firmar a favor?.
Si el acta de octubre es legal, aunque los burofax hayan sido enviados antes del mes para oponerse al acuerdo, ¿se les puede obligar, de alguna manera, a que impugnen judicialmente?
La comunidad es de Barcelona y, por tanto, se rige por la Ley 5/2006 de 10 de mayo del Parlamento de Cataluña, que tiene ciertas diferencias con del resto de España.
Gracias por vuestra ayuda.
 

Fin del hilo
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