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C
carmendh
18/03/2010 17:19

cuota y porcentaje de participacion

¿Es legal establecer una cuota mensual desproporcionada en una comunidad de vecinos?

3.250 lecturas | 2 respuestas
Hola, mi nombre es Carmen.
Tengo un problema en la comunidad que he visto se repite en este foro. Es referente al establecimiento de la cuota mensual que cada vecino tiene que pagar.Somos 22 casas adosadas. Hasta ahora se hacia a partes iguales, porque aunque hay 4 casas que son un poco mayores que las 18 restantes tan solo tenemos para uso comunitario una piscina de la que se hace un uso por igual de todos los vecinos.
Hace dos meses se contrató un administrador y en la primera reunión de vecinos propuso pagar por coeficientes.A la reunión solo asistieron 8 vecinos, se aprobó con el voto favorable de 7. Yo no voté, me encontraba un poco sorprendida por el planteamiento y a la hora de votar no lo hice. En el acta lo han recogido como abstención, aunque yo no acabo de estar de acuerdo.
Se ha establecido una cuota nueva desproporcionada, en la que los 4 vecinos de las esquinas tendriamos que pagar casi el doble  que el resto.
Esto se ha hecho atendiendo a los coeficientes de participación que figuran en el registro, pero que yo entiendo que según el articulo 5de la LPH no se ajustan a la ley, ya que nuestro coeficiente es mucho mayor porque tenemos parcela pero los metros de vivienda no son tan diferentes-
Me gustaría saber si tengo razón y en este caso cuales son los pasos a seguir para intentar anular el acuerdo.
Muchas gracias y un saludo.-
 
C
carmendh
19/03/2010 10:26
Gracias por responder.
¿quier decir entonces que cuota y coeficiente son lo mismo? Mi coeficiente es mayor pero solo por la parcela, no por los metros utiles de vivienda.
Tenemos unos estatutos que se elaboraron en la primera reunión de vecinos donde se establece el pago a partes iguales, ya llevan 15 años aplicandose y se aprobaron por unanimidad pero no estan escriturados.
 
P
PEPE123
18/03/2010 18:48
Lo primero que tienes que hacer es informarte si hay o no Estatutos debidamente registrados en el Registro de la Propiedad, ya que en ellos debe figurar el sistema de reparto de cuotas.
Caso de que no existan Estatutos, o que en estos no figure nada al respecto, el sistema de reparto por defecto es por coeficiente.
Pero, si en una Junta se ha acordado POR UNANIMIDAD cambiar el sistema de pago por partes iguales (el que teniais hasta ahora) éste sería el vigente, y para cambiarlo haría falta de nuevo unanimidad.
 

Fin del hilo
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