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Albertito2611
21/03/2010 00:09

Constitucion de comunidad al escriturar.

¿Tengo que pagar una provisión de fondos y constitución de comunidad después de un año y medio de haberse constituido?

3.732 lecturas | 7 respuestas
 El caso es que este dia 30 escrituramos el piso, y la promotora me dice que tengo que pagar 290 euros en concepto de provision de fondos y constitución de la comunidad.

La comunidad se constituyo hace mas de un año y medio y solo faltaban por vender mi piso y otro.

Ellos me dicen que cuando se contituyó la comunidad ellos tuvieron que adelantar ese fondo, y que ahora se me repercute a mi, a parte me lo dicen muy pero que muy convencidos y amparandose en la ley según ellos.

Tienen razon?


MUCHAS GRACIAS.
 
P
PEPE123
23/03/2010 20:53
Plántealo de otra forma.
Cuando se constituyó la comunidad, la promotora tuvo que hacer frente a los gastos de comunidad, constitución y posteriores recibos, como propietaria de ese piso. Es una pelea muy típica en las comunidades, que la promotora no quiere pagar los gastos de comunidad de los pisos que tiene por vender, pero tiene que hacerlo.
Tu deberás pagar desde el momento en que compras, pero entiendo que ni un euro más, esa historia de la constitución es un tema que no te afecta.

 
A
Albertito2611
22/03/2010 13:55
 Ya lo sé gracias, era solo comentarte estos temas a ver que te parecian lo que me dijeron.





Gracias.




 
lebiram
lebiram
22/03/2010 13:51
Pues nada, eso ya es cosa tuya.

Un saludo
Maribel Bautista
Abogada
Experta Técnica Inmobiliaria
Mqubico - Abogados
info@mqubico.es
http://mqubico.es
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A
Albertito2611
22/03/2010 13:29
 La vivienda es de Lerida.

Esta mañana estado hablando con un administrador de fincas de otra comunidad que tengo en barcelona y lo a consultado con no se quien y me a dicho que es correcto.

He llamado a la administradora que lleva lo de Lerida y le he preguntado que se pago en su dia por la constitucion, y me dijo que 200 euros por piso 60 euros por plaza de parking y 30 euros por trastero.

Contando que tengo el piso, 2 plazas de parking y 1 trastero serían 350 euros, pero si solo sumas piso+plaza+trastero salen los famosos 290.



La verdad es que el piso esta muy pero que muy rebajado (cotejado con otros vecinos), se vende por precio de hipoteca, por lo que me da que no sé si insistir mas o que.


GRACIAS




 
lebiram
lebiram
22/03/2010 11:01
Bueno, pues puedes pedírselo a ambos, pues tendrán los dos copia del tema que nos ocupa. Aunque he estado pensando, y por otra parte, ¿cuánto tiempo dices que hace que se creó la comunidad? Lo mismo ni tienes que pagar nada. Tú ya has entrado con la comunidad creada. Es como si ahora te vienen diciendo que tienes que pagar toda la comunidad atrasada (las cuotas) desde que se creo. Es que ayer, leí el post por encima, pero luego releí que contabas que hacía año y medio que se había constituido la comunidad... No me parece procedente que te cobren (y menos provisión de fondos...) después de tanto tiempo. Ellos han sido los propietarios hasta ahora, (el promotor) y son los que se han hecho cargo. Pero todo es negociable. Lo que no debes, bajo ningún concepto, es pagar la provisión, sino pedir el total de la factura de constitución. Debe tenerlo la Comunidad, ya que el promotor, como lo que te está pidiendo es la provisión que se pidió a todos, pues es eso lo que te pide. ¿Dónde has comprado la vivienda? A veces rigen las costumbres del lugar, pero de ninguna manera pagues la provisión, sólo tu parte.  Eso de que figura en la ley... bueno, que te diga donde: que ley, que artículo y esas cosas.

Ya me contarás!

Un saludo,

Maribel B.
Maribel Bautista
Abogada
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Albertito2611
22/03/2010 00:25
 Se lo pido a la comunidad ( Administrador ) o a la promotora?

Eso se debe pagar entre vecinos o por coeficiente?

Muchissimas gracias.
 
lebiram
lebiram
21/03/2010 14:29
Hola Alberto:

En primer lugar, no es correcto del todo lo que te piden. A ver: la provisión de fondos se da cuando no se sabe el coste de un bien o servicio que se va a producir en un futuro próximo con certeza. Es el caso de la constitución de una comunidad: como no se sabe cuanto va a costar, pues se pide una cantidad, que suele ser mayor, para hacerse cargo de las costas y gastos que va a suponer el servicio en cuestión, pero han de devolver la cantidad que no se ha usado para tal fin. En tu caso, por supuesto que tienes que aportar el coste que proporcionalmente te corresponda, pero el que realmente te corresponda, no la cantidad que se pidió como provisión de fondos; a diferencia que al resto de propietarios, en tu caso ya saben lo que costó. Así que tranquilamente, tu le pides un recibo del coste total del proceso en su momento, que lo dividan entre el número de propietarios, y tú pagas la parte que te corresponda, ni mas ni menos. Eso de que les ampara la ley... a veces nos cobijamos en la ley cuando ni siquiera sabemos (metámonos todos y sálvese el que pueda) si realmente nos cobija, o es que hemos oido campanas, y no sabemos donde. Seguramente, no han devuelto la cantidad sobrante al resto de los propietarios (esto es una presunción, porque lo mismo son super legales, y si que lo han devuelto) y por eso quieren pedirte a tí la misma cantidad, pero ni caso; pídeles lo que te he dicho, a ver como respiran. No pueden negarse!

Si tienes alguna otra duda o consulta, puedes escribirme a  marisub@gmail.com, y te responderé encantada (en la medida de mis posibilidades!)

Saludos

Maribel B.
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