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Y
yolandamartinez89
29/12/2010 19:25

PROBLEMAS GARAJE

¿Pueden meterme mano legalmente por poner una valla en mi cochera?

2.808 lecturas | 4 respuestas

saludos a todos y feliz navidad
soy nueva en el foro i tengo un problema vecinal
desde hace 2 años tengo piso y una cochera con rayas pintadas,después de tener problemas con el vecino del lado por piquetes con su puerta ,varias veces fui a quejarme , lo ultimo dicho por el fue - En mi plaza acarpo como me sale de los co.....,después aconsejada por el asesor le comente de poner una valla ,la valla es un tuvo de 25mm hueco haciendo U y sujeto solo con las ruedas,después de doblarla 2 veces me soldaron unas pletinas abajo i ahora si esta mas robusta.como ahora no puede doblarla esta dando por sacó a los asesores ,mi pregunta es? me pueden meter mano legalmente,la valla esta dentro de la línea sin tocarla y el otro vehículo puede salir bien i todos eso

 

muchas gracias de antelación a todos

 
Y
yolandamartinez89
30/12/2010 15:28

segun la polica ,si no mete la puerta dentro de mi coche son daños leves por descuido y nada de nada y el seguro que pueden mandar queja per si dice que no es el nada ,juicios juicios ect...

habria algo legal,de madera ,plastico ect..

se que mi plaza es privada ,tiene numero y todo eso

 
optimizo
optimizo
30/12/2010 13:01

Perdona no entiendo ¿en qué queda impune?

Felices fiestas

 
Y
yolandamartinez89
29/12/2010 21:56

saludos y gracias por contestar,el asesor me dijo que al estar solo sujeta con las ruedas no afectava a ningun elemento ,para entenderlo mejor,saco el coche y esta totalmente suelta, sin tornillos solo presionando las ruedas,me e informado en la policia y seguros y si el no dice que a sido el esta totalmente inpune en todo.me siento inpotente en esta situacion


Editado por yolandamartinez89 29/12/2010 21:57
 
optimizo
optimizo
29/12/2010 21:27

Aunque el propietario tenga la propiedad y, en consecuencia, el uso privativo de la plaza, la plaza es elemento común del edificio.
Los artículos 12 y 17.1 de la LPH establecen que para cualquier alteración o modificiación de un elemento común, para su instalación será necesaria la adopción del acuerdo por la unanimidad de los propietarios
Si instala el hierro sin obtener el previo consentimiento en junta de propietarios para ello, de conformidad con el artículo 1964 del CC la comunidad podrá iniciar las acciones judiciales oportunas en el plazo de 15 años desde su ejecución. Al final si esto ocurre le obligaria a quitar el hierro teniendo la posibilidad que tambien sea condenado en costas y tenga que pagarlas además del abogado.
Para la buena evitar cualquier problema siempre es mejor que solicite previamente el consentimiento de la comunidad en junta, para ello debera solicitarle por escrito al presidente que introduzca el tema en el orden del dia de la siguiente junta para someterlo a votación, como le he dicho necesita la unanimidad de los vecinos presentes.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposición
Felices fiestas

 

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