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M
michelle6
06/02/2011 21:33

Ascensor

¿Puedo negarme a que eliminen la cámara de aire que da a mi pared para la instalación del ascensor?

12.168 lecturas | 18 respuestas

Me gustaría que alguno de vosotros me podría informar de mi problema, se trata de lo suguiente:

Es un edificio de 5 plantas, 2 vecinos por mano, total 10 pisos y se ha aprobado por mayoría la instalación de un ascensor, con el voto en contra de los vecinos de los 2 primeros pisos y de dos lonjas situadas en los bajos.

Pero el problema es que por falta de espacio en el portal hay que derribar parte de las escaleras y como aún no se llega a las dimensiones de 90 cms. para las escaleras que pide el Ayuntamiento, la casa instaladora del ascensor propone en su proyecto derribar las paredes que dan a la escalera a ambos lados para quitar la cámara de aire y así ganar espacio. Dicha cámara forma parte de una de las habitaciones de mi vivienda y la pregunta es la siguiente: ¿puedo negarme a que mi vivienda sea considerada tema de comunidad? Yo creo que pese a dar a la escalera no es elemento común, sino privativo y estoy en contra de que dejen esa parte de mi vivienda sin cámara de aire y que a partir de ahora tenga que escuchar todos los ruidos procedendes de la escalera, incluidos los del ascensor. ¿ME PUEDO NEGAR?

GRACIAS A TODOS, por anticipado

 
A
agupanduro
15/06/2014 02:08

Mi problema es parecido,  mi bloque es de cinco pisos y dos vecinos por planta. Se ha aprobado por mayoría la instalación del ascensor, pero sin ningún proyecto en firme. Yo no resido en la finca y el actual presidente sólo me dice que estoy obligado a aceptar lo que ellos han decidido.

Hace años se intentó y la única solución era ceder metros de los pisos para instalar el ascensor por fuera del edificio ya que la escalera es muy pequeña.

 

¿Estoy obligado a ceder metros de mi terraza y mi salón? Los pisos tienen 80 metros cuadrados ¿hay alguna ley que regule el máximo que me pueden obligar a ceder en caso de que tenga que hacerlo?

 

 

También van a solicitar ayudas a la Junta ¿ estoy obligado a entregarles mi escritura como aval para esa subvención?

Gracias

 
daigual
daigual
23/02/2011 16:27

Tú no puedes por tí solo impugnar un acuerdo de junta, para ello necesitas contratar un abogado y procurador, por lo que los pasos son sencillamente contratar al abogado y éste se encargará de todo.

Antes de dar este paso valora realmente todo el proceso y que te de alguna estimación el abogado para no lanzarte a la piscina sin más. Un lío como este puede durar mucho y valer otro tanto así que no se debe hacer a la ligera sino como último paso.

 
M
michelle6
22/02/2011 21:37

Mas sobre el ascensor, puesto que en caso de impugnar el acta en el que se aprobó su instalación que fue en Julio 2010, y aún no hemos visto dicho documento, no sé donde hay que ir para hacer la impugnación, he oido que hay que acudir al Juzgado, pero a cual? si alguien sabe los pasos a seguir me gustaría que me lo aclarasen.Gracias de nuevo a todos.

 
NV75
NV75
15/02/2011 09:38

Que quieran quitar la camara de aire me parece un abuso, deberias oponerte y por escrito, y si lo hacen y no está en el proyecto los puedes meter en lío.

saludos

 
daigual
daigual
14/02/2011 22:19

Creo que ya se ha respondido y es que sí, que se puede negar, pero también podría pasar que un juez a la vista de los documentos aportados le pueda obligar a aceptar lo que se propone.

Si existen otras posibilidades, sus pprobabilidades aumentan, de lo contrario vaya pensando en el modo de que sea compensado por la perdida de ese espacio, algo a lo que la comunidad, en caso de que no haya otra posibilidad, no tendrás más remedio que acceder.

Suerte

 
1969rafa69
1969rafa69
14/02/2011 21:44

Si la decisión se ha tomado en junta, yo iría ya a un abogado. Que impugne el acuerdo antes de que empiecen las obras, que luego el desaguisado lo pagareis todos, tú incluído.

El ruido de la maquinaria de un ascensor, a la luz del día puede no ser molesto, pero en tu casa, al silencio de la noche, se te meterá hasta la médula (aunque tengas la cámara de aire aislante).

Suerte.

 
M
michelle6
14/02/2011 21:14

Gracias por todos los comentarios, y estoy de acuerdo en que es una brutalidad exigir a todos los vecinos, incluyo a los que no estamos de acuerdo renunciar a la cámara de aire de nuestras paredes que dan a la escalera, pero ha habido mayoría que han otado a la instalacion del ascensor y con tal de instalarlo les da igual, claro a la hora de pagar no es lo mismo estropear el primer piso, que incluso se va a depreciar su valor que el quinto piso que además de tener muchos menos ruidos, se va a revalorizar, y luego hablan del egoismo de los bajos, todos vamos a pagar lo mismo, pero no todos nos vamos a beneficiar de la misma forma. Yo lo que quisiera es saber si me puedo negar a que estropeen las paredes que dan a mi vivienda.

 
daigual
daigual
14/02/2011 11:42

Con la redacción del art. 17, se abre la posibilidad de no exigir la unanimidad para el caso de establecimiento o supresión de determinados servicios incluso si para ello es necesario modificar el título constitutivo. en lo demás coincido con su comentario

 
1969rafa69
1969rafa69
14/02/2011 11:10

Pregunto:

¿este asunto no implica tener que modificar los estatutos? pues por lo que leo entiendo que se pretende afectar la superficie util-construida de las viviendas.

Si es así, ¿no se requiere para ello la mayoria absoluta?.

Además hay que tener en cuenta que parece haber una solución alternativa que va por la fachada del edificio.

Desde mi punto de vista es una brutalidad exigir a los vecinos que renuncien a esa camara de aire y que el ascensor no disponga de aislamiento acustico entre el ascensor y la vivienda.

 
P
PEPE123
12/02/2011 18:43

Opino como daigual, no se puede aplicar el artículo 11 en este caso de los ascensores, que tienen un tratamiento especial en el caso de existir minusválidos o personas mayores.

 
daigual
daigual
10/02/2011 12:34

Y yo voy teniendo claro que somos muy parecidos y no nos vamos a entender por ello.

No es que no quiera entenderle, es que creo que no tiene razón y en este caso particular de ascensores, la ley que tanto menciona, dice en su art. 17 que estos acuerdos obligan a todos los propietarios, así que para nada que ver el tema de las tres mensualidades.

Alguien confunde términos y no creo que sea yo, o al menos no lo veo así y tendrás que demostrarmelo si quieres y si puedes.

 
M
MACADI
10/02/2011 11:37

Creo que no nos entendemos porque no quieres.

El artículo 11 lo he puesto por la cuantía de esa reforma, seguro que excede de las 3 mensualidad. (en negrita).

 

 
daigual
daigual
09/02/2011 14:31

Tampoco coincidimos aquí, ya que creo que una cosa lleva a la otra. Cuando se aprueba un asunto se prueba la forma de pago, la forma de hacerse, y todo lo que le afecte, debe ser todo un paquete y se debe aprobar todo con la misma mayoría.

El caso del ascensor sale fuera de este artículo que comentas ya que sí es mejora de accesibilidad y además exigible dependiendo del tipo de propietario que haya en esa comunidad.

 
M
MACADI
09/02/2011 13:39

El ascensor hay que instalarlo siempre que haya sitio para ello en las zonas comunes, es decir, si hay que derribar parte de las escaleras, habrá que ver si las dimensiones de las escaleras se pueden reducir,  hay unas medidas mínimas.

Una cosa es aprobar la instalación de un ascensor por mayoría, y otra cosa diferente es aprobar unas reformas en zonas comunes o privadas para poder instalar el ascensor.

Y fb. puedes no contribuir en los gastos ni de instalación, ni de mantenimiento:

Artículo 11

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

 
daigual
daigual
09/02/2011 11:19

Pues si hay otras formas de hacerlo, no estarás obligado a ceder parte de tu propiedad, a no ser que un juez estime lo contrario. Lo sensato es llegar al mejor acuerdo posible para todas las partes y no ofuscarse con otras cuestiones no relacionadas con la mejora.

 
M
michelle6
08/02/2011 21:10

Había un minusvalido cuando se aprobó poner el ascensor por mayoria, pero ha fallecido hace 1 mes, ahora sigue habien personas mayores pero sin minusvalias, aunque ya sé que por el simple hecho de ser mayores hay que instalar el ascensor, mi única duda era si tenía que permitir a la comunidad rebajar las paredes que dan a mi vivienda o no, porque en ningún momento se ha planteado poner el ascensor en el exterior para no dañar las viviendas.

 
M
michelle6
08/02/2011 21:08

Había un minusvalido cuando se aprobó poner el ascensor por mayoria, pero ha fallecido hace 1 mes, ahora sigue habien personas mayores pero sin minusvalias, aunque ya sé que por el simple hecho de ser mayores hay que instalar el ascensor, mi única duda era si tenía que permitir a la comunidad rebajar las paredes que dan a mi vivienda o no, porque en ningún momento se ha planteado poner el ascensor en el exterior para no dañar las viviendas.

 
daigual
daigual
06/02/2011 22:16

Así es, te puedes negar y tendrán que buscar otra solución. En el caso de que no exista otra forma tendrán que llegar a un acuerdo o de lo contrario no se puede poner el ascensor.

¿Hay en su comunidad minusválidos o personas mayores?

 

Fin del hilo
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