Volver al foro
B
BRUNO123
20/05/2011 13:17

SOCORRISTA EN PISCINA COMUNITARIA

¿Cuándo es obligatorio tener un socorrista en la piscina comunitaria en Madrid?

5.860 lecturas | 2 respuestas

Hola a todos.

Resulta que el administrador de mi comunidad, ( que me tiene un poco hasta el gorro) nos obliga a tener socorrista en la piscina comunitaria. Tengo entendido que antes era obligatorio pero ahora no.

¿Alquien sabe cuando es obligatario tener un socorrista   y donde está regulado?  vivo en la comunidad de madrid

 

Gracias. 

 
B
BRUNO123
20/05/2011 17:55
por eso lo digo, porque somos 28 vecinos y aun asi dice que hay q contratarlo. de todas maneras muchas gracias por tu respuesta, ya he mirado el decreto que comentabas, con el que iré al administrador.

Un saludo y gracias
 
elenasf
elenasf
20/05/2011 16:05

SEGÚN LA NORMATIVA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Las piscinas privadas de comunidades de más de 30 vecinos,  deben cumplir una serie de condiciones para poder estar abiertas a los usuarios, Un socorrista con conocimientos en primeros auxilios debe estar siempre presente durante el horario de baño y es obligatorio que existan elementos para ayudar al rescate, como perchas y salvavidas.

En el caso de piscinas que midan entre 500 y 1.000 m² serán dos los socorristas que deben contratarse, igual que en comunidades que tengan dos piscinas y la separación entre una y otra no permita una vigilancia eficaz. Fuera del horario de funcionamiento y, por tanto, cuando no esté presente el socorrista, los usuarios tienen prohibida su utilización.

SI SOIS + DE 30 VIVIENDAS NO ES EL ADMINISTRADOR EL QUE OS OBLIGA A TENER SOCORRISTA SI NO EL DECRETO  80/1998, DE 14 DE MAYO


 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento