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RocioCB
13/08/2011 03:07

Duda ante una futura/posible reclamación de deuda de un bloque/portal.

¿Pueden reclamar la deuda de un bloque a los demás si están registrados como un único edificio?

4.037 lecturas | 5 respuestas

Somos un edificio con 5 bloques independientes y una planta sótano común a los 5 bloques donde se encuentran los trasteros y plazas de aparcamiento. Aunque cada bloque tiene su CIF, en las escrituras de obra nueva está registrado el edificio entero, es decir, en ella se describen los locales, las plazas de aparcamiento libres, y las viviendas con su plaza y trastero correspondiente, así como una pequeña zona común en la parte de atrás del edificio.  

La duda es la siguiente, si cada uno de los 5 bloques tiene su CIF y contratado los servicios correspondientes (luz portal y teléfono del ascensor) de forma independiente al resto y cada uno con su contrato, si alguno de los bloques dejara de pagar, ¿podrían reclamarle al resto la deuda ya que en el registro de la propiedad estamos como un único edificio?

Poniendo el ejemplo de una vivienda, es decir, si dejamos de pagar la luz de mi piso y aunque el contrato con la compañía está a nombre de mi novio, de llegar a juicio y demás, entiendo que nos reclamarían la deuda tanto a mi novio como a mi porque somos los que aparecemos en la escritura de compraventa del piso, pero al tratarse de la deuda de un bloque y al no existir persona física dueña del mismo, ¿reclamarían la deuda del mismo al resto de los bloques porque estamos registrado como "un todo"? Aclarar que cuando en las escrituras se describen las distintas viviendas, aparece el bloque al que pertenece, no se si esto es relevante.

 
optimizo
optimizo
23/08/2011 17:15

Lo normal es que si la deuda es de un portal con la mancomunidad sea esta la que le reclame por un procedimiento monitorio.

Si la deuda es de un vecino dentro de su portal será esa comunidad del portal la que lo reclamara al vecino.

Saludos

 
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RocioCB
22/08/2011 14:50

pasacero dijo:

Los gastos de escalera, luz, agua, limpieza, pintura escalera, antena si cada bloque tiene la suya, puerta, buzones, mantenimiento ascensores etc. Cada portal lo suyo.
Tejado, fachadas, eliminaciones barreras, sustitución ascensores, limpieza saneamiento, seguro comunitario. Todo el bloque.
Obtenga un certificado del título constitutivo en el registro de la propiedad, y allí encontrará las salvedades que rigen su comunidad.
 

 

¿Qué información o documento tengo que llevar para solicitar dicho certificado? ¿O es suficiente con decirles la dirección? ¿Qué coste puede tener? Es para no presentarme allí con 50 € y tener que volver porque sean 50 € más.

 
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RocioCB
22/08/2011 02:04

Por el momento no hay ninguna deuda, pero nunca se sabe cuando puede pasar, y para entonces me gustaría estar informada.

La deuda podría ser de luz (Endesa), agua (Aljarafesa), teléfono del ascensor (Movistar), vamos de cualquier contratación que conlleve la zona común de un portal...

Habría que recordar que cada portal tiene su CIF y tiene contratados los servicios de manera independiente al resto, pero estamos registrados como "un todo" (5 portales, los locales y la planta sótano).


Editado por RocioCB 22/08/2011 2:08
 
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RocioCB
17/08/2011 15:22

Cada portal tiene su CIF y libro de actas, y supongo que la "mancomunidad/intercomunidad" también aunque no lo he visto.

Finalmente el mismo administrador lo va a llevar todo:

  1. Cada portal de forma individual con su cuenta bancaria y que correrá con los gastos, el mantenimiento y las mejoras del mismos.
  2. La "mancomunidad/intercomunidad" compuesta por los propietarios de los pisos porque éstos tienen anejos (en algunos casos sólo garajes, y en otros garajes y trasteros), de los locales y de las plazas de aparcamiento que hay libres. Que se harán cargo de los gastos, mantenimiento y mejoras de la planta sótano donde están ubicadas las plazas y los trasteros, así como de las fachadas. Los locales sólo participaran en lo relativo a las fachadas puesto que no tienen nada que ver con la planta sótano, y tampoco participarán en los portales porque a pesar de que tienen sus contadores en los mimos, así está establecido en los estatutos que la promotora/constructora registró hace uno o dos años.

A pesar de las respuestas, sigo con la misma duda que al principio, si uno de los portales tuviera alguna deuda, ¿el ente al que se la deba podría reclamarle al resto de los portales la deuda? ¿o incluso a la "mancomunidad/intercomunidad"?

Mi duda viene porque en las escrituras de obra nueva estamos como "un todo", y al no existir una persona física dueña de ese "todo", entiendo que sí podrían reclamarnos al resto la deuda de una de las partes que componen ese "todo".


 

Editado por RocioCB 17/08/2011 15:27
 
optimizo
optimizo
15/08/2011 12:40

Como le han explicado ustedes conforman una mancomunidad y deben tener tambien una junta de gobierno de la misma con presidente, secretario y los cargos que esten establecidos en sus estatutos.

Las decisiones de las zonas comunes a los 5 bloques se rigen por esta mancomunidad y si hay alguno de los bloques morosos perfectamente pueden denunciarle.
 

Por lo que cuenta lo que no tengo claro es si estan asi establecidos, si no fuera así deberian corregirlo para cumplir la legalidad y que todos esten obligados a cumplir sus obligaciones y puedan exigir sus derechos.

 

Fin del hilo
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