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pinante1
pinante1
14/09/2011 14:09

reglamento de regimen interno

¿Es legal que se sancionen los vecinos que no limpien las escaleras cuando les toque?

10.708 lecturas | 8 respuestas

buenas tardes, quisiera saber si los articulos del reglamento interno de mi comunidad hay que acatarlos como si fueran los de los estatutos de la comunidad. les explico un poco.  en mi comunidad hay una serie de escaleras que dan acceso a las viviendas de arriva y esas viviendas son las unicas que tienen ese acceso, bien. pues el reglamento de regimen interior dice que los vecinos que no limpien las escaleras cuando les toque seran sancionados con una cierta cantidad de dinero. eso es legal? o por el contrario con las cuotas que se paga a la comunidad entra el mantenimiento de limpieza de las escaleras? gracias y un saludo.

 
M
MACADI
30/09/2011 09:09

Es importante que no seas tu sola la que te quejes al presidene de la comunidad, si los demás vecinos se callan al final vas a ser  que estás exagerando.

Suerte

 
G
geneve
29/09/2011 15:17

MACADI,

Muchas gracias por la información, muy amable. No pretendo llegar a acciones judiciales, sería lo último desde luego, solamente me gustaría que la gente entendiese que vivir en una comunidad conlleva respetar unas normas de convivencia, recogidas en unos estatutos, y que, les gusten o no, hay que respetar, igual que las respeto yo. Algunos se creen más listos que nadie y con derecho a hacer lo que les plazca.

Espero que llamandoles la atención, expresamente a los que molestan, por parte del presidente de la comunidad, se pueda solucionar el problema.

Gracias. Un saludo,

 
M
MACADI
29/09/2011 14:48

Cuando compras un piso en una comunidad ya sabes que vas a tener vecinos, unos muy respetuosos y otros no tanto. Vivir en comunidad tiene sus ventajas e inconvenientes.

En la ley está escritito

2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualesquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

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El presidente les puede enviar una carta en la que se les informe de los incumplimientos que están haciendo, estatutos, normas de regimen interior, asunto aprobado en junta, ....

Hay vecinos que le harán caso, otros algo, y otros ninguno.

Si no hacen caso, se inica la vía judicial porque unos niños están jugando con una pelota de reglamento y según las normas de regimen interios sólo se pueden utilizar pelotas de goma.

Me gustaria ver la cara del Juez, cuado se le exponga el asunto

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En caso de que estos niños rompan algo, la reparación se le pasa al padre, y si no la paga se le puede reclamar, ademá de no tener derecho a voto en las juntas.

 
G
geneve
29/09/2011 13:16

Hola,

Me gustaría hacer una consulta, por si alguien me puede ayudar, alquien que sepa del tema.

Los estatutos de mi comunidad dicen que : "En los patios, portal y jardín, se PROHIBE la utilización de bicicletas, balones, patines y monopatines, o como campo de cualquier juego, así como el estacionamiento o depósito de tales elementos de distracción."

Primero se prohibió el balón de reglamento (por el ruido), y hace unos meses, en la última reunión y después de una votación, se prohibió también las pelotas de plástico, con lo que, ahora mismo, sólo se pueden utilizar pelotas de goma espuma. (Ya han roto en alguna ocasión las lamas de los portales, debajo de los pisos por los balonazos)

También se aprobó en junta, establecer un horario (de 15 a 17 h), en el que no se podía hacer ruido.

La gente no respeta absolutamente nada; están continuamente con las bicicletas, patines, dando balonazos con el balón de reglamento, y como encima les digas algo, lo hacen más aposta. Se creen que por vivir en una urbanización cerrada con zonas comunes, sus hijos pueden hacer lo que les da la gana. ¿Para qué valen entonces los estatutos de una comunidad y perdemos el tiempo en las reuniones votando, si luego la gente hace lo que quiere?

Mi pregunta es: ¿Puede tomar la comunidad de vecinos medidas contra este tipo de personas y sus comportamientos; qué medidas se podrían tomar? ¿Debe ser el presidente o administrador el que les llame la atención?

Gracias. Agradecería mucho a quién me pueda resolver estas dudas.

Saludos,

 
pinante1
pinante1
16/09/2011 17:36

entendido y muchas gracias MACADI por tu atencion.

 
M
MACADI
16/09/2011 09:38

En la ley está escrito que son de obligado cumplimiento;   pero para ellos el contenido de estas normas tienen que estar dentro de la ley, ordenanzas municicpales, etc y en muchos casos se exceden incluyendo contenidos que ya están regulados por leyes o por ordenanzas municipales.

Por otro lado que hacer cuando un vecino inclumple las normas de regimen interior, por ejemplo: "utiliza patines  en el patio" y está prohíbido según las normas de regimen interior. 

Podría aprobarse en junta de propietarios un tipo de uniformidad para estar en las zonas comunes.

También pordrá aprobarse un horario de siesta  de 15 a 17 h. prohibiendo realizar ruidos en ese horario igual que en el horario de descanso recogido en las ordenanzas municipales.

Se les envía una carta infomándole del incumplimiento y si sigue incumpliendo se lleva el asunto a junta de propietarios para pronunciarse de iniciar la vía judicial.

Las normas de regimen interior de una comlunidad deben de limitarse a regular el uso de las zonas comunes y poco más.  Y en ningún caso las juntas de propietarios pueden modificar leyes nacionales, ni ordenanzas municipales....

Por ejemplo si en las ordenanzas de Madrid está escrito que el horario de descanso es de 23 a 08 h, pues es ese y no el que esté escrito en unas normas de regimen interior de una comunicad de vecinos.

 
pinante1
pinante1
15/09/2011 21:20

hola! si losreglamentos de regimen interno, son unas normas para la convivencia de la comunidad habra que acatar lo que dicten este reglamento no? si no es asi de que sirve un reglamento de regimen interno?

 
M
MACADI
14/09/2011 14:51

Los reglamentos de regimen interno no son más que unas normas de convivencia. 

En las comunidades de propietarios no hay nadie con competencias para sancionar.

Ningún vecino está obligado a limpiar ninguna zona común, por eso se contratan a empresas que lo hagan, lo que sí están obligados los propietarios es a pagar la cuota correspondiente. Seguramente se trato el asunto en alguna junta y se llego a ese acuerdo.

 

 

 

Fin del hilo
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