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A
adelaida53
16/10/2011 22:46

Presidente de Comunidad

¿Puede un presidente de comunidad delegar su representación y ejercicio de la presidencia en un no propietario?

6.828 lecturas | 7 respuestas

Os agradeceré si pudierais informarme de lo siguiente: El Presiente de mi Comunidad durante los dos últimos años es un propietario que vive en el extranjero. Da su delegación para las Juntas de la Comunidad a una persona no propietaria, quien, además, actúa como si el fuera el Presidente en cualquier acto de la Comunidad. Tengo dos preguntas: Puede el Presidente delegar su representación para la Junta en un no propietario? y, puede delegar el ejercicio de la Presidencia en un no propietario?

Gracias por lo que podáis informarme.

 
G
gorigori
06/06/2016 23:39
Extraño?
Pues en Vilanova i la Geltru ( Barcelona) el Secretario - Administrador que tenemos...de forma ...extraña y rara...consintió q nombraran Presidenta de una de las 7 Comunidades ( escaleras) además de Presidents de la Mancomunidad ( piscina Jardín pista de baloncesto) y parking y trasteros a la misma Sra. q NO vive allí y además tiene un " representante legal " q es su hermano q además es abogado y administrador de fincas... Llevamos todo el curso sin Presidenta... Y el Secretario-administrador haciendo lo q le sale de la peineta.
Hay profesionales y profesionales!
A nosotros nos ha tocado " la gorda" pero los comuneros ni se enteran...
Goles nos está intentando colar los q quiere y más...y como muchos se callan pq se piensan q tenemos un profesional d los buenos ya q es muy caro el tipo...pues más de la mitad ajo y agua...
Vivir mal.con la vecindad no gusta así.q ajo y agua!
Los administradores de mi infancia eran más serios y los comuneros sabían bastante más q ahora..
Hoy en.día tendrían q tener credenciales y referencias para colegiarse...tienen mala fama - me refiero a los administradores - y muchas veces se la merecen. Perjudican con sus malas prácticas a colectivo.

Los Colegios profesionales tendrían q tener más cuidado...

Y lo mismo digo de abogados...
Muchos son " buitres carroñeros"




 
BOIRA_A
BOIRA_A
06/06/2016 22:57

Solo los propietarios pueden ejercer la presidencioa, quien no es PROPIETARIO no esta legalmente capacitado para serlo, aunque sea el hijo, o el conyugue que vivan en la casa el Propietario del inmueblees quien consta en el Registro de la propiedad de su municipio
 

 
mariaalonso
mariaalonso
05/06/2016 19:09
El hijo emancipado de la unidad familiar del propietario puede ejercer la función de presidente?
Y si vive en ese piso? Repito, sin ser el propietario hoy por hoy!
 
A
adelaida53
25/10/2011 21:01

No es exactamente así, hay gente torticera, pero comprendo tu opinión.

 
A
adelaida53
25/10/2011 20:59

Gracias, Antiquo, esto es lo que buscaba.

 
J
jacoba
17/10/2011 14:17

Eso les está bien empleado por elejir un presidente que ni siquiera vive en España. Pero que esparaban, que cada vez que tuvieran un problema se desplazaría a España?

 
A
adelaida53
17/10/2011 10:52

Gracias por la respuesta, entiendo que no se puede delegar el ejercicio del cargo de Presidente, sólo asuntos concretos. Podría alguien decirme si hay alguna regulación legal que respalde este criterio?

 

Fin del hilo
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