Hola
Soy nueva por aquí y estoy buscando gente que me pueda ayudar con un problemilla que mi familia tiene en la comunidad de vecinos.
Mi suegro acaba de ser nombrado presidente después de que los vecinos obligaran al anterior a dejar el cargo pues descubrieron que había cierto conflicto de intereses.
El problema que mi suegro tiene como presidente es la administradora (intima amiga del anterior presidente), que se niega a ayudarle en su tarea y nosotros no sabemos si ella tiene derecho a hacer esto.
Exactamente a lo que me refiero son los dos puntos siguientes:
1. La administración se niega a proveer a mi suegro con direcciones de correo electrónico o números de teléfono de los vecinos, porque dicen que bajo el Articulo 11 de la ley orgánica 151,199 y Articulo 5 LOPD ellos no pueden hacerlo.
Esto nos parece extremadamente raro, ya que si el presidente necesita comunicar algo a los vecinos ahora mismo no tiene manera de hacerlo.
2. La administración se niega a enseñar a mi suegro el contrato entre la empresa administradora y el antiguo presidente. Cuando mi suegro les pidió todos los contratos de los trabajadores de la urbanización, solo le dieron el de los jardineros, gente de limpieza etc. pero no los suyos, y dijeron que como acababan de ser firmados en septiembre (2 semanas antes del cambio de presidente) tendríamos que esperar hasta septiembre 2012 para verlos y renovar.
¿Es esto correcto? ¿Hay alguna ley que pueda citar que demuestre que necesitamos y tenemos derecho a ver el contrato que tenemos firmado con la empresa que lleva la administración?
Muchísimas gracias por adelantado por cualquier consejo/ayuda que me podáis dar.