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C
chikilin
28/11/2011 16:48

monitorio

¿Cómo proceder en caso de deudas de un vecino con piso vacío y sin dirección conocida?

2.852 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes a tod@s, a ver si alguien me puede ayudar. Tenemos un vecino en la comunidad que tiene deudas y queríamos poner un monitorio para reclamarla. El problema es que el piso de este vecino está vacio, ya que su dueño no vive allí y nadie sabe otra dirección donde poder notificar ni actas, ni notificaciones, ni burofaxes ni nada. ¿Cual es el procedimiento que hay que seguir en este caso?

Muchas gracias de antemano

 
M
MACADI
02/12/2011 12:45

En el artículo 9 de la ley está escrito:

h) Comunicar a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo.

Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales.

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En caso de que no haya otra dirección y si el piso de la comunidad está vacío, con colocar la notificación en el tablón de anuncios  es suficiente según este artículo 9 h) 

 

Fin del hilo
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