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oeaoa
oeaoa
24/02/2012 14:38

Carta certificada

¿Puedo denunciar al administrador por rechazarme una carta certificada?

14.371 lecturas | 16 respuestas

hola de nuevo, a primeros de mes envié al administrador de mi comunidad una carta certificada (original firmada) que me ha sido devuelta por Correos por no haber sido aceptada por el administrador. Esta carta antes de ponerla en correos, la escaneé y la envié por e_mail a la junta directiva y también al propio administrador para tuviera constancia que les iba a llegar.

Puede un administrador rechazar dicha carta? y en ese caso qué se puede hacer, ¿es denunciable y dónde?

Esperando vuestros comentarios, un saludo a tod@s

 
J
jhsilp
05/03/2012 19:07

Apreciado amigo, creo que la situación más facil es mandar un burofax con certificacion de contenido a las dos partes implicadas, Presidente y administrador con la petición de que en la próxima reunión de vecinos se exprese en el orden del dia los asuntos que le preocupen. Si llama al colegio de administradores le responden que no cogen quejas de particulares y que se busque un abogado, se lo digo por experiencia propia

 
V
vecinadelprimero
29/02/2012 17:39

elbonsai, lo que has expuesto es sólo teoría, en la prácitca no pasa tanto como dices, o al menos no nos ha pasado en nuestra comunidad donde dimos esos pasos y el final es que la asociación, nos dice que ellos ya no pueden hacer más y si queremos, tenemos que iniciar demanda judicial.

Nos llegaron a jurar que no estaban obligados a tener libro de reclamaciones y nos intentaron echar con la policia. Al final se junto la policia que ellos llamaron y la que llamamos nosotros. Ni presentarón hojas de reclamaciones ni les multaron, ni nada de nada.

 
E
elbonsai
29/02/2012 00:50

Yo les doy una solucion que funciona a las mil maravillas y que hace que tal ejemplarres administradores que hay por el mundo ( no todos claro) se acojone. presente usted en su despacho una vez alli entregue copia del contenido de la carta a el administrador y exijale que le de copia sellada o firmada por el como que se la ha entregado. Si se opone a firmarsela pidale la hoja de reclamaciones y exponga alli que su administrador no le quiere recoger un documento que usted quiere presentar a su comunidad. Esa hoja de reclamaciones tendra dos funciones. 1 servira como prueba de que ha presentado la carta y 2 si la presenta en consumo sancionaran a su administrador. Cuando se les pide la hoja de reclamaciones a veces ponen excusas para no darlas como que no le quedan o que no las encuentran, en ese caso llame a la policia de su ciudad que haran un parte atestado y la multa sera considerable por no tenerlas a disposicion del cliente. Pruebelo y vera que facil es volver docil a un administrador

 
J
jacoba
27/02/2012 20:43

Pasacero, que no es presidenta en su primer escrito la consultante dice bien claro

envié por e_mail a la junta directiva y también al propio administrador para tuviera constancia que les iba a llegar.

 
J
jacoba
27/02/2012 20:42

Pasacero, que no es presidenta en su primer escrito la consultante dice bien claro

envié por e_mail a la junta directiva y también al propio administrador para tuviera constancia que les iba a llegar.

 
J
jacoba
27/02/2012 12:09

Que todo eso ya se sabe, Oeoa no preguntó que le puede ocurrir si un administrador no recojia una carta, ella exponia

Puede un administrador rechazar dicha carta? y en ese caso qué se puede hacer, ¿es denunciable y dónde?

Pasacero y Oeoa les sujiero esta pagina web

http://garciacollado.blogspot.com/2010/01/el-administrador-no-tiene-la-obligacion.html

creo que queda bien claro todo

 
J
jacoba
26/02/2012 19:14

que el tema no es el no poder recojer un telegrama, carta o burofax.

La consulta es si se quiere o no recojer un aviso epistolar

 
carreras2
carreras2
26/02/2012 15:25

jacoba dijo:

Que sí, que lleva razón, pero si no quiere cojer la carta no la coje, al no ser que este el remitente con uncuchillo amenazandolo

 

Muy buenas tardes,
Jeje…Completamente de acuerdo. saludos.
 

Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
J
jacoba
26/02/2012 15:02

Que sí, que lleva razón, pero si no quiere cojer la carta no la coje, al no ser que este el remitente con uncuchillo amenazandolo

 
carreras2
carreras2
25/02/2012 22:31

jacoba dijo:

Carreras todo esto que indica es bien cierto, pero si él no quiere recojer la carta, no se le puede obligar a no ser que sea por vía judicial

 

Estimado/a Jacoba,


El Secretario es el receptor y depositario último de las notificaciones o comunicaciones que se dirijan a la comunidad de propietarios y un profesional en estas lides, debe ser prudente, y en su propio interés, establecerá los mecanismos más idóneos para asegurar la correcta recepción y tratamiento de las mismas.

El incumpliendo o cumplimiento defectuoso puede, como dije anteriormente, originar responsabilidad al administrador y constituirse como causa justa para la remoción del mismo(SAP Coruña 21 noviembre de 2006, entre otras muchas). Qué necesidad de meterse en líos…

NI siquiera un juez puede obligarle a recibirla. Nos movemos en una obligación de corte contractual ( sea de mandato o arrendamiento de servicios), por lo que estamos ante un incumplimiento de sus funciones. A lo mejor con una pistola… jeje.

Que inste su remoción en la próxima Junta.

Saludos desde las canarias. Me "piro" para a despedir el carnaval!!
 

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J
jacoba
25/02/2012 21:28

Carreras todo esto que indica es bien cierto, pero si él no quiere recojer la carta, no se le puede obligar a no ser que sea por vía judicial

 
carreras2
carreras2
25/02/2012 20:13

Muy buenas tardes,


EN mi opinión, rehusar la recepción de esa carta por parte del administrador no es correcto, toda vez, que probablemente sea secretario- administrador y como tal, es el órgano encargado de recibir comunicaciones ¿sabe él lo que contiene la carta? ¿quizás sea un cambio de domicilio a efectos de notificaciones? Contraviene varios artículos de la LPH donde se le atribuye esa función y resultan responsabilidades en caso de inobservancia.


Si usted tiene una reivindicación (reclamar algo de lo que se cree tener derecho) debe comunicárselo de plano al presidente para que convoque Junta extraordinaria a tal fin o reunir el 25% de propietario o cuotas. Ya debe ser grave para que usted afirme eso y se tome las molestias de intervenir en un foro. Si ese derecho que defiende, es conculcado por actos o acciones sin tener usted obligación jurídica de soportarlos o derivan responsabilidades civiles ( art. 1092 CC), consulte con un abogado. En cualquier caso, indíquenos de que se trata y quizás le orientemos


Si es una queja, sin repercusiones gravosas o de carácter urgente, quizás seria necesario mandarle ”señales de humos” a ese administrador para que lo incluya en el orden del día. Fuera de bromas, es al presidente al que deberá dirigir el escrito.


Saludos desde las Canarias.
 

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oeaoa
oeaoa
24/02/2012 19:10

Ok, muchas gracias antiquo por su contestación que me convence más que las anteriores, aunque todas son de agradecer

 
J
jacoba
24/02/2012 16:26

Si pero usted no puede obligar a que la recoja.

Otra cosa es que en la proxima reunión exija al presidente que se trate ese tema

Talvez las quejas y las reclamaciones se las tenia que haber realizado al Presidente

 
oeaoa
oeaoa
24/02/2012 15:38

De acuerdo, pero un administrador de fincas que trabaja para una comunidad y cobra de ella no es cualquier persona y creo que tiene la obligación de servir y atender a todos sus vecinos, así como archivar y controlar todos los documentos, emitidos, enviados y recibidos.

La carta contenía quejas y reivindicaciones

 
J
jacoba
24/02/2012 15:24

cualquier persona puede rechazar aceptar una carta

que le indicaba en la misma?

 

Fin del hilo
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