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A
afarbor
09/04/2012 14:44

Cuotas de comunidad - problemas varios

¿Puedo impugnar la subida de la cuota de la comunidad y reclamar por el pago igualitario de todos los vecinos?

10.351 lecturas | 18 respuestas

Recientemente he adquirido un piso en una comunidad de vecinos ya estalecida. En el proceso de compra-venta la inmobiliaria me indicó que la cuota de la comunidad era de 150€ trimestrales, pero al acceder a la vivienda como propietario me han comunicado que en la última reunión del año anterior se estableció una subida a 170€.

Dudas que tengo:

  1. ¿Es obligatorio para mi, recién llegado, acatar esa nueva cuota cuando no he tenido opción de voto?
  2. Todos los vecinos pagamos lo mismo independientemente de las plazas de garaje, trasteros y superficie de nuestras viviendas. ¿Puedo recurrir esto de alguna forma?
  3. Yo no tengo ni plaza de garaje ni trastero, en cambio hay vecinos con 4 plazas de garaje y algunos que tienen plaza, pero no vivienda. Los que tenemos vivienda pagamos lo mismo (cosa que no sé si se puede recurrir, sobretodo proque yo no tengo plaza ni trastero), pero además, los propietarios de plaza sin vivienda NO PAGAN NADA porque no tienen vivienda. ¿Qué puedo/debo hacer para solventar este problema?
  4. Existe una empresa que ha instalado una antena para vender señal wifi de Internet, pero nadie de la comunidad sabía nada (supongo que el dueño del ático sabría algo, pero no puedo demostrarlo). ¿Se le puede solicitar las cuotas atrasadas desde su instalación a la empresa? ¿se le puede solicitar algún pago por tener este servicio sobre nuestro ático?

Son muchas y variadas las dudas, pero he podido comprobar que aquí ayudáis mucho y bien a los dudosos como yo... espero vuestro consejo.

 

Saludos.

 
J
juno4
27/01/2016 21:52
Notifique al anterior propietario por burofax, a ser posible contando con la firma del presidente que acredite que el problema era anterior a la venta.

Busquese un abogado que le informe de sus derechos y revise si sus escrituras dicen algo de que conoce y acepta el estado actual.

Tiene pensado hacer reforma?
 
A
agilhern
27/01/2016 18:33

Buenas tardes,

 

He comprado una vivienda. La antigua propietaria no me informó de ningún problema de las tuberias de la vivienda. 

Hoy, una semana despues de la compra, los administradores de la comunidad me informan de que la averia pertenece a mi vivienda y debo ser yo quien la pague. Ya se habia informado a la anterior propietaria, sin ella hacer absolutamente nada al respecto, y lo que es peor, sin informar en ningún momento de la compra-venta de este problema.

¿Debo yo pagar el arreglo a la comunidad? 

 

Muchas gracias. 

 
lola99
lola99
03/01/2015 02:37

Muy bien esplicado elbonsai¡¡¡¡
Insista en pagar por coeficiente que tiene que es el 1,62%, su recibo trimestral bajara considerablemente en contra de los listillos que tengan el coeficiente mas alto que seguro que lo tienen y que no les interesa pagar por coeficiente.
Y ojo se pagan TODOS los gastos de comunidad por coeficiente.Como le ha dicho elbonsai si los demas quieren pagar a partes iguales que paguen usted fijese solo en lo que usted paga y que sea por coeficiente.
todo esto se lo digo de primera mano porque tengo una tienda con un coeficiente bajo y  apartes iguales me salia mucho mas, la solucion ahora pago 30 euros menos  en el recibo trimestral¡¡¡¡¡.Y OJO¡¡¡¡ eso no es todo fijese si hubiera una obra importante como de 8000,00 cuanto pagaria por coeficiente y a partes iguales? la cosa parece una mimez pero no lo es¡¡¡¡ 

 
lola99
lola99
03/01/2015 02:37

Muy bien esplicado elbonsai¡¡¡¡
Insista en pagar por coeficiente que tiene que es el 1,62%, su recibo trimestral bajara considerablemente en contra de los listillos que tengan el coeficiente mas alto que seguro que lo tienen y que no les interesa pagar por coeficiente.
Y ojo se pagan TODOS los gastos de comunidad por coeficiente.Como le ha dicho elbonsai si los demas quieren pagar a partes iguales que paguen usted fijese solo en lo que usted paga y que sea por coeficiente.
todo esto se lo digo de primera mano porque tengo una tienda con un coeficiente bajo y  apartes iguales me salia mucho mas, la solucion ahora pago 30 euros menos  en el recibo trimestral¡¡¡¡¡.Y OJO¡¡¡¡ eso no es todo fijese si hubiera una obra importante como de 8000,00 cuanto pagaria por coeficiente y a partes iguales? la cosa parece una mimez pero no lo es¡¡¡¡ 

 
D
darwash
21/12/2014 18:09

hola tengo un problrma en nuestra comunidad , tenemos un seguro de finca el basico, la semana pasada hemos tenido un problema en una bajante y salio el agua y daño un poco el parquet del pasillo de esa vecino resulta el vecino pasa un presupuesto al administrador que quiere cambiar todo el parquet de la casa a costa de la comunidad , tine derecho hacer eso o no

 
A
afarbor
20/04/2012 23:49

Información actualizada en este hilo www.nuevosvecinos.com/comunidad/3671949_cuota_de_la_comunidad__mis_derechos.html

 
J
jacoba
20/04/2012 22:14

Tenga en cuenta una cosa: Podría ser que verdaderamente exista el estatuto indicado y que en él venga el acuerdo de pagar como se haya acordado.

pero si el Rstatutos no se ha registrado en el Registro, dicho acuerdo a usted no le vincula.

Vaya al registro y solicite la información de que si en esa finca se han registrado algún estatuto. como lo más posible es que no ha sido así, sile dan algun documento, le envía un burofax, al administrador indicándole que usted no esta vinculado a dicho acuerdo, y por ello solicita que en la próxima junta se tratará el tema de la forma de contribución al mantenimiento del edificio.

Los propietarios de plaza de garaje, deben de contribuir a ciertos gastos

 
E
eme71
18/04/2012 14:10

La limpiadora de la finca no se regula por el régimen de empleado de hogar, sino por el general.

 
E
eme71
18/04/2012 13:59

En tu escritura, hay una parte casi al final, tras la descripción del bien, que pone algo parecido a régimen jurídico de la finca, que suele iniciarse con algo parecido a "la finca se regirá por la Ley de Propiedad Horizontal..." . aquí se establece como se deben pagar los gastos de la comunidad y también se hace constar si hay un estatuto aprobado. 

Con estos datos sabrás como has de pagar la comunidad, si por coeficiente o por partes iguales, recuerda que tu escritura está firmada por ti y por tanto aceptada, si no consta en escritura cualquier estatuto aprobado en comunidad no es vinculante frente a terceros y se puede exigir el cumplimiento de lo redactado en la escritura. pero puede que te toque pagar por partes iguales.

También debes tener en cuenta que el garaje puede que se gestione de forma autónoma (subcomunidad), y que por tanto no te enteres de los pagos y gastos del mismo. (puedes comprobarlo si en la liquidación de gastos aparece alguna partida de garaje).

Con respecto a lo de la antena, no se puede hacer un uso privativo de elementos comunitarios sin el consentimiento unánime de la finca. otro cantar es que de servicio a algún propietario, que entonces la cosa se complica mucho.

 
M
MACADI
18/04/2012 09:46

Seguramente lo de los estatutos es mentira,  y ya que el administrador le ha dicho que está escrito en los estatutos seguro que no tendrá ningún inconveniente en enseñarselos. ¿El propietario anterior no tenía copia de los estatutos?

Esa forma de establecer suele ser en pequeñas comunidades que no tienen administrador profesional.

Es obligación del administrador llevar a junta una previsión de gastos para el año siguiente, en el que se detallan los gastos previstos en cada concepto, todos estos gastos se suman, y a cada propietario le corresponde pagar su parte según su coeficiente, o si tienen un acuerdo por UNANIMIDAD. En ningún caso un nuevo propietario está obligado.

 
C
corteaguirre
17/04/2012 18:45

En mi comunidas 2 de 6 propietarios, no quieren registrar a la persona que limpia el edificio en el regimen de empleados de hogar 2012, que podemos hacer?..

Gracias!

 
E
elbonsai
09/04/2012 19:36

Pues claro que puede lo que prevalece son sus escrituras. Si en sus escrituras pone una cuota esa es la que tiene que pagar. Los estatutos  y las normas que crean las comunidades son para complementar las obligaciones y derechos que la ley establece pero no pueden ir en contra de la ley porque en ese caso son ilegales. ¿ donde estan esos estatutos? ¿ cuando se crearon?  ¿ quienes los crearon? Mientras no le demuestren lo contrario su escritura es la maxima representacion de su casa.


Editado por elbonsai 09/04/2012 19:42
 
A
afarbor
09/04/2012 15:42

Pero si en los estatutos que la cuota es igual para todos, ¿podría oponerme basándome en el coeficiente de participación?

 
E
elbonsai
09/04/2012 15:34

coeficiente o cuota de participacion es lo mismo. Esta cuota se refleja en el titulo constitutivo de la propiedad ( articulo 5) y queda reflejado en sus escrituras. Puede usted acudir al registro de la propiedad acreditando su titularidad como propietario de su comunidad y pedir copia de toda la documentacion que exista registrada de la misma, de ese modo comprobara si existen estatutos registrados ( lo que no quiere decir que pueda haberlos aunque no hayan sido pasados por el registro)

 
A
afarbor
09/04/2012 15:24

Ok, pero si en la ley no habla en ningún punto de coeficiente de participación y sí de cuota de participación e indica que viene establecida en los Estatutos... por eso mi duda sobre qué paso es el correcto.

Para mi lo ideal sería tener toda la documentación y acudir a otro profesional, pero tampoco me la facilitan. ¿Dónde puedo conseguir los estatutos de la comunidad?

 
E
elbonsai
09/04/2012 15:20

Vamos a ver digale a su administradora que a usted en cuestion de pago SOLO le obliga su coeficiente de participacion es decir  su 1.62%. Le repito remitale burofax para que quede constancia de su decision, despues de eso usted saque del totoal del preupuesto anual su participacion ateniendose a su 1.62% e ingres a la comunidad la cantidad que le resulte. y no se preocupe de mas dado que la comunidad no podra reclamarle nada mas. El tema de los estatutos en ningun caso pueden ir contra ley y en cuanto a pagos a la comunidad su referente sera SIEMPRE su 1.62%  Nunca menos y mas solo si usted lo permite. En cuanto a reclamar que qiuiere usted reclamar si aun no ha ingresado nada, se entiende que el anterior propietario asumio pagar a partes iguales y ahi usted nada tiene que reclamar.

 
A
afarbor
09/04/2012 15:11

En la ñultima reunión de vecinos (mi primera reunión) y en el despacho de la administradora de la finca ya le hice constar mi preocupación por este tema de las cuotas y me dijeron que venía establecido en los Estatutos (que le pedí y a día de hoy aun no tengo) y que para cambiarlo era necesario la mayoría unánime de todos los vecinos, cosa que los de los áticos se negaron.

Leyendo por Internet he visto que en la delcaración de obra nueva y la División horizontal debe incluir la cuota de participación de cada vivienda y que esto puedo conseguirlo en el Registro Mercantil, pero ¿dónde puedo conseguir los estatutos?.

De momento no he pagado la cuota del primer trimestre porque tengo miedo de que se entienda como una aceptación tácita de lo que hay planteado y así se lo hice constar a la administradora, pero me temo que por ella no voy a conseguir los estatutos.

Sobre lo de los garajes está claro que si pagaramos por coeficiente de participación noa habría problema, pero me gustaría saber si puedo reclamar algo de alguna forma para, en caso de que tenga que pagar los 170€ pueda oponerme alegando esta circunstancia.

Por cierto, somos 30 vecinos y mi cuota es del 1,62%


Editado por afarbor 09/04/2012 15:12
 
E
elbonsai
09/04/2012 15:05

Es obligatori acatar la subida ? pues por un lado habria que saber cual es la votacion es decir si esa subida se aprobo por mayoria y aunque usted votase en contra la votacion no varia pues en ese caso si es obligatorio. De igual modo es obligatorio si el plazo para reclamar ha prescrito.

 En cuanto al punto 2 usted compruebe cual es el coeficiente de participacion de su vivienda y una vez lo sepa remita burofax a su presidente/administrador comunicandole que a partir de ya quiere ejercer su derecho  a pagar sus cuotas con la comunidad ateniendose a lo que la ley le obliga que es su coeficiente de participacion. Por ello le pide que le refleje cual es el presupuesto del año y asi usted pagara conforme a lo que la ley le exige. Nadie puede obligarle a pagar a partes iguales salvo que usted lo consienta aunque el resto de propietarios esten conformes con pagar a partes iguales. Al punto tres te contesto ya  en el punto 2 una vez que tu pagues conforme atu coeficiente de participacion poco te importa como paguen los demas. Dice usted que la cuota trimestral es de 170 euros lo que hace que usted pague al año 680 euros, si suponemos que son ustedes pongamos 20 vecinos y que como dicen pagan todos igual eso haria un presupuesto anual de 13600 euros. Bien si de nuevo ponemos que su coeficiente de participacion es de pongamos 5.50% tendriamos que usted debe pagar  748 euros al año y si esto lo dividimos entre 12 le saldria una cuota de 62.33 euros al mes. Esa seria su obligacion con la comunidad el resto pues si los vecinos queiren seguir pagando a partes iguales estan en su derecho, pero usted NO tiene obligacion de asumir un cargo mayor de lo que su cuota le obliga. Para el punto 4 habria que saber que dicen las actas en relacion con este tema pregunte a su administrador/* presidente

 

Fin del hilo
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